miércoles, 6 de junio de 2012

La inmunidad parlamentaria y La Función Legislativa

La inmunidad parlamentaria y La Función Legislativa

Que opina usted? Impacto: "Vitocho" los quiere fuera - 11/05/2011 21:20:00

" Con proyecto de ley
El congresista Víctor Andrés García Belaunde adelantó que presentará un proyecto de ley para que los congresistas electos, con procesos judiciales pendientes, no juramenten al cargo hasta que respondan a la justicia.
Dijo que la iniciativa confirma que la inmunidad parlamentaria no puede ser aplicada para hechos anteriores a la elección, sino para actos propios de la función legislativa.
La propuesta fue respaldada por los congresistas Washington Zevallos y Javier Velásquez Quesquén. Este último se inclina por la eliminación total de dicho beneficio.
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Interesante, Buena propuesta de Ley de Vitocho - 10/05/2011 19:47:13

"Congresistas electos con procesos serían impedidos de asumir cargo
El legislador Víctor Andrés García Belaunde anunció que presentará un proyecto de ley para evitar que juren parlamentarios con problemas legales
Ante los últimos casos de congresistas electos con procesos judiciales pendientes e investigaciones abiertas, el legislador Víctor Andrés García Belaunde adelantó que presentará un proyecto de ley para evitar que estas personas juramenten al cargo hasta que resuelvan primero su situación legal.
En diálogo con la agencia Andina, García Belaunde explicó que esta iniciativa plantea modificar el reglamento interno del Congreso a fin de que los legisladores electos con juicios abiertos primero se pongan a derecho y respondan a la justicia antes de gozar de la inmunidad parlamentaria.
"No se desconoce la elección popular, pero es necesario que los legisladores electos con juicios pendientes resuelvan sus problemas con la justicia y no se escuden en una inmunidad que no les alcanza", sostuvo el dirigente de Acción Popular.
En ese sentido, dijo, que el proyecto de ley solo confirmará que la inmunidad parlamentaria no puede ser aplicada a los casos anteriores a la elección, sino para los actos propios de la función legislativa.
García Belaunde explicó que, en ese caso, la curul sería tomada por el accesitario hasta que el proceso se resuelva, tal y como se aplica para los casos de acusación constitucional.
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