Información: Ley Universitaria: conoce más de la superintendencia y sus atribuciones - 01/07/2014 11:02:32
"Pese a todos los cuestionamientos, la aprobada nueva ley universitaria se presenta como una verdadera reforma del sistema de educación superior, teniendo como vértice importante la desaparición de la tan criticada Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y la creación de una superintendencia.Entre las funciones de esta nueva institución, destaca el establecer los estándares básicos de calidad, otorgar licenciamiento para el servicio educativo superior universitario y, sobre todo, fiscalizar el uso de los recursos públicos destinados a las universidades.
El proyecto original tenía una conformación distinta a la que se ha aprobado en el segundo capítulo. El dictamen de la Comisión de Educación indica que el consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Suneu), nombre original, debía estar conformado por hasta nueve personas.
En cambio, la ahora Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) tendrá en su consejo directivo a siete integrantes, siendo uno de ellos el titular, conocido como el superintendente.
La conformación de este consejo directivo también ha variado. La Comisión de Educación, antes del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, planteaba que sus integrantes sean un representante del Ministerio de Educación, un representante del Ceplan, un representante del Concytec, dos representantes de las universidades públicas, dos representantes de las universidades privadas, un miembro de los colegios profesionales y un representante del sector empresarial.
El proyecto enviado por el Ejecutivo borra de la lista al Concytec, Ceplan, colegios profesionales y sector empresarial. Además, añade a un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.
Sin embargo, el presidente de la Comisión de Educación, Daniel Mora, logró reemplazar al integrante del MEF por uno que designe Concytec.
De tal modo, la superintendencia queda conformada por el representante del Ministerio de Educación, el integrante de Concytec, dos representantes de las universidades públicas, uno de las privadas y dos personalidades.
Estos cinco últimos serán elegidos mediante concurso público nacional convocado por el propio Ministerio de Educación, aunque la evaluación y elección estará a cargo del Consejo Nacional de Educación, a fin de evitar suspicacias.
Sin embargo, el superintendente sí será elegido por el ministerio señalado por un periodo de tres años, pudiendo ser renovado por un período adicional, mediante resolución suprema a propuesta del titular de la cartera.
Elección de miembros del cnm y jne
Entre otras funciones que tendrá la Sunedu, están las atribuciones que hoy tiene la ANR como es la elección de importantes autoridades de diferentes instituciones autónomas del Estado.
El artículo 155 de la Constitución Política es claro al indicar que las universidades públicas y privadas eligen a dos integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Asimismo, las universidades eligen a dos integrantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) , tal como lo indica el artículo 179 de la Carta Magna.
Hoy en día, la ANR se encarga de elegir a estas importantes autoridades. Algunas de estas designaciones han generado controversia, al nombrar a expresidentes de su institución en el cargo, como el caso de Francisco Delgado de la Flor, quien fue titular de la ANR, por tres periodos, de enero del 2000 a agosto del 2004, y en febrero del 2005 fue designado consejero del CNM.
De promulgarse la nueva ley universitaria, será la Sunedu la que se encargue de elegir a estas autoridades. Los siete integrantes del consejo directivo de esta institución serán los responsables de las designaciones.
Uno de los ataques al proyecto aprobado viene por este punto, siguiendo una cadena en la que, supuestamente, el Gobierno, a través del Ministerio de Educación, controlará la superintendencia y, por ende, elegirá a las autoridades del CNM y JNE, pudiendo nombrar, ratificar o retirar jueces y fiscales a su gusto.
Sin embargo, Daniel Mora rechazó esta hipótesis al dejar en claro que los siete directivos del Sunedu son los que eligen a estas autoridades y no solo el representante del Ministerio de Educación.
Diario La República (01/07/2014)
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Es Noticia, Ordenan investigar a Manuel Burga - 29/05/2014 16:39:31
"Ordenó abrir una investigación penal contra el presidente de la Federación Peruana de Futbol (FPF), Manuel Burga y su junta directiva, el titular de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción, Antonio Arévalo, por la presunta comisión de los delitos de colusión agravada, peculado y asociación ilícita para delinquir, según expediente Nº 506015506-2014-224.En tanto, el fiscal solicitó a la Contraloría General de la República que informe si las federaciones deportivas nacionales manejan recursos públicos, en el marco de la Ley de Promoción de Deporte, Ley 28036. La indagación se realizará 90 días.
Dicha investigación es por una denuncia penal contra Burga y 15 personas ante malos manejos en la FPF, relacionados a los derechos de TV y contratos de publicidad, que interpuso el Colectivo Ciudadano "Hinchas Indignados del Perú", quienes piden la salida del dirigente del futbol peruano.
Asimismo, el titular del grupo, Ciro Silva, señaló que el viernes, darán detalles de la investigación fiscal contra Burga y su entorno.
Foto: Difusión.
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Noticia, Texto de la declaración de la cumbre sobre el euro - 28/10/2011 0:08:29
"Texto de la declaracion cumbre europea oct 2011View more documents from neiracar
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Texto de la declaracion cumbre europea oct 2011 - Document Transcript
Bruselas, 26 de octubre de 2011 PROYECTO DE DECLARACIÓN DE LA CUMBRE DEL EURO1. A lo largo de los tres últimos años, hemos venido tomando medidas sin precedentes para paliar los efectos de la crisis financiera mundial, tanto en la propia Unión Europea como en la zona del euro. La estrategia que hemos puesto en marcha incluye esfuerzos decididos para garantizar el saneamiento presupuestario, el apoyo a países con dificultades y el refuerzo del gobierno de la zona del euro con miras a una mayor integración entre nosotros y a un ambicioso programa de crecimiento. En nuestra sesión del 21 de julio adoptamos varias decisiones de gran importancia. La ratificación por parte de los 17 Estados miembros de la zona del euro de las medidas relativas a la FEEF aumenta considerablemente nuestra capacidad de reacción ante la crisis. El acuerdo alcanzado por las tres instituciones en torno a un consistente conjunto de medidas legislativas en el marco de las estructuras de la UE sobre la mejora del gobierno económico representa otro logro fundamental. La instauración del Semestre Europeo ha cambiado radicalmente el modo en que se coordinan nuestras políticas presupuestaria y económica a escala europea, al realizarse ahora la coordinación a escala de la UE antes de que se adopten las decisiones nacionales. Los fundamentos del euro siguen siendo sólidos.2. Es necesario seguir actuando para restablecer la confianza. Por ello, hoy acordamos un conjunto global de medidas adicionales que reflejan nuestra firme determinación de hacer todo lo necesario para superar las dificultades actuales y de dar los pasos necesarios para completar nuestra unión económica y monetaria. Respaldamos plenamente al BCE en su actuación para mantener la estabilidad de los precios en la zona del euro.Finanzas públicas sostenibles y reformas estructurales para fomentar el crecimiento3. La Unión Europea debe mejorar sus perspectivas de crecimiento y empleo, tal como se resaltó en el programa de crecimiento aprobado por el Consejo Europeo el 23 de octubre de 2011. Reiteramos nuestro firme compromiso de aplicar las recomendaciones específicas formuladas para cada país en el marco del primer Semestre Europeo, y el de centrar el gasto público en sectores que generen crecimiento. 1 DQPG ES
4. Todos los Estados miembros de la zona del euro están firmemente decididos a mantener sus políticas de saneamiento presupuestario y reformas estructurales. Será necesario realizar un especial esfuerzo en aquellos Estados miembros que están soportando tensiones en los mercados de deuda soberana.5. Acogemos con satisfacción las importantes medidas adoptadas por España para reducir su déficit presupuestario, reestructurar el sector bancario y reformar los mercados de trabajo y de productos, así como la adopción de una modificación constitucional sobre equilibrio presupuestario. Es esencial aplicar rigurosamente el ajuste presupuestario tal como fue previsto, incluso a escala regional, para cumplir los compromisos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y reforzar el marco presupuestario mediante el desarrollo de una normativa de rango inferior que haga que las enmiendas constitucionales sean plenamente operativas. Es necesario tomar más medidas para aumentar el crecimiento y reducir una tasa de desempleo inaceptablemente alta. Estas medidas deberán incluir mayores cambios del mercado laboral para aumentar la flexibilidad a nivel de empresas y la capacidad de inserción profesional de la población activa, y otras reformas para mejorar la competitividad, en particular ampliando las reformas en el sector de los servicios.6. Celebramos los planes de Italia de reformas estructurales que fomenten el crecimiento y su estrategia de saneamiento presupuestario, presentados en la carta enviada a los Presidentes del Consejo Europeo y la Comisión, y pedimos a Italia que presente urgentemente un calendario ambicioso para la ejecución de las mismas. Encomiamos el compromiso de Italia de equilibrar su presupuesto para 2013 y de conseguir un superávit presupuestario estructural en 2014 que genere una reducción de la deuda bruta de las Administraciones Públicas hasta el 113 % del PIB en 2014, así como su intención de introducir una disposición sobre equilibrio presupuestario en la Constitución para mediados de 2012. Italia aplicará las reformas estructurales propuestas para conseguir una mayor competitividad suprimiendo trámites burocráticos excesivos, las tarifas mínimas de los servicios profesionales y liberalizando en mayor medida los servicios y recursos públicos locales. Tomamos nota del compromiso de Italia de reformar para finales de 2011 la legislación laboral, en particular la normativa y los procedimientos en materia de despido, y de revisar el sistema de prestaciones de desempleo, actualmente fragmentado, teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias. Tomamos nota del plan para aumentar la edad de la jubilación a 67 años para 2026 y recomendamos que se defina antes de final del año el proceso mediante el cual se alcanzará este objetivo. 2 DQPG ES
Apoyamos la intención de Italia de revisar los programas de fondos estructurales reconsiderando la prioridad de los proyectos y centrándose en la educación, el empleo, los proyectos digitales y los ferrocarriles y redes con el fin de mejorar las condiciones para impulsar el crecimiento y hacer frente a la brecha regional. Invitamos a la Comisión a que prepare una valoración detallada de estas medidas y supervise su aplicación, y a las autoridades italianas a que faciliten a su debido tiempo toda la información necesaria para realizar dicha valoración.Países con programas de ajuste7. Reiteramos nuestra determinación de seguir prestando apoyo a todos los países con programas hasta que recuperen el acceso al mercado, siempre y cuando los apliquen rigurosamente.8. En lo que se refiere a los países con programas, estamos satisfechos por los avances realizados por Irlanda para ejecutar plenamente su programa de ajuste, que está dando resultados positivos. Portugal también está avanzando satisfactoriamente con su programa y está resuelto a seguir adoptando medidas para cimentar la sostenibilidad presupuestaria y mejorar la competitividad. Invitamos a ambos países a que mantengan sus esfuerzos, no se aparten de los objetivos convenidos y permanezcan dispuestos a tomar toda medida adicional que resulte necesaria para alcanzar dichos objetivos.9. Nos congratulamos de la decisión del Eurogrupo sobre el desembolso del sexto tramo del programa de apoyo de la UE y el FMI a Grecia. Confiamos en que se ultimará un nuevo programa plurianual UE-FMI creíble y sostenible para final de año. 3 DQPG ES
10. Deberán reforzarse los mecanismos de supervisión de la ejecución del programa griego, conforme a la petición del Gobierno griego. El programa está en manos de Grecia, y su aplicación es responsabilidad de las autoridades griegas. En el contexto del nuevo programa, la Comisión, en colaboración con los otros componentes de la Troika, creará una capacidad de supervisión sobre el terreno que cubra la duración del programa, entre otros medios con la participación de expertos nacionales, para trabajar en estrecha y continua cooperación con el Gobierno griego y la Troika, a fin de asesorar y ofrecer asistencia para garantizar la aplicación puntual y plena de las reformas. Asistirá asimismo a la Troika para evaluar si las medidas que adoptará el Gobierno griego se ajustan a los compromisos previstos en el programa. Esta nueva función se plasmará en el Memorando de Entendimiento. Para facilitar el uso eficaz de los cuantiosos créditos oficiales encaminados a recapitalizar los bancos griegos, se hará una gestión más rigurosa del Fondo griego de estabilidad financiera (HFSF) con el acuerdo del Gobierno griego y de la Troika.11. Apoyamos plenamente al Grupo especial de asistencia técnica creado por la Comisión.12. La participación del sector privado desempeña una función crucial para establecer la sostenibilidad de la deuda griega. Por ello, celebramos las conversaciones que está manteniendo Grecia con sus inversores privados con vistas a hallar una solución para una mayor participación de estos. Junto con un ambicioso programa de reformas para la economía griega, la participación del sector privado deberá garantizar la disminución de la tasa de endeudamiento griega con objeto de alcanzar un 120 % para 2020. Con este fin, invitamos a Grecia, a los inversores privados y a todos los interesados a que pongan en marcha un intercambio voluntario de bonos y obligaciones con una quita nominal del 50 % de la deuda virtual en manos de inversores privados. Los Estados miembros de la zona del euro contribuirán al conjunto de medidas relativas a la participación del sector privado con un importe de hasta 30.000 millones de euros. En vista de lo anterior, el sector público está dispuesto a dotar de una financiación complementaria el programa, por hasta 100.000 millones de euros de aquí a 2014, que incluirá la necesaria recapitalización de los bancos griegos. El nuevo programa deberá adoptarse antes del final de 2011, y el intercambio de bonos y obligaciones deberá efectuarse a principios de 2012. Instamos al FMI a que siga contribuyendo a la financiación del nuevo programa griego. 4 DQPG ES
13. Grecia destinará futuros flujos de tesorería procedentes del proyecto Helios u otros ingresos obtenidos de las privatizaciones que rebasen los ya incluidos en el programa de ajuste a seguir reduciendo el endeudamiento de la República Helénica hasta en 15.000 millones de euros con objeto de restablecer la capacidad de préstamo de la FEEF.14. Se facilitará mejora crediticia para sustentar la calidad de los activos de garantía, de forma que pueda usarse constantemente para que los bancos griegos tengan acceso a las operaciones de liquidez del Eurosistema.15. Por lo que atañe a nuestro enfoque general sobre la participación del sector privado en la zona del euro, reiteramos la decisión que adoptamos el 21 de julio de 2011, en el sentido de que Grecia requiere una solución excepcional y única.16. Todos los demás Estados miembros de la zona del euro reiteran solemnemente su inflexible determinación de hacer plenamente honor a su propia firma soberana y a todos los compromisos que han adquirido respecto de la creación de condiciones presupuestarias sostenibles y la adopción de reformas estructurales. Los Jefes de Estado o de Gobierno de la zona del euro respaldan plenamente esta determinación, ya que la credibilidad de todas sus firmas soberanas constituye un elemento decisivo para garantizar la estabilidad financiera de la zona del euro en su conjunto.Mecanismos de estabilización17. El proceso de ratificación de la FEEF revisada ha concluido ya en todos los Estados miembros de la zona del euro, y el Eurogrupo ha aprobado las directrices de ejecución sobre intervenciones en el mercado primario y secundario, disposiciones prudenciales y recapitalización bancaria. Las decisiones que tomamos en relación con la FEEF el 21 de julio son, por tanto, plenamente operativas. Se utilizarán con eficacia todos los instrumentos disponibles para garantizar la estabilidad financiera de la zona del euro. Tal y como se señala en las directrices de ejecución, se aplicará una estricta condicionalidad en caso de nuevos programas (prudenciales) conforme a las prácticas del FMI. La Comisión llevará a cabo un mayor supervisión de los Estados miembros afectados e informará periódicamente al Eurogrupo. 5 DQPG ES
18. Convenimos en que la capacidad de la FEEF ampliada se utilizará con miras a aprovechar al máximo los recursos disponibles, en el siguiente marco: El objetivo es apoyar el acceso al mercado de los Estados miembros de la zona del euro que afronten presiones de los mercados, y asegurar el buen funcionamiento del mercado de deuda soberana de la zona del euro, preservando al mismo tiempo plenamente la elevada capacidad crediticia de la FEEF. Estas medidas son necesarias para garantizar la estabilidad financiera y crear una protección suficiente para evitar efectos de arrastre. Esto se hará sin ampliar las garantías que sustentan la Facilidad y respetando las normas del Tratado y los términos del actual Acuerdo Marco, actuando en el contexto de los instrumentos acordados y con la condicionalidad y la vigilancia adecuadas.19. Convenimos en dos opciones básicas para el apalancamiento de los recursos de la FEEF: Proporcionar mejora crediticia a la deuda nueva emitida por los Estados miembros reduciendo así los costes de financiación. Se ofrecería a los inversores privados adquirir este seguro de riesgo como opción cuando compren obligaciones en el mercado primario. Aprovechar al máximo los mecanismos de financiación de la FEEF con una combinación de recursos procedentes de entidades financieras e inversores, privados y públicos, que se pueden instrumentar por medio de entidades con fines especiales. Esto ampliará la cantidad de recursos disponibles para conceder préstamos, para proceder a la recapitalización bancaria y para comprar obligaciones en los mercados primario y secundario.20. La FEEF tendrá flexibilidad para utilizar estas dos opciones simultáneamente, en función del objetivo específico que se persiga y de las circunstancias del mercado. El efecto de apalancamiento de cada una de las opciones variará, dependiendo de sus características específicas y de las condiciones del mercado, pero podría llegar a cuatro o cinco. 6 DQPG ES
21. Instamos al Eurogrupo a que ultime las condiciones de aplicación de estas disposiciones en noviembre, en forma de directrices y de conformidad con el proyecto de condiciones elaborado por la FEEF.22. Además, podrán reforzarse más los recursos de la FEEF cooperando más estrechamente aún con el FMI. El Eurogrupo, la Comisión y la FEEF estudiarán todas las opciones posibles.Sistema bancario23. Acogemos favorablemente el acuerdo alcanzado hoy por los miembros del Consejo Europeo sobre recapitalización y financiación bancarias (véase el Anexo 2).Coordinación y supervisión económica y presupuestaria24. El conjunto de medidas legislativas sobre el gobierno económico refuerza la coordinación y supervisión de las políticas económica y presupuestaria. Tras su entrada en vigor, en enero de 2012, se ejecutará de forma estricta como parte del Semestre Europeo. Instamos a la Comisión y al Consejo a ejercer una vigilancia rigurosa, incluso mediante la presión de los homólogos, y a hacer uso activo de los instrumentos disponibles, tanto nuevos como ya existentes. También recordamos nuestros compromisos adquiridos en el marco del Pacto por el Euro Plus.25. El formar parte de una unión monetaria tiene repercusiones de muy amplio alcance e implica una coordinación y una supervisión mucho más estrechas para garantizar la estabilidad y la sostenibilidad de toda la zona. La crisis actual pone de manifiesto la necesidad de abordar esta situación con mucha mayor eficacia. Por tanto, a la vez que reforzamos nuestros instrumentos para luchar contra la crisis en la zona del euro, seguiremos avanzando en la integración de las políticas económicas y presupuestarias mediante el refuerzo de la coordinación, la supervisión y la disciplina. Desarrollaremos las políticas necesarias para apoyar el funcionamiento de la zona de la moneda única. 7 DQPG ES
26. Más específicamente, y sobre la base del conjunto de medidas legislativas que acaba de adoptarse, el Semestre Europeo y el Pacto por el Euro Plus, nos comprometemos a aplicar las siguientes medidas adicionales en el plano nacional: a) Adoptar en cada Estado miembro de la zona del euro unas normas de equilibrio presupuestario en términos estructurales que plasmen el Pacto de Estabilidad y Crecimiento en la legislación nacional, preferiblemente de rango constitucional o equivalente, antes de finales de 2012. b) Reforzar los marcos presupuestarios nacionales más allá de la Directiva sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros. En particular, los presupuestos nacionales deben basarse en previsiones de crecimiento independientes; c) Invitar a los parlamentos nacionales a que tengan en cuenta las recomendaciones adoptadas en el plano de la UE sobre la ejecución de las políticas económicas y presupuestarias. d) Consultar a la Comisión y a otros Estados miembros de la zona del euro antes de adoptar cualquier plan importante de reforma de las políticas presupuestarias o económicas que pudiera tener un efecto de arrastre, para darles la posibilidad de evaluar el posible impacto en toda la zona del euro. e) Comprometernos a seguir las recomendaciones de la Comisión y del Comisario competente sobre la aplicación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.27. También acordamos que se garantice una supervisión más estricta y un mayor grado de aplicación, con arreglo a las siguientes pautas: a) En relación con los Estados miembros de la zona del euro que sean objeto de procedimientos de déficit excesivo, la Comisión y el Consejo tendrán la facultad de estudiar los proyectos de presupuesto nacionales y de pronunciarse al respecto antes de su adopción por los parlamentos nacionales correspondientes. Además, la Comisión supervisará la ejecución presupuestaria y, en caso necesario, sugerirá modificaciones a lo largo del año. 8 DQPG ES
b) En caso de desviaciones de un programa de ajuste, se realizarán una supervisión y una coordinación más estrictas de la ejecución del programa.28. Esperamos con interés la propuesta que presentará próximamente la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre una supervisión más estricta en virtud del artículo 136 del Tratado FUE. En ese contexto, acogemos con agrado la intención de la Comisión de reforzar, en su propio seno, la función del Comisario competente, con el fin de lograr una supervisión más estricta y un mayor grado de aplicación.29. Seguiremos reforzando el pilar económico de la Unión Económica y Monetaria y coordinando mejor las políticas macro y microeconómicas. Basándonos en el Pacto por el Euro Plus, mejoraremos la competitividad y lograremos una mayor convergencia de las políticas destinadas a promover el crecimiento y el empleo. Una coordinación pragmática de las políticas tributarias en la zona del euro constituye un elemento necesario para una mayor coordinación de las políticas económicas destinada a respaldar el saneamiento presupuestario y el crecimiento económico. Está en curso la labor legislativa sobre las propuestas de la Comisión relativas a la base tributaria consolidada común del impuesto de sociedades y a un impuesto sobre las transacciones financieras.Estructura de gobierno de la zona del euro30. Para hacer frente con mayor eficacia a los retos que se nos plantean y garantizar una integración más estrecha, se reforzará la estructura de gobierno de la zona del euro, preservando al mismo tiempo la integridad de la Unión Europea en su conjunto.31. Para ello nos reuniremos periódicamente ,al menos dos veces al año, en nuestro nivel, en Cumbres del Euro, para formular directrices estratégicas sobre las políticas económicas y presupuestarias de la zona del euro, lo que permitirá tener en cuenta en mayor medida la dimensión de la zona del euro en nuestras políticas nacionales.32. El Eurogrupo, junto con la Comisión y el BCE, seguirá constituyendo el núcleo de la gestión cotidiana de la zona del euro. Desempeñará un papel central en la aplicación del Semestre Europeo por parte de los Estados miembros de la zona del euro y contará con una estructura preparatoria más sólida. 9 DQPG ES
33. En el anexo 1 del presente documento se presentan disposiciones más detalladas.Mayor integración34. El euro constituye el núcleo de nuestro proyecto europeo. Vamos a reforzar la unión económica para adecuarla a la unión monetaria.35. Pedimos al Presidente del Consejo Europeo que, en estrecha cooperación con el Presidente de la Comisión y el Presidente del Eurogrupo, defina las posibles vías para lograr este objetivo. El objetivo consistirá en seguir reforzando la convergencia económica en la zona del euro, mejorar la disciplina presupuestaria y profundizar en la unión económica, lo que incluye estudiar la posibilidad de introducir cambios limitados en los Tratados. En diciembre de 2011 se presentará un informe provisional para convenir en las primeras directrices, el cual incluirá un programa de trabajo sobre la manera de proceder respetando plenamente las prerrogativas de las instituciones. Para marzo de 2012 se ultimará un informe sobre la manera de ejecutar las medidas acordadas. ________________________ 10 DQPG ES
Anexo 1 Diez medidas para mejorar el gobierno de la zona del euroEs necesario reforzar la coordinación y la supervisión de la política económica en la zona del euro,con el objetivo de hacer más eficaz el proceso de adopción de decisiones y más coherente lacomunicación. Para ello, se adoptarán las siguientes diez medidas, respetando plenamente laintegridad de la UE en su conjunto:1. Habrá reuniones periódicas de la Cumbre del Euro, que reunirán a los Jefes de Estado o de Gobierno de la zona del euro y al Presidente de la Comisión. Estas reuniones se celebrarán como mínimo dos veces al año, en momentos clave del ciclo anual de gobierno económico, y se desarrollarán si es posible tras las sesiones del Consejo Europeo. El Presidente de la Cumbre del Euro podrá convocar sesiones suplementarias en caso necesario. En las Cumbres del Euro se definirán directrices estratégicas para la ejecución de las políticas económicas y para lograr una mayor competitividad y convergencia en la zona del euro. El Presidente de la Cumbre del Euro se ocupará de su preparación, en estrecha cooperación con el Presidente de la Comisión.2. El Presidente de la Cumbre del Euro será designado por los Jefes de Estado o de Gobierno de la zona del euro cuando el Consejo Europeo elija a su Presidente y por el mismo mandato. A la espera del próximo nombramiento de este tipo, presidirá las reuniones de la Cumbre del Euro el actual Presidente del Consejo Europeo.3. El Presidente de la Cumbre del Euro mantendrá puntualmente informados a los Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro de la preparación y los resultados de las Cumbres. También informará al Parlamento Europeo de los resultados de las mismas.SN 3993/3/11 REV 3 MVB,IFC,DP/caf,emv 11ANEXO 1 DQPG ES
4. Como ocurre en la actualidad, el Eurogrupo garantizará una coordinación cada vez más estrecha de las políticas económicas y el fomento de la estabilidad financiera. En el respeto de las competencias correspondientes de las instituciones de la UE, el Eurogrupo promoverá el refuerzo de la supervisión de las políticas económicas y presupuestarias de los Estados miembros en la medida en que afecten a la zona del euro. También preparará las sesiones de la Cumbre del Euro y se ocupará de las acciones consecutivas.5. El Presidente del Eurogrupo será elegido con arreglo al Protocolo n.° 14 anejo a los Tratados. Cuando concluya el mandato del Presidente actual se decidirá si el Presidente debe elegirse entre los miembros del Eurogrupo o si debe ser un presidente permanente con destino en Bruselas. Se consultará al Presidente de la Cumbre del Euro sobre el programa de trabajo del Eurogrupo y él podrá invitar al Presidente del Eurogrupo a que convoque una sesión del Eurogrupo, para preparar Cumbres del Euro o llevar a la práctica sus orientaciones. Se establecerán canales claros de responsabilidad e información entre la Cumbre del Euro, el Eurogrupo y los órganos preparatorios.6. El Presidente de la Cumbre del Euro, el Presidente de la Comisión y el Presidente del Eurogrupo se reunirán periódicamente, al menos una vez al mes. Podrá invitarse al Presidente del BCE a estas reuniones. Los presidentes de las agencias de supervisión y el Consejero Delegado de la FEEF/ Director Ejecutivo del MEDE podrán ser invitados cuando proceda.7. El Grupo ""Eurogrupo"" seguirá ocupándose de los trabajos preparatorios, basándose en los conocimientos especializados aportados por la Comisión. El Grupo ""Eurogrupo"" también preparará las reuniones del Eurogrupo. Contará con el apoyo de un subgrupo más permanente formado por delegados o funcionarios que representen a los Ministros de Hacienda, el cual se reunirá con más frecuencia y trabajará bajo la autoridad del Presidente del Grupo ""Eurogrupo"".8. El Grupo ""Eurogrupo"" tendrá un presidente permanente con destino en Bruselas. En principio, será elegido al mismo tiempo que el presidente del Comité Económico y Financiero.SN 3993/3/11 REV 3 MVB,IFC,DP/caf,emv 12ANEXO 1 DQPG ES
9. Se reforzarán las estructuras administrativas existentes (por ejemplo, la Secretaría General del Consejo y la Secretaría del Comité Económico y Financiero) que cooperarán de una manera bien coordinada para facilitar el apoyo adecuado al Presidente de la Cumbre del Euro y al Presidente del Eurogrupo, bajo la supervisión del Presidente del Comité Económico y Financiero/ Grupo ""Eurogrupo"". En caso necesario, se recurrirá a especialistas externos según convenga.10. Se establecerán normas y mecanismos claros para mejorar la comunicación y garantizar una mayor coherencia de los mensajes. El Presidente de la Cumbre del Euro y el Presidente del Eurogrupo tendrán una responsabilidad especial a este respecto. El Presidente de la Cumbre del Euro junto con el Presidente de la Comisión serán responsables de la comunicación de las decisiones de la Cumbre del Euro, y el Presidente del Eurogrupo junto con el Comisario de Asuntos Económicos y Monetarios serán responsables de la comunicación de las decisiones del Eurogrupo. ________________________SN 3993/3/11 REV 3 MVB,IFC,DP/caf,emv 13ANEXO 1 DQPG ES
Anexo 2 Consenso sobre el paquete bancario1. Es preciso adoptar medidas urgentes para restablecer la confianza en el sector bancario (paquete bancario), que son necesarias en el contexto de la intensificación del control prudencial del sector bancario de la UE. Dichas medidas deben responder: a) A la necesidad de asegurar la financiación a medio plazo de los bancos, a fin de evitar una restricción del crédito y salvaguardar el flujo del crédito hacia la economía real, así como la necesidad de coordinar medidas con este fin. b) A la necesidad de aumentar la calidad y la cantidad del capital de los bancos para resistir a las sacudidas y demostrar esa mejora de un modo fiable y armonizado.Financiación a plazo2. Se requerirían garantías sobre los pasivos bancarios antes de prestar un apoyo más directo a los bancos para que accedan, si procede, a una financiación a plazo (dado que pueden recurrir a la financiación a corto plazo del BCE y de los correspondientes bancos centrales nacionales). Esto también constituye una parte esencial de la estrategia destinada a limitar las acciones de desapalancamiento.3. Pudiera ser que una simple repetición de la experiencia de 2008, con plena discrecionalidad en el plano nacional para la implantación de planes de liquidez, no aportara la solución adecuada, en vista de las condiciones actuales de los mercados. Se precisa, por lo tanto, un planteamiento verdaderamente coordinado en el plano de la UE en lo referente a criterios de acceso, fijación de precio y condiciones. La Comisión debería examinar urgentemente, junto con la Autoridad Bancaria Europea, el Banco Europeo de Inversiones y el Banco Central Europeo, las opciones que permitan alcanzar este objetivo, e informar al respecto al Comité Económico y Financiero.SN 3993/3/11 REV 3 MVB,IFC,DP/caf,emv 14ANEXO 2 DQPG ES
Capitalización de los bancos4. Objetivo de capital propio: Existe un amplio acuerdo en que debe exigirse un coeficiente de capital muy superior, equivalente al 9 % del capital de la máxima calidad, una vez contabilizada la valoración de mercado de las exposiciones a la deuda soberana, ambos factores a 30 de septiembre de 2011, a fin de crear una protección temporal, justificada por las circunstancias de excepción. Este objetivo de capital propio tendrá que haberse alcanzado a más tardar el 30 de junio de 2012, sobre la base de los planes acordados con los organismos nacionales de supervisión y coordinados por la Autoridad Bancaria Europea (ABE). Esta valoración prudente no afectaría a las normas sobre información financiera aplicables. Las autoridades de supervisión nacionales deben asegurarse, bajo la orientación de la ABE, de que los planes de los bancos en materia de recapitalización no den lugar a un desapalancamiento excesivo, y de que se mantenga el flujo de crédito a la economía real y se tengan en cuenta los niveles actuales de exposición de cada grupo, incluidas sus filiales, en todos los Estados miembros, dada la necesidad de evitar una presión excesiva en la distribución del crédito en los países de establecimiento y en los mercados de títulos de deuda soberana.5. Financiación del incremento de capital propio: Los bancos deben recurrir en primer lugar a fuentes privadas de capital, incluida la reestructuración y la conversión de la deuda en títulos de capital. Los bancos deben quedar sujetos a restricciones en lo que respecta al reparto de dividendos y al pago de bonificaciones hasta que se haya alcanzado el objetivo fijado. Los gobiernos nacionales deben prestar apoyo en caso necesario y, de faltar este apoyo, la recapitalización debe financiarse mediante un préstamo de la Facilidad Europea de Estabilización Financiera (FEEF) en el caso de los países de la zona del euro.Ayudas públicas6. Toda forma de ayuda pública, ya sea a escala nacional o de la UE, quedará sujeta a la condicionalidad del actual marco especial de ayudas públicas en situación de crisis, que según ha indicado la Comisión se aplicará con la necesaria proporcionalidad en vista del carácter sistémico de la crisis.SN 3993/3/11 REV 3 MVB,IFC,DP/caf,emv 15ANEXO 2 DQPG ES
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