jueves, 25 de junio de 2015

Podrán fraccionarse multas impuestas por el Indecopi y Indecopi plantea impedir que entidades impugnen sus resoluciones ante el PJ

Instituto Nacional de

Que opina usted? Podrán fraccionarse multas impuestas por el Indecopi - 10/06/2015 9:54:36

"Las personas naturales y jurídicas sancionadas por los órganos resolutivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), con multas mayores a una unidad impositiva tributaria (UIT), podrán acceder al fraccionamiento de estas obligaciones.
Así lo fijó la entidad a través del reglamento que regula dicho beneficio, aprobado por Resolución de Presidencia N° 093-2015-INDECOPI/COD.
Lineamientos
Por tanto, podrán ser fraccionadas las sanciones pecuniarias impuestas por los citados órganos que hayan adquirido la calidad de consentidas o firmes, detalla el reglamento.
De igual modo las que hubieran sido objeto de impugnación administrativa, siempre que se acredite el desistimiento del recurso interpuesto y que este haya sido aprobado por el órgano resolutivo.
El fraccionamiento también podrá aplicarse a las sanciones pecuniarias respecto de las cuales se haya agotado la vía administrativa y hayan sido cuestionadas ante el Poder Judicial, siempre que se acredite el desistimiento de la demanda interpuesta.
Las multas respecto de las cuales se haya iniciado un procedimiento de ejecución coactiva y las que cuyos procedimientos de ejecución coactiva hayan sido objeto de revisión judicial, si se acredita el desistimiento de la demanda interpuesta, también ingresarán al citado beneficio.
No así, las sanciones impuestas por no acatar medidas cautelares ni las implementadas por proporcionar información falsa u ocultar, destruir o alterar datos o un documento que haya sido requerido en el curso de un procedimiento investigatiorio iniciado por el Indecopi.
Tampoco podrán fraccionarse las sanciones pecuniarias impuestas por el incumplimiento injustificado de requerimientos de información o entrega de bienes, entre otras multas.
El fraccionamiento podrá extenderse hasta en 12 cuotas mensuales por los saldos de las multas cuyos montos sean iguales o menores a 10 UIT, o hasta en 24 cuotas mensuales por los saldos de las sanciones pecuniarias cuyos montos sean mayores a 10 UIT. En cualquier caso, el monto mínimo de cada cuota no podrá ser inferior al 20 % de una UIT, precisa la norma.
La solicitud para acogerse al fraccionamiento deberá dirigirse a la Subgerencia de Finanzas y Contabilidad del Indecopi y contener los datos de identificación de la persona sancionada y la propuesta de fraccionamiento .
El administrado deberá garantizar el monto sujeto a fraccionamiento con la presentación de una carta fianza cuando el saldo de la multa sea igual o superior a 4 UIT.
Dicha garantía deberá ser emitida por una entidad bancaria del sistema financiero nacional a favor del Indecopi.
La carta fianza será irrevocable y tendrá como fecha de vencimiento 15 días posteriores a la fecha señalada para el término del citado beneficio.
Este nuevo reglamento de fraccionamiento podrá ser revisado en el link: http://www.indecopi.gob.pe/portal/banners/doc/Pdf_201506081652389295.pdf.
Decisiones
El otorgamiento o denegatoria de la solicitud de fraccionamiento se efectuará mediante resolución expedida por la Subgerencia de Finanzas y Contabilidad del Indecopi, la que podrá fijar un número de cuotas menor al indicado por el administrado. El administrado perderá el beneficio otorgado cuando haya transcurrido 15 días desde el vencimiento de una cuota y esta se mantenga impaga.
Intereses
El tipo de interés aplicable para el fraccionamiento será el interés legal, utilizando para su cálculo la tasa de interés legal efectiva en moneda nacional vigente a la fecha de la solicitud del beneficio.
La demora en el pago de una cuota del fraccionamiento no acarreará el cobro de intereses moratorios, precisa el reglamento.
Diario El Peruano (10/06/2015)
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Poder Judicial

Que opina? Indecopi plantea impedir que entidades impugnen sus resoluciones ante el PJ - 25/11/2014 16:54:00

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) planteó que las instituciones públicas sean impedidas de impugnar, ante el Poder Judicial, las resoluciones de su Tribunal por la eliminación de barreras burocráticas.
Ver artículo... Fuente Artículo

Información: Aprueban Plan Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente - 31/01/2014



Hoy se realizó cuarta reunión del Consejo Nacional de Política Criminal
16:58 Aprueban Plan Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente

Lima, set. 03 (ANDINA). El Consejo Nacional de Política Criminal (Conapoc) aprobó esta mañana el diseño del Plan Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente que planteará en corto plazo medidas para evitar que un millón y medio de adolescentes en riesgo se involucren en actos delictivos.
Daniel Figallo, ministro de Justicia, destacó que esta es la primera vez en que todos los poderes del Estado y las instituciones vinculadas a los menores en riesgo, diseñan en conjunto un Plan Nacional que será puesto a consideración del Acuerdo Nacional.

Explicó que el plan propondrá medidas para fortalecer los espacios de prevención a fin de evitar que los adolescentes en riesgo se vinculen a actividades delictivas y abordará también cómo mejorar el tratamiento de adolescentes en conflicto con la ley.
"El abordaje de estos menores no debe estar ligado siempre a medidas ultra represivas, al aumento de condenas, ni a la disminución de temas relacionados con la edad de los menores sujeto a medidas, eso es lo trascendental de este plan", apuntó.
Aclaró, sin embargo, que las acciones que plantearán no significará situaciones de impunidad ni se distanciará de los objetivos del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
Tras culminar la cuarta sesión del Conapoc, el ministro Figallo aseguró que un plazo de treinta días se elaborará un cronograma con los programas a ejecutar como parte del Plan Nacional, el mismo que será aprobado también por el Consejo de Ministros.
En esta reunión participaron el fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, el ministro del Interior, Wilfredo Pedraza; el defensor del Pueblo, Eduardo Vega; el jede del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), José Luis Pérez Guadalupe, además de representantes del Poder Judicial, de la Municipalidad de Lima, de los gobierno regionales y locales.
Otros de los acuerdos adoptados por el Conapoc, fue la creación del Comité Estadístico interinstitucional a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) que centralizará la información que producen instituciones como la Policía, el Poder Judicial y el Ministerio Público.
Se aprobó, asimismo, la creación de un observatorio nacional de la criminalidad.
Finalmente, el ministro Figallo informó que en un plazo de 30 días se presentará un proyecto de ley relacionado con los menores de edad que incurren en actos criminales como el sicariato.
El Plan Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente fue elaborado con la participación de 27 entidades públicas y privadas en cinco mesas de trabajo. Se estima que beneficiará alo 36% de la población adolescente, en especial a un millon y medio de adolescentes en riesgo.
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