Que opina? PRONUNCIAMIENTO: A CINCO AÑOS DEL BAGUAZO - 05/06/2014 12:31:05
" PRONUNCIAMIENTOA CINCO AÑOS DEL "BAGUAZO"
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), colectivo de 81 instituciones que trabajan en todo el Perú por la promoción y defensa de los derechos fundamentales, se dirige a la opinión pública para manifestar lo siguiente:
1. Hoy 5 de junio se cumplen cinco años de los lamentables sucesos en Bagua, que cobraron la vida de 33 peruanos, además de un desaparecido y más de 200 heridos, 80 de ellos por armas de fuego. Hasta la fecha no se ha hecho justicia identificando y castigando a los responsables.
2. Si bien el pasado 14 de mayo del presente año se dio inicio al juicio oral sobre los hechos de la "Curva del Diablo", la Fiscalía no ha logrado presentar pruebas de que los 53 procesados (entre dirigentes, indígenas y mestizos) hayan cometido los delitos que se les impugnan, pidiéndose además penas que llegan hasta la cadena perpetua para Alberto Pizango, para el apu Santiago Manuin entre otras personas. Sobre esta situación, cabe resaltar la respuesta firme de los acusados: "No aceptamos los delitos por los cuales se nos acusa y nos declaramos inocentes".
3. Resulta de gran contundencia, además, lo que ha señalado el Instituto de Defensa Legal (IDL), uno de las instituciones encargadas de la defensa: "Del total de acusados intervenidos en el 2009, ninguno presentó resultados positivos en las pericias de absorción atómica; lo que indica que jamás dispararon. Y según los certificados de necropsia realizados, la causa de la muerte de los policías fue, en su mayoría, por proyectiles de armas de fuego".
4. Por otro lado, resulta positivo que, si bien ausentes al inicio del proceso, se halla eventualmente facilitado intérpretes de las lenguas "awajún" y "wampís" para que los acusados puedan brindar sus declaraciones en sus respectivas lenguas.
5. Se desprende de las declaraciones de los acusados que muchos de ellos fueron intervenidos de forma irregular por miembros de la policía nacional, siendo objeto de golpizas, vulneración del derecho a la defensa, e inclusive habrían sido intervenidos simplemente porque "pasaban por el lugar".
6. Rechazamos el maltrato que se viene infringiendo contra el indígena Dany López Shawit, por encontrarse privado de su libertad hace cinco años en la ciudad de Bagua, los últimos dos en "arresto domiciliario". En realidad se le ha retirado de su comunidad de origen, donde se encuentra su real domicilio, causando graves problemas psicológicos y económicos a él y su familia.
7. Nos adherimos al llamado de la Defensoría del Pueblo para que este proceso se desarrolle con la celeridad y consideración requerida para un juicio de esta magnitud, que implica el penoso desplazamiento de decenas de personas con los gastos subsecuentes.
8. Lamentamos que entre los siete procesos judiciales abiertos por los hechos, ninguno esté investigando a quienes, desde el Gobierno central, ordenaron el operativo de desalojo con armas de guerra cuando se sabía que los protestantes habían aceptado abandonar el lugar. Nos referimos a Alan García Pérez, Yehude Simon y a Mercedes Cabanillas. Consideramos desacertado que el tribunal se haya negado inclusive a que las mencionadas ex autoridades participen siquiera como testigos, argumentando que no se encontraban en el lugar de los hechos.
Demandamos al Poder Judicial desarrollar este proceso teniendo en consideración las diferencias culturales, garantizando que la cosmovisión y la cultura de los procesados sean respetadas.
La nación peruana tiene aún una gran deuda con las diversas etnias y pueblos indígenas, esta herida que aún no se cierra es la huella más dolorosa del ninguneo y discriminación entre peruanos.
Secretaría Ejecutiva
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
Lima, 5 de junio de 2014
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Noticia, PRONUNCIAMIENTO: Sobre la intervención de las FFAA en zonas de conflicto con minería ilegal - 28/04/2014 11:18:28
" PRONUNCIAMIENTOSOBRE LA INTERVENCIÓN DE LAS FFAA EN ZONAS DE CONFLICTO CON MINERÍA ILEGAL
Ante la Resolución Suprema N° 079-2014-IN (21 de abril de 2014) que autoriza la intervención de las Fuerzas Armadas en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios, del 21 de abril al 20 de mayo de 2014, con motivo de las movilizaciones anunciadas por mineros informales e ilegales, queremos señalar lo siguiente:
1. La minería ilegal constituye un problema gravísimo: no sólo contamina el medio ambiente sino que expone a poblaciones enteras a la prostitución forzada, al trabajo infantil, a condiciones laborales de esclavitud. Consideramos urgente la elaboración e implementación de un plan de acción que, más allá de la represión, rescate a las víctimas y establezca políticas claras de prevención y de consciencia, para que esta situación no se vuelva a repetir. Del mismo modo, es necesario diferenciar a los mineros informales que pueden formalizarse de la minería ilegal que contamina gravemente y debe desaparecer.
2. Si bien no cabe duda de que "es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad", preocupa que esta tarea, que es competencia de la Policía Nacional del Perú, se extienda con tanta regularidad a las FFAA, en este caso, ya por segundo mes consecutivo. Esto sólo puede traer problemas. Sobre la intervención de militares para controlar a la población civil, la CIDH se ha manifestado claramente al señalar que la intervención de las FFAA en cuestiones de seguridad interna, "acarrea el riesgo de violaciones de derechos humanos", por lo que es recomendable evitarla. Con la misma opinión se han pronunciado tanto el Comité contra la Tortura, el Comité de DDHH y el Consejo de DDHH de la ONU.
3. No cuestionamos la legitimidad constitucional de la intervención de las FFAA en el control del orden interno en los supuestos previstos en el artículo 137° de la Constitución y cuando así lo disponga el señor Presidente de la República. Lo que cuestionamos es que el marco legal contenido en el DL 1095 vulnera el modelo constitucional de participación democrática de las FFAA, dado que amplia ilegítimamente su intervención más allá de la figura de estado de emergencia a labores de orden público.
4. Precisamente, la resolución hace referencia a que la intervención de las FFAA "se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095", decreto sobre el cual hemos demandado su inconstitucionalidad, ya que extiende la competencia de la justicia militar a conductas ilícitas, sin precisar que debe tratarse únicamente de delitos de función, a la vez que extiende la categoría de "grupo hostil" a grupos mínimamente organizados, en enfrentamiento prolongado al Estado con armas punzo cortantes o contundentes en cantidad, y que participan en las hostilidades o colaboran en su realización, legitimando en la práctica un enfrentamiento militar a grupos de civiles en el marco de la protesta social, que permite acabar con la vida humana si es que ello supone una ventaja militar.
Por todo lo señalado, hacemos un llamado al Ministerio del Interior a mantener el orden durante las movilizaciones dentro de los estándares constitucionales e internacionales sobre el tema en materia de derechos humanos, a la vez que reiteramos nuestra demanda de inconstitucionalidad del DL 1095.
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos es un colectivo de 81 instituciones que en todo el Perú trabajan en la promoción y defensa de los derechos fundamentales.
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Es Noticia, Que se respeten los derechos fundamentales en Cajamarca - 05/12/2011 16:19:03
" Ante la declaratoria de estado de emergencia en cuatro distritos de Cajamarca, y la intervención de las FFAA en apoyo de la policía nacional la CNDDHH señala lo siguienteQUE SE RESPETEN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
La CNDDHH, en representación de 79 organismos de defensa de derechos humanos localizados en todo el territorio de la república, señala lo siguiente:
1.- Que la declaración de estados de emergencia es una medida excepcional, de acuerdo a la Constitución y a las normas internacionales se justifica "únicamente en caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado" . Por tal motivo hemos condenado y lo hacemos ahora que se continúe utilizando esta medida en situaciones de protesta social, cuando podría salvaguardarse el orden interno sin necesidad de recortar derechos ciudadanos.
2.- Señalamos que pese a haberse declarado el estado de emergencia, el derecho de reunión y los otros derechos suspendidos no se consideran anulados en forma general, sino solo en relación directa a las razones que han justificado la declaratoria de emergencia. Es decir, las fuerzas del orden pueden impedir que se bloqueen vías de comunicación, o impedir ataques a la propiedad privada, pero no están prohibidas todas las reuniones de la población. Asimismo señalamos que están expeditas las acciones de amparo y hábeas corpus frente a restricciones de derechos que no sean estrictamente proporcionales y razonables.
3.- Solicitamos al Ministerio Público y al Poder Judicial que cumplan su papel de garantes del orden constitucional.
4.- Expresamos nuestra preocupación de que la intervención de las FFAA se realice al amparo del Decreto Legislativo 1095, norma seriamente cuestionada por una acción de inconstitucionalidad en curso. El mantenimiento del orden interno a cargo de las FFAA enfrenta a la población en un entrenamiento y armamento no concebidos para actuar frente a civiles sino en situaciones de guerra.
5.- En tanto que el Estado tiene la obligación de proteger a sus ciudadanos incluso durante situaciones como el Estado de Emergencia, según los tratados internacionales y el marco constitucional es responsabilidad directa del Presidente de la República cualquier situación de grave vulneración de derechos.
6.- Invocamos al gobierno a dar una solución de fondo y de largo plazo a los conflictos socioambientales en el país, garantizando la existencia de una institucionalidad ambiental fuerte, independiente, dotada de recursos técnicos y financieros, implementando a la brevedad el derecho a la consulta previa e informada respetando estrictamente los principios mínimos del derecho internacional, y efectuando a la brevedad el ordenamiento territorial del país con la participación plena de la población.
Secretaría Ejecutiva
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
Estado de emergencia en Cajamarca. Foto: Grufides
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Consulte Información en Delito y Corrupción padre de la antropología forense aplicada a los derechos humanos y la "paz" no ha servido de nada. Siguen los linchamientos
Consulte Información en Gestión Publica Perú Sobre la intervención de las FFAA en zonas de conflicto con minería ilegal y Perú sanciona la homosexualidad en la Policía
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