Noticia, Las contradicciones del fiscal Vizcarra - 04/03/2014 17:40:57
"El Fiscal Fredy Vizcarra Villegas, titular de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios, se encuentra inmerso en un mar de temores, dudas e incoherencias.Busca sí o sí construir un crimen porque si no lo hace, un influyente congresista se pondrá de mal humor.
En la fiscalía que preside el magistrado Fredy Eloy Vizcarra Villegas se viene investigando una denuncia por presunto delito de defraudación tributaria vinculado con lavado de activos en agravio del Estado signada con el N° 141- 2013, investigación que tiene cerca de nueves meses y los indicios se muestran cada vez más volubles y esquivos.
En su oficina, en los pocos momentos de soledad, el fiscal Vizcarra Villegas lamenta el momento cuando aceptó que su homóloga, la fiscal Ana Santiago Jiménez, de la 21° Fiscalía Provincial Penal de Lima, le pase, después de seis meses de investigación, de taquito esta denuncia sin medir las consecuencias.
Vizcarra tampoco calculó que se estaban enfrentando dos enemigos y huesos duros de roer: por un lado, el inefable congresista de la República Víctor Andrés García Belaunde, más conocido como "Vitocho", y por otro lado, el abogado y director de la revista Juez Justo, Benedicto Jiménez Bacca.
¿Por qué a mí? Él, por espíritu de cuerpo, ya que había sido fiscal de la 21° Fiscalía, aceptó recibir esta denuncia y el 8 de diciembre de 2013 emitió una disposición fiscal iniciando una investigación preliminar por el mismo motivo: delito de lavado de activos provenientes de defraudación tributaria. Vizcarra Villegas construyó una hipótesis incriminatoria que en ese momento consideró bastante sólida contra el director de este semanario, pero que pronto se cayó como un castillo de naipes.
El fiscal era consciente de que se metía en una camisa de once varas, pero confiaba en salir airoso en esta investigación.
Sabía también que la denuncia fue presentada por el parlamentario más figuretti de todos los tiempos, que le gusta presionar a los magistrados, que no le gusta perder un litigio y que sólo se siente feliz si los magistrados cumplen a pie juntillas su voluntad.
De la misma manera, el magistrado tiene claro también que al otro lado del cuadrilátero está el controvertido director del semanario Juez justo, aquel que le gusta escribir, amante de las historias detrás del crimen.
Sin embargo, eso no le preocupaba tanto como el hecho de que ya había pasado cerca de nueve meses y la primera hipótesis incriminatoria se había caído como los rascacielos de las Torres Gemelas de New York.
Hipótesis y más hipótesis. En su resolución del 18 de diciembre de 2013, el fiscal había planteado como tesis incriminatoria contra la empresa Juez Justo TV SAC que ésta había dejado de declarar ante la SUNAT, desde el 2009, tal como figuraba en condicional en la denuncia de "Vitocho"
Y que, se supone, el superávit o dinero que le quedaba de la omisión del pago de sus tributos habría sido utilizado -siempre en condicional- en la compra de bienes muebles (un vehículo y dos departamentos).
Todo, insistimos, estaba en términos condicionales o conjeturales, porque la denuncia no aportaba mayores elementos.
Los hechos incriminatorios que aparecen en la resolución fiscal del 18 de diciembre se basan en probabilidades, existe una presunta construcción de certeza no fundada en hechos plenamente probados o al menos indicios (que no son meras sospechas, conjeturas o chismes).
Sino en probabilidades como que la empresa Juez Justo TV SAC, desde su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (2009), no habría declarado los impuestos de ley ante la SUNAT, por lo que se presume que estaría involucrada en el presunto delito de defraudación tributaria al haber obtenido ingresos económicos ilícitos en perjuicio del Estado recursos con los que habría adquirido bienes inmuebles (así como los dueños de la revista CARETAS).
El Fiscal Fredy Vizcarra Villegas omitió motivar debidamente su resolución del 18 de diciembre y trató de encontrar una actividad criminal o actividad delictiva grave a través de la sospecha de que las declaraciones juradas de la empresa Juez Justo TV SAC no se habrían presentado, cuando debería ser al revés.
Es decir, contar con indicios de una actividad criminal (ejemplo, el informe de la SUNAT en cuanto a que existe indicios de que Juez Justo TV SAC ha cometido delito de defraudación tributaria) y desde allí, teniendo indicios de una actividad criminal, probar que el dinero proveniente de esta actividad es el mismo que esa empresa ha utilizado para su funcionamiento y la publicidad.
Entonces el fiscal, ni corto ni perezoso, al ver que la primera hipótesis incriminatoria se había caído, el 13 de enero de este año construyó otra conjetura, después de siete meses de la denuncia, dándose cuenta -así lo dice en su resolución.
De que analizando los antecedentes del caso y las diligencias que había dispuesto a la Policía Nacional la Fiscal de la 21° Fiscalía Provincial Penal de Lima, que el mecanismo técnico idóneo para revelar o descartar sobre la existencia de indicios razonables y suficientes.
Del presunto delito de defraudación tributaria vinculada con lavado de activos es la evaluación contable, financiera y tributaria de los contribuyentes o responsables titulares del cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de la existencia de hechos económicos imponibles.
Por lo tanto, dispuso que la empresa Juez Justo TV SAC y la persona natural, Benedicto Jiménez, en 15 días presente ante su despacho la documentación contable, financiera y tributaria de los ejercicios fiscales del 2009 al 1013 para efecto de la evaluación correspondiente.
El fiscal Vizcarra sabe que si no logra construir un hecho criminal y resolver a favor del congresista "Vitocho", su suerte está sellada.
He ahí su dilema. No tiene otra alternativa que darle en la yema del gusto o será crucificado y sus expectativas de ascenso en el Ministerio Público serán una quimera.
Asimismo, si la resolución fiscal no le agrada o exculpa a su denunciado, le suelta una andanada de quejas, denuncias y lo crucifica para siempre, porque sabe que "Vitocho" tiene amigos y querendones en las más altas esferas del poder.
Eso lo saben bien los fiscales y magistrados. Así que es lógico deducir que ante una acusación de este legislador, al denunciado sólo le queda un camino: sobrevivir y aprender a utilizar la ley como un fino sainete o una espada eficaz.
No existe otra vía porque nunca los fiscales te van a dar la razón, así utilices los mejores argumentos de defensa.
Como el denunciado es abogado y conoce algo de estrategia legal, le ha pedido al fiscal que declare la nulidad de la resolución que decide continuar con la investigación preliminar.
Debido a que se ha vulnerado el plazo razonable y no existe aquello que se conoce como causa probable (indicios suficientes o un delito tributario previo al lavado de activos) o porque el fiscal ha obviado el requisito de procedibilidad.
O el informe técnico motivado previo emitido por la SUNAT que sirva de indicio o elemento de juicio revelador de un probable delito de defraudación tributaria conforme al Artículo 7° de la Ley de Delitos Tributarios (Decreto Legislativo N° 813).
Jiménez Bacca ha solicitado también que el fiscal aplique el criterio precedente que empleó en la investigación por lavado de activos contra Giovanni Paredes presentado por su media hermana Blanca Paredes, en donde su fiscalía archiva la investigación justamente
porque no contaba con el informe técnico motivado de la SUNAT.
Coerción y amenaza. En vez de pedir este informe técnico, el fiscal Vizcarra optó por captar la prueba por la vía elíptica mediante la coerción, amenazando al denunciando a través de sus resoluciones del 18 de diciembre de 2013 y 13 de enero 2014.
De que en caso de incumplir o negarse a proporcionar la información solicitada, será considerado como presunto autor del delito de rehusamiento en el suministro de información (artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1106).
De paso, el fiscal ordenó a su asistente para que saque copias certificadas de los escritos del abogado Benedicto Jiménez para que sean remitidos al Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) y sea sancionado por su conducta supuestamente obstruccionista .
Sin lugar a dudas, "Vitocho" debe estar complacido con las decisiones del fiscal Vizcarra Villegas.
Difícilmente el terco fiscal desconozca que no se puede coaccionar a los ciudadanos a efectos de que aporten pruebas incriminatorias en su contra bajo amenaza, eso está prohibido toda vez que todo ciudadano cuenta con el privilegio de la no autoincriminación y puede abstenerse de proporcionar información cuando es amenazado o coercionado, vulnerándose el principio de presunción de inocencia.
Es cierto que toda persona es susceptible de ser investigada, pero para eso deben concurrir dos elementos esenciales: que exista causa probable y una búsqueda razonable de un ilícito penal, por lo que se viola las pautas del due process of law cuando se formula denuncia penal o se apertura investigación preliminar sin antes haberse determinado el injusto jurídico tributario.
Existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el particular que si bien el Ministerio Público tiene la facultad de investigar, reconocida por la Constitución Política, esta debe realizarse de manera regular, no puede amenazar los derechos de cualquier ciudadano a la libertad personal, al debido proceso y debe cumplirse con los principios de interdicción de la arbitrariedad (Exp. Nro. 06079-2008-PHC/TC del 6 de noviembre 2009).
Asimismo, se requiere la existencia de elementos probatorios básicos para el inicio de la investigación judicial y se prohíbe actividades caprichosas, vagas, infundadas, desde una perspectiva jurídica, así como decisiones despóticas, tiránicas y carentes de toda fuente de legitimidad, contrarias a los principios de razonabilidad y proporcionalidad jurídica.
Esta situación lo tiene al fiscal estresado, malhumorado, más aun que el denunciado le ha presentado un hábeas corpus preventivo porque ha pasado nueve meses, vulnerando el plazo razonable, y paralelamente lo ha quejado y lo ha denunciado por el presunto delito de prevaricato y abuso de autoridad.
Sus asistentes, las veces que acuden a su despacho, lo escuchan rumiar y lamentar su mala suerte, pero se dan cuenta que su terquedad y temor al congresista "Repartija" lo ciega y lo mantiene obcecado, por lo que no dará su brazo a torcer ya que está empecinado en sí o sí construir un crimen, así tenga que mover cielo y tierra.
Lo que está haciendo el fiscal denunciado es construir un caso criminal abusando de las facultades que le otorga la ley. Mientras tanto, el tiempo avanza de manera inexorable y el fiscal sabe que un ciudadano no puede estar eternamente investigado sin una causa probable ya que tarde o temprano tendrá que tomar una decisión.
Así que se espera que su sesuda investigación preliminar no se extienda hasta las calendas griegas.
Foto: Difusión.
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Interesante, Nueva ley universitaria derogará DL 882 que permitió el lucro en la educación - 23/02/2014 14:17:00
Los problemas de la universidad peruana surgieron con el Decreto Legislativo 882, dictado durante el régimen de Alberto Fujimori, que permitió el lucro en la educación, y la nueva Ley Universitaria la derogará, dijo hoy el congresista Daniel Mora.Ver artículo... Fuente Artículo
Noticia, Aprobada en el Congreso Ley especial contra crimen organizado - 16/07/2013 15:30:43
"Por amplia mayoría, el Pleno del Congreso aprobó en su sesión del martes 16, el proyecto de ley que fija las reglas y procedimientos relativos a la investigación, juzgamiento y sanción de los delitos cometidos por organizaciones criminales, las que han sido definidas como aquellas que agrupan a tres o más personas que delinquen bajo una estructura determinada y la consecución de los objetivos de una organización criminal.La presidenta de la comisión dictaminadora, Marisol Pérez Tello, de Alianza por el Gran Cambio, explicó que el crimen organizado afecta la estructura del Estado y el texto sustitutorio presentado recoge las sugerencias y propuestas de sus colegas congresistas, y se incluyen medidas de carácter procesal.
Dijo que la prioridad de la ley es darle un carácter especial a determinados delitos cuando son cometidos por tres o más personas y su naturaleza es cometerlos en forma concertada y coordinada.
Previa a votación del texto, el congresista Octavio Salazar, de Fuerza Popular, dijo que la ley "es muy dura", y que la Comisión de Justicia había tenido el interés en estudiarla y adecuarla a lo que sucede en el país. "Se está desapareciendo asociación ilícita para delinquir, se han establecido formas agravadas y se han incrementado las penas. Se trata de una norma muy importante", dijo el parlamentario y anunció que apoyará la propuesta.
Rosa Mavila (AP-FA) afirmó que la criminalización en el país no ha disminuido y que el hurto simple no tiene las características de criminalidad organizada, mientras que el congresista José León Rivera, de Gana Perú, dijo que apoyaba el proyecto porque es una herramienta importante contra el crimen organizado.
El proyecto aprobado señala en su artículo 3º que la ley se aplica, entre otros, a los delitos de homicidio, trata de personas, violación del secreto de las comunicaciones, delitos contra el patrimonio, pornografía infantil, extorsión, delitos informáticos (todos ellos tipificados en el Código Penal), tenencia, fabricación, tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos; delitos contra la salud pública, tráfico ilícito de drogas y de migrantes.
El texto, que fue aprobado con 73 votos y exonerado favorablemente de segunda votación, dice que la investigación, juzgamiento y sanción de los integrantes de una organización criminal o personas que actúan por encargo de esta, se regirán por las normas y disposiciones del Código Procesal Penal, aprobado por el decreto legislativo 957.
En su artículo segundo señala las técnicas especiales de investigación, en el tercero, las medidas limitativas de derechos; legisla también sobre la procedencia de la incautación y decomiso; valoración de la prueba; y las consecuencias jurídicas aplicables. Las disposiciones complementarias modifican diversos artículos del Código Penal sobre diversas acciones penales.
FUENTE: CONGRESO DE LA REPÚBLICA
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Que opina usted? LA TRAYECTORIA DE SOUSA - 10/07/2013 9:45:27
" De todos los candidatos al Tribunal Constitucional, quien merece la mayor atención de todos es Rolando Sousa. Es cierto, hay algunos candidatos que merecerían no estar en la lista, debido a que su único mérito es el carnet partidario (casos Cayo Galindo y Víctor Mayorga), pero, más allá de las simpatías políticas del referido abogado, hay una trayectoria, durante sus 5 años de parlamentario, que hace incompatible a esta persona con el cargo de magistrado del TC.A continuación, una lista exhaustiva de los cuestionamientos al candidato fujimorista al Tribunal Constitucional.
CONFLICTO DE INTERESES
Como ya lo hemos señalado en otras oportunidades, este abogado es socio del Estudio Sousa & Nakazaki, varios de cuyos clientes actuales son procesados por corrupción y violaciones de derechos humanos. Su patrocinado más conocido es Alberto Fujimori, pero también hay varios militares procesados por vulneración de derechos fundamentales dentro de su cartera de clientes. En el supuesto negado que sea elegido, Sousa tendría que inhibirse en varios casos porque pueden tener impacto directo en los patrocinados por su estudio.
Dentro de los casos por violaciones de derechos humanos que ve este estudio se encuentran los procesos Accomarca, Santa Bárbara, Destacamento Colina, Chavín de Huántar, Los Laureles y Pucará.
VILLA STEIN
Esta foto fue publicada por el diario El Comercio en 2008. Aquí se veía al magistrado Javier Villa Stein junto a Sousa, entre otros parlamentarios fujimoristas. Y la relación entre ambos es bastante estrecha.
En 2006, cuando Villa Stein postuló por primera vez a la presidencia del Poder Judicial, La República reveló que el hijo de Villa Stein, Ernesto Villa Morán, había trabajado en el Estudio Sousa & Nakazaki y luego fue asesor del entonces congresista. Villa Morán, además, participó en la comisión de transferencia del Ministerio de Justicia como asesor de Moisés Tambini del Valle, quien luego fue jefe de los procuradores, puesto desde el cual podía tener acceso a documentos sobre los procesos anticorrupción.
Como sabemos, Villa Stein ha emitido varias sentencias controvertidas en su carrera y actualmente preside una Sala en la Corte Suprema de Justicia. ¿Se inhibirá Sousa si es que tiene que ver causas vinculadas con el colegiado que preside su amigo?
WIKILEAKS
Uno de los cables diplomáticos de Estados Unidos dados a conocer por Wikileaks cuenta una reunión celebrada entre Jaime Yoshiyama y Alex Marguiles, consejero político de la embajada de la avenida La Encalada, luego de la primera vuelta de 2006. En la reunión, el ahora consejero principal de Keiko indicó que Sousa sería uno de los cerebros de la bancada denominada "Alianza por el Futuro". Veamos ahora como fue que el flamante congresista desempeñaría sus funciones.
CONTROVERSIAS COMO PRESIDENTE DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES (2006 - 2007)
Sousa fue el encargado de defender algunas propuestas controvertidas. De un lado, una norma sobre regulación de las organizaciones no gubernamentales cuyos aspectos más controvertidos tuvieron que ser corregidos por el Tribunal Constitucional. Es conocida la animadversión del fujimorismo contra estas instituciones, en particular, las ligadas a la defensa de los derechos humanos.
De otro lado, como presidente de este grupo de trabajo, quiso impulsar una "Comisión Consultiva" del colegiado que presidía, ignorando que el Ministerio de Relaciones Exteriores ya tiene consultores. Los miembros elegidos eran cercanos al fujimorismo, en momentos en que aún estaba pendiente la extradición del líder de Fuerza Popular.
Sousa también intentó acusar al embajador Manuel Rodríguez Cuadros por presuntas irregularidades, pero las mismas fueron desmentidas por el diplomático. Este modus operandi, se repetirá años más tarde, como veremos luego.
ELECCION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (2007)
Sousa integró la comisión parlamentaria presidida por Aurelio Pastor para seleccionar a los miembros del Tribunal Constitucional, plaza que ahora intenta ocupar. La elección fue un mamarracho. Sousa impulsó la designación de Javier Ríos Castillo, abogado cuya trayectoria era cuestionada por su actuación como patrocinante de la Universidad San Martín de Porres en los noventa y sus vinculaciones con el ex vicepresidente de Fujimori, César Paredes Canto.
La elección de Ríos Castillo se cayó cuando fue ampayado por los periodistas Paola Ugaz, Oscar Medrano y Américo Zambrano en un conocido restaurante junto a Agustín Mantilla y Oscar López Meneses, operador de Vladimiro Montesinos. El trabajo de la comisión se cuestionó duramente, por maltrato a algunos de los postulantes y porque no supieron explicar bien el tema de los puntajes obtenidos por los postulantes.
SOUSA CONTRA LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (2008)
El abogado respaldó una propuesta de Luis Giampietri para crear una instancia, en la Organización de las Naciones Unidas, que revise las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Además del pobre desconocimiento del Derecho Internacional (se trata de dos organismos distintos e independientes, por el amor de Dios), Sousa ignora que, de ser elegido como magistrado, deberá ceñirse a la jurisprudencia de la Corte Interamericana en materia de interpretación sobre derechos fundamentales.
DECRETO LEGISLATIVO 1097 (2010)
Según IDL-Reporteros, Sousa tuvo un papel importante en este tema. De un lado, su socio César Nakazaki fue consultado sobre esta amnistía apenas disimulada por el entonces ministro de Defensa, Rafael Rey. De otro lado, Sousa fue convocado el 25 de agosto de 2010 a una reunión en el Pentagonito para conocer el contenido de varios decretos, entre ellos el 1097, junto a otros defensores de la impunidad en materia de derechos humanos, como Lourdes Alcorta y Luis Giampietri.
Días más tarde, César Romero de La República presentó una evidencia mayor de la injerencia de Sousa para la dación del DL 1097: un intercambio de cartas con la hermana de Carlos Pichilingüe, miembro del Destacamento Colina, que confirma los "buenos oficios" del congresista para que se incluya el tema vinculado a violaciones de derechos humanos dentro de las facultades delgadas. El episodio fue recordado ayer por Augusto Álvarez Rodrich.
ELECCION DEL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL (2010)
Sousa quiso petardear la elección de César San Martín como presidente del Poder Judicial, respaldando una endeble acusación contra una supuesta parcialidad del juez en el caso Fujimori. Resultado: con más ganas la Corte Suprema votó a favor de San Martín, en gesto de independencia frente a una injerencia en sus procesos internos.
NORMAS A FAVOR DE LA CORRUPCIÓN (2011)
En las postrimerías del periodo parlamentario, Sousa impulsó una norma que modificaba el Código Penal en forma tal que beneficiaba a procesados por varios delitos de corrupción. El escándalo fue tal que tuvieron que modificar la ley aprobada.
Luego de conocer esta trayectoria, urge que el Congreso vote, uno por uno, por quienes serán designados. Solo así sabremos quien votará por Sousa, luego de conocer esta trayectoria.
MAS SOBRE EL TEMA:
Ernesto de la Jara: Souza - Nakazaki al TC
Augusto Álvarez Rodrich: Peor que repartija
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Que opina usted? Noticias del día (Facebook). - 03/07/2013 7:27:54
"""SALINIZACIÓN DE TIERRAS EN OCUCAJE SON CORTINAS DE HUMO"". Denunció esta mañana Aldo Guevara Uchuya, ex-alcalde del distrito; agregó que el interés de la actual autoridad municipal Ing. Pablo alvitez V. es únicamente tapar la negociación fraudulenta de más de 3 mil hectáreas de terreno a la agrícola ""La Venta"" quien le habría pagado al alcalde más de 180 mil dólares. Lo peor de todo esque Alvitez se embolsilló esa cantidad de dinero y por tanto nunca ingresó a las arcas del municipio. (Freddy Guevara Pérez).ACCIÓN POPULAR PRESENTARÁ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LEY DEL SERVICIO CIVIL APROBADA POR CONGRESO.
Norma elimina la negociación colectiva sobre remuneraciones. Sueldos quedarán congelados.
El congresista Yonhy Lescano, vicepresidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento, declaró que la Ley de Servicio Civil aprobada el día de hoy por el Pleno del Congreso viola los derechos constitucionales de negociación colectiva sobre remuneraciones, y huelga, entre otros, puesto que declara nulo cualquier acuerdo (artículo 44) inclusive ,temerariamente- toda resolución judicial que verse sobre conceptos remuneratorios (Cuarta Disposición Complementaria Transitoria); y además, autoriza a que las entidades públicas contraten trabajadores de reemplazo, apenas iniciada una huelga (artículo 45.2). De otro lado, abre canales para la ejecución de despidos masivos, pues en su artículo 49 literal i) pone como causal de cese la calificación de "ineficiencia comprobada" que eufemísticamente en el texto final se edulcoró con la denominación de "desaprobado"; y en el artículo 49 literal k) establece como otra causal de cese la supresión del puesto debido a causas tecnológicas, estructurales u organizativas. La norma, recorta las remuneraciones del trabajador porque impone que las vacaciones y aguinaldos no son tampoco materia de negociación (artículo 31.2). Anula la propia meritocracia que proclama, cuando impone ,absurdamente- un período de prueba de tres meses a los trabajadores que ingresen al servicio civil por concurso público (artículo 72), lo que ocasionará toda clase de abusos y excesos.
Lescano agregó que en el debate hizo notar que las evaluaciones no deberían conducir a despidos de trabajadores, sino a su capacitación, reconversión y reasignación, para evitar las fracturas sociales que provocan los despidos masivos, como los que ocurrieron con las reformas de los años noventa en que más de 80 000 trabajadores fueron despedidos, todos los cuales han planteado después acciones legales que hasta hoy, tras cuatro gobiernos no se solucionan. Hizo notar también en el debate, que el propio reglamento del Decreto Legislativo 1025 (normas sobre evaluación en el sector público) establece que como máximo se debe calificar como de "ineficiencia comprobada" al 2% de la planilla de una entidad pública, pues no poner límites a esto, es abrir la puerta a la arbitrariedad, como lo hace la ley aprobada. Los trabajadores no se oponen a las evaluaciones; pero éstas deben basarse en criterios objetivos, cuantificables, y verificables, no en subjetividades.
Por último, la norma ni siquiera constituye un "régimen único" porque sólo se aplicará al 40% de la planilla estatal. El 60% continuará en una selva de regímenes especiales.
Un total de 10 mil 623 electores decidirán este domingo 07 de julio el futuro del alcalde de Los Aquijes Carlos Osorio Vargas.
La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales Ica (ODPE), informo que se instalaran 62 mesas en tres centro de votación.
El presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez Mayor, formuló hoy un llamado a la calma y a la tranquilidad a los trabajadores y sindicatos del país, al ratificar que la Ley del Servicio Civil busca mejorar la administración del Estado y no ocasionar despidos masivos.
""Mi mensaje a los sindicatos y trabajadores es de tranquilidad, que confíen en su gobierno que busca hacer las cosas bien, no precipitadamente, sino de manera justa"", indicó a la prensa al referirse a las protestas de gremios laborales contra la aprobación de la mencionada ley.
Subrayó que esta nueva legislación""cambiará la administración estatal"" en todos los niveles del gobierno, lo cual -dijo- contribuirá a que el país mejore.
El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora, expresó su confianza en que el dictamen de la nueva ley universitaria será aprobado antes del 5 de julio próximo por el Pleno del Legislativo. De momento ya se aprobó el punto en que los Rectores serán elegidos por voto universal.
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Noticia, Fujimorismo alista proyecto para limitar funciones de la DINI - 31/05/2013 11:28:15
" Octavio Salazar, congresista de Fuerza Popular anunció que su bancada trabaja en un proyecto de ley que establece los límites y ámbitos de las funciones de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI).Salazar, el ex director general de la Policía Nacional, sostuvo que la DINI solo debe obtener y centralizar información y "no ser un organismo ejecutor", como lo establece el Decreto Legislativo 1141, promulgado en diciembre del año pasado.
Añadió que la DINI podría estar llevando a cabo seguimientos y espionajes a los opositores del Gobierno con el pretexto de defender la democracia y la gobernabilidad, como lo estipula el artículo 17 del citado decreto. "Este decreto le permite a la DINI evaluar, supervisar y ejecutar operaciones, pero no se especifica de qué tipo", indicó.
Por ello, Salazar consideró* necesario establecer límites a las funciones del aparato de inteligencia*, las cuales "no deben ser amplias ni etéreas".
Además cuestionó el incremento de las funciones a la DINI pues "se trata de una organización que debe fortalecer lo estratégico y no lo táctico".
Para el congresista nacionalista Fredy Otárola, la DINI sí debe ser un organismo ejecutor "para luchar contra el terrorismo y la inseguridad nacional". "Lo que queremos es consolidar la inteligencia en todas las áreas, actuando dentro del marco legal y constitucional. El Estado tiene que defenderse con todas sus armas", manifestó.
Otárola consideró que "es absolutamente necesario" el control que realiza la Comisión de Inteligencia y la Presidencia del Consejo de Ministros a la DINI.
Con respecto al proyecto de ley que alista Fuerza Popular, Otárola sostuvo que será evaluado en su momento. "No hay ley perfecta, que presenten el proyecto y evaluaremos si es pertinente y si contribuye a mejorar el sistema de inteligencia", afirmó.
Fuente: El Comercio
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