domingo, 23 de marzo de 2014

Informe Mundial 2014 de Human Rights Watch sobre Perú y Afectados señalan falta de compromiso en cumplir con reparaciones

Comisión de la Verdad

Que opina? Informe Mundial 2014 de Human Rights Watch sobre Perú - 21/01/2014 12:26:13

"Human Rights Watch (HRW) presentó hoy en Berlín su Informe Mundial sobre Derechos Humanos y en la presentación de Sao Paulo hizo hincapié sobre los problemas que afrontan los países de América Latina y sus desafíos para 2014.
La edición latinoamericana analiza los países de la región, entre los que figura nuestro país. A continuación el capítulo referente a Perú.
Human Rights Watch
Informe Mundial 2014: Perú
En los últimos años, las manifestaciones públicas contra proyectos de minería a gran escala y otras políticas gubernamentales e iniciativas del sector privado han sido escenario de numerosos enfrentamientos entre policías y manifestantes, en los cuales murieron civiles abatidos por las fuerzas de seguridad del Estado. Si bien la cantidad de muertes se redujo considerablemente durante los primeros nueve meses de 2013, hubo escasos avances en la investigación de estos casos o en las medidas para asegurar que la policía cumpla con las normas internacionales sobre uso de la fuerza letal.
A pesar de las emblemáticas condenas dictadas contra el ex presidente Alberto Fujimori, su asesor Vladimiro Montesinos, varios generales del Ejército y miembros de un escuadrón de la muerte del gobierno en 2009 y 2010, los adelantos en las causas sobre abusos perpetrados durante gobiernos anteriores han sido realmente limitados.
Muertes durante protestas
Según datos obtenidos hasta septiembre de 2013, un total de 27 civiles habían muerto durante protestas desde que Ollanta Humala asumió la presidencia en julio de 2011. La cantidad de muertos por armas de fuego en estos sucesos se redujo de 18 en los primeros ocho meses de 2012 a tres en el mismo período de 2013. La Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad, un organismo gubernamental creado en agosto de 2012, ha impulsado iniciativas de diálogo para fomentar la resolución pacífica de conflictos sociales que provocan protestas. No obstante, sólo se ha avanzado moderadamente en la determinación de las circunstancias en las cuales se produjeron las muertes y el juzgamiento de policías o militares que aplicaron la fuerza en forma ilegítima.
Juicios por abusos del pasado
La Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú estimó que casi 70.000 personas murieron o fueron víctimas de desaparición forzada durante el conflicto armado que asoló al país entre 1980 y 2000. Muchas sufrieron atrocidades a manos de Sendero Luminoso y otros grupos insurgentes, mientras que otras fueron víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas por agentes del Estado.
En 2009, el ex Presidente Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por desapariciones y asesinatos ocurridos en 1991 y 1992. Su asesor en inteligencia Vladimiro Montesinos, tres ex generales del Ejército y varios miembros del grupo Colina, un escuadrón de la muerte creado por el gobierno, también cumplen actualmente penas de entre 15 y 25 años de prisión por el asesinato en 1991 de 15 personas en el distrito de Barrios Altos, en Lima, y por 6 desapariciones forzadas. En junio de 2013, el Presidente Humala rechazó un pedido presentado por familiares de Fujimori para que se le conceda el indulto presidencial por motivos de salud. Según trascendió en los medios, una Comisión de Gracias Presidenciales había determinado que Fujimori no sufría una enfermedad terminal o degenerativa ni trastornos psicológicos graves.
La investigación judicial en otras causas ha sufrido extensas demoras y permitido tan sólo unas pocas condenas. En un informe emitido en agosto de 2013 en ocasión del décimo aniversario del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, la Defensoría del Pueblo determinó que, pese a los esfuerzos iniciales, Perú no había implementado un sistema judicial especializado con suficiente personal y recursos para juzgar la mayoría de los casos. Según la Defensoría del Pueblo, hasta abril de 2013, de los 194 casos que supervisaba, 113 habían sido cerrados o se encontraban en las primeras etapas de investigación, y solamente en 32 se había dictado sentencia.
En junio de 2013, el Tribunal Constitucional determinó que una masacre ocurrida en 1986 en la cárcel El Frontón durante el primer gobierno del ex Presidente Alan García, y en la cual perdieron la vida al menos 130 internos, estaba sujeta a prescripción debido a que no constituía un delito de lesa humanidad. La opinión del tribunal desconoció una sentencia dictada en 2000 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Durand y Ugarte, en la cual se ordenó que Perú investigara estos sucesos y juzgara a los responsables. En septiembre, el Ministerio de Justicia pidió al Tribunal Constitucional que modificara la sentencia en razón de que la mayoría de los jueces había desestimado el argumento de los reclamantes sobre inconstitucionalidad del proceso en el caso El Frontón, y no se había solicitado al tribunal que estableciera si los delitos constituían crímenes de lesa humanidad. Hasta octubre de 2013, el tribunal no se había pronunciado.
Jurisdicción militar
Continúa siendo preocupante que los casos de derechos humanos en los cuales están involucrados militares sigan siendo resueltos por tribunales militares. El Decreto Legislativo N.° 1095, adoptado en 2010 por el gobierno del Presidente García, permite que los tribunales militares juzguen casos en que se acuse de abusos contra civiles a miembros de esta fuerza que intervinieron en operativos de seguridad pública. Diversos órganos internacionales de derechos humanos han rechazado insistentemente la intervención de fiscales y tribunales militares en casos de violaciones de derechos humanos en la región. En septiembre de 2013, el Tribunal Constitucional aún no se había pronunciado sobre la constitucionalidad del decreto, que ha sido cuestionada por defensores de derechos humanos de Perú.
Tortura
La tortura representa un problema crónico. Un tercio de las 144 víctimas cuyos casos han sido monitoreados en la última década por la organización no gubernamental Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) murieron o sufrieron incapacidad física permanente debido a torturas, en su mayoría cometidas presuntamente por policías.
Libertad de expresión
En agosto de 2012, en respuesta a la progresiva presencia pública de un grupo reducido que exige la amnistía de presos de Sendero Luminoso, el Presidente Humala presentó un proyecto legislativo que arremete contra la libertad de expresión al tipificar el "negacionismo" de delitos cometidos por organizaciones terroristas. El proyecto, tras las modificaciones en el Congreso, establecería penas de prisión de entre 6 y 12 años a quienes "nieguen" tales delitos o la participación de personas en ellos, cuando exista una sentencia definitiva que establezca tal participación. Establece como condición que la expresión tenga la "finalidad de promover la comisión de los delitos de terrorismo o apología del terrorismo o sirva como medio para adoctrinar para fines terroristas". Cuando la negación se realice a través de medios sociales o tecnologías de la información, la pena se incrementaría hasta 15 años. Hasta octubre de 2013, el proyecto aún no había recibido aprobación definitiva en el Congreso.
Los periodistas siguen estando expuestos a la imposición de penas de prisión en suspenso y multas por difamación. Por ejemplo, en mayo de 2013, un juez en Huaraz, Ancash, aplicó una pena de dos años de prisión en suspenso al periodista Alcides Peñaranda, director de la revista Integración, por haber difamado al presidente regional de Ancash, César Álvarez, y dispuso que debía pagar una indemnización. Esta acusación estuvo vinculada con un artículo de Integración en el cual se indicaba que existía corrupción en el gobierno regional y se hacía referencia a un artículo publicado en una revista de Lima por César Hildebrandt, un renombrado periodista de investigación. Álvarez demandó por separado a Hildebrandt y a su colega Melissa Pérez. Un tribunal de Lima los absolvió, invocando una sentencia de la Corte Suprema que asignaba a las personalidades públicas una mayor carga de la prueba en casos de difamación en los cuales estuviera afectado un interés público.
Aún está siendo analizado en el Congreso un proyecto que reemplazaría las penas de prisión para el delito de difamación por multas y tareas comunitarias. Si bien el Congreso aprobó el proyecto en julio de 2011, el Presidente García objetó algunas disposiciones y la versión reformada nunca se aprobó.
Derechos reproductivos
Las mujeres y jóvenes de Perú solamente pueden solicitar abortos en casos de riesgo para la salud o la vida de la madre. No obstante, el país carece de protocolos claros que permitan a proveedores de salud determinar en qué circunstancias concretas resultaría lícito el aborto. Numerosos organismos de supervisión de derechos humanos de las Naciones Unidas han instado a Perú a adoptar estos protocolos y a legalizar el aborto en casos en que el embarazo sea resultado de una violación. Al momento de elaboración de este informe, el gobierno no había cumplido las recomendaciones.
Derechos de discapacidad
El sistema de interdicción judicial de Perú habilita a los jueces a determinar que personas con cierta discapacidad intelectual o psíquica son jurídicamente "incapaces" y a asignarles tutores legales, lo cual supone en la práctica la suspensión de sus derechos civiles básicos, incluido el derecho a votar. Diversos organismos internacionales y regionales de derechos humanos han instado a Perú a abolir la interdicción o tutela judicial, dado que es incompatible con las obligaciones asumidas por el país conforme a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).
En diciembre de 2012 entró en vigor la Ley General de la Persona con Discapacidad, pero hasta octubre de 2013 el poder ejecutivo aún no había reglamentado la norma. La ley contribuiría a adecuar la legislación nacional vigente a la Convención, al garantizar el derecho de las personas con discapacidad a actuar en interés propio y con apoyo adecuado cuando sea necesario. Sin embargo, hasta octubre de 2013 no se había creado una comisión de revisión del Código Civil prevista en la Ley General de la Persona con Discapacidad. El derecho peruano permite el internamiento involuntario para el tratamiento de personas con incapacidad que estén en régimen de tutela.
Actores internacionales clave
En marzo de 2013, en sus observaciones finales sobre el quinto informe periódico de Perú, el Comité de Derechos Humanos de la ONU recomendó al país "eliminar efectivamente el uso excesivo de la fuerza por los miembros de las fuerzas del orden y de seguridad" y "redoblar sus esfuerzos para prevenir y eliminar la tortura". También instó a Perú a adoptar legislación que prohíba la discriminación por razones de orientación sexual o identidad de género, a permitir el aborto en casos de violación sexual y a adoptar "rápidamente un protocolo nacional que regule la práctica del aborto terapéutico".
En septiembre de 2013, el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes visitó 26 cárceles y dependencias policiales en distintas regiones de Perú. Perú ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura en 2006. El vicepresidente del subcomité expresó su expectativa de que a fines de 2013 Perú hubiera establecido un mecanismo nacional de prevención de la tortura y el maltrato con fondos suficientes para que funcionara adecuadamente.
En tanto miembro relativamente reciente del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Perú ha tenido un rol positivo en la votación de diversas resoluciones destinadas a abordar violaciones de derechos humanos en países como Sri Lanka, Bielorrusia e Irán. No obstante, Perú adoptó una medida regresiva al determinar que ya no patrocinará resoluciones sobre países individuales en la ONU.
Ver:
Informe Mundial 2014 , versión completa
Capítulo Perú

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Interesante, Ayacucho: Afectados señalan falta de compromiso en cumplir con reparaciones - 13/09/2013 14:59:28

" Ideeleradio.- A diez años del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, no se ha hecho nada respecto al Plan Integral de Reparaciones en la región Ayacucho, cuestionó el Coordinador Regional de Organizaciones de Afectados por la Violencia Política CORAVIP-Ayacucho Percy Huauya.
"Creo que el tema pendiente son las reparaciones en todos los ámbitos que la ley lo define y no se está cumpliendo como tal. Después de 10 años del informe final de la CVR recién estamos con el Plan Integral de Reparaciones en la región, eso puede resumirse que no se ha hecho nada. En los gobiernos locales se ha hecho algunos aspectos de memoria, pero no hay más allá. Por ejemplo los han apoyado con los pasajes para gestiones Lima o unos actos o manifestaciones particulares, pero más allá no hay un compromiso", aseveró en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
"Hay una reparación indigna que simplemente te da 10 mil soles repartidos en sobres de 800. Cuando a un funcionario técnico de alto nivel, que trabaja en la CMAN recibe mensual 10 mil mas los viáticos y que llegaría hasta 15 mil soles. Ahí está la discriminación", cuestionó.
Es importante que se trabaje el tema de memoria
El representante de las víctimas además cuestionó que se insista con el proyecto que propone incorporar al Código Penal el delito de negacionismo en temas vinculado
"Para nosotros es importante trabajar el tema de la memoria no solo a nivel curricural y educativa, sino organizacionalmente y que todos comprendamos para que no se regrese a saber quiénes son y quién es quién. Aquí hubo corresponsabilidad de ambos, tanto de los grupo de los terroristas y del Estado que actuó de forma venganza hacia la población más pobre", apuntó.
"Por qué el Estado empieza a agrandar, hacerles una propaganda fácil al negárseles su inscripción [al Movadef]. Nosotros con movimientos podemos debatir con ellos en el escenario. Al negárseles se crea un resentimiento y quieren ellos cada vez tener un rol protagónico", expresó.
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Que opina usted? "Informe de CVR sirvió para juzgar a Guzmán" - 26/08/2013 11:49:26

"A 10 años del informe de la CVR
Balance. Salomón Lerner, Sofía Macher y Rolando Ames, ex comisionados, reconocieron los avances y limitaciones de los gobiernos que sucedieron a la entrega de este valioso documento cuya misión es evitar que la historia de terror y muerte se repita.
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El 28 de agosto del 2003 la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) entregó nueve tomos como corolario de la investigación que durante año y medio realizó sobre la violencia política que azotó al país entre 1980 y el 2000. Una década después, tres de sus miembros se reunieron con La República para hacer un balance de la implementación de sus recomendaciones.
El ex presidente de la CVR, Salomón Lerner Febres y los comisionados Sofía Macher y Rolando Ames, resaltaron los avances realizados, pero advirtieron que aún falta mucho por hacer para cerrar las heridas que dejó el conflicto armado interno.
TAREA INCONCLUSA
Lerner: Podría pensarse que la tarea de la CVR culminó el 28 de agosto del 2003, con la entrega del informe final, sin embargo, no acabó allí, sino que fue el primer momento de un proceso largo que debía desarrollarse a partir de entonces para tener un país más democrático, menos violento, con ciudadanía plena para todos los peruanos. Ese 28 de agosto no solo entregamos un informe, sino una serie de tareas y responsabilidades. Diez años después se ratifica que el informe no podía ser solo una reseña de 20 años de violencia, sino un diagnóstico del país. Obedeciendo el mandato de creación de la CVR exploramos en las llamadas "causas de la violencia" pero además, teníamos que plantear reformas institucionales, lo que orientaba nuestro trabajo no solo hacia atrás sino hacia adelante.
Tratamos de contestar la pregunta de por qué la violencia, por qué esas víctimas, y cómo eso no debiera volver a ocurrir. Han transcurrido diez años y creo que en un país como el nuestro, en que se crean comisiones y se entregan informes que desaparecen a la semana, conmemorar diez años es un mérito, quiere decir que ha calado hondo, porque refleja lo que es el Perú. Pero frente a esa memoria, la respuesta del Estado y la sociedad ha sido insuficiente.
Macher: La primera conclusión del informe de la CVR es que éramos un país escindido, racista, discriminador y eso se tenía que revisar y reformar. Es cierto que se han dado reformas, pero insuficientes. Algunas van en la dirección que planteó la comisión pero no hay una política global del Estado. Por ejemplo, en diciembre se dio la ley que define la función de la Policía, así como la norma por la que se define y subordina las Fuerzas Armadas (FFAA) al Ministerio de Defensa. Y una de las recomendaciones era que se revise la intervención y poderes de las FFAA en estados de emergencia; esto se hizo pero también se dio otra ley que permite la intervención de las FFAA en situaciones de conflictividad social, sin estado de emergencia y cuando la policía no puede controlarla.
Por un lado, se toma en cuenta el enfoque del informe de la CVR, que pedía un control democrático de las FFAA, y por otro, se abre una puerta mucho más grande porque se dice que todo lo que suceda en estas intervenciones será visto como delito de función y en tribunales militares.
Ames: La creación de la CVR y el encargo que recibió de dos gobiernos, de Paniagua y Toledo, es inédito en la historia del país. El Estado encargó a una comisión independiente, evaluar lo que pasó, y no únicamente lo que hicieron los terroristas, sino el propio Estado. Y encontramos que esta guerra interna fue distinta a la que ocurrió en Argentina o en Chile, donde la sociedad entera fue afectada, más o menos de manera pareja; y donde la subversión estuvo ligada a movimientos sociales, no a un grupo tan extremo, arbitrario y sectario, como Sendero Luminoso. Pero sobre todo, en esos lugares las víctimas fueron de sectores medios e incluso altos, y cuando terminó el conflicto la conciencia de que debía haber justicia, fue de alguna manera compartida y, en medio del conflicto nadie negó que hubo crímenes. En cambio, en Perú se contó una historia por la cual los terroristas fueron autores de todos los males y el Estado impuso el orden; cuando lo que hubo fue una sociedad escindida, en la que no se conocía lo que pasa lejos de Lima con los sectores pobres rurales. Por eso planteamos que el problema de Perú exigía un nuevo pacto social, para tratar a las poblaciones, que son consideradas inferiores porque vienen de las etnias originales, como ciudadanos iguales. El mensaje de la CVR es que construyamos una democracia no solo de instituciones políticas, sino de respeto mutuo. En ese sentido el informe está vigente.
Lerner: Hay determinados patrones de conducta que se convierten hasta cierto punto en icónicos y que tienen que ser desterrados. Cuando el primer ciudadano de la Nación trata a sus conciudadanos de perros del hortelano, cuando un candidato a la presidencia de la República habla de la imposibilidad de pensar con claridad debido a la altura, tenemos un fenómeno antieducativo. Eso explica que algunos estén por la CVR pero otros creen que no se ha hecho nada y que Movadef es una opción.
PERSISTEN LAS CAUSAS
La CVR explicó las causas que generó la violencia política ¿Ha cambiado algo?
Lerner: En los treintantos libros que hay de testimonios de gente joven que ha visitado la muestra fotográfica Yuyanapaq, una de las frases más repetidas es "¿esto ocurrió en mi país?", "¡Qué desgracia! ojalá no vuelva a ocurrir". Quiere decir que hay una nueva generación en que los familiares callaron, no sé si por vergüenza o por dolor, en que el Estado no ha dicho nada.
Después del gobierno de transición no hubo interés prioritario por cambiar las cosas y se apostó por el crecimiento económico, pensando que lo demás se daba por añadidura. Gustavo Gutiérrez dijo que Perú es el único sitio en que el chorreo cae para arriba, y los "insignificantes" no son escuchados. Más allá del señor Toledo que, en 15 segundos, dos o tres meses después de la entrega del informe final de la CVR, pidió perdón a todos los peruanos, no hay una sola institución pública ni social que haya reconocido sus errores.
Macher: ¿Qué tanto se ha cambiado? Por un lado está el Estado pero también la sociedad. ¿Qué estamos cambiando como sociedad frente al racismo, la discriminación, el diferente? Eso sigue presente en la sociedad peruana. Pero hay un movimiento subterráneo importante de artistas, de gente en la calle, películas, libros que ha cambiado, aunque siguen siendo marginales.
Además, en Chungui, que fue un emblema de la concentración de la guerra, los jóvenes no saben lo que pasó y no lo quieren saber. Allí hay más de 200 fosas, pero el Ministerio Publico ha hecho solo tres exhumaciones. Allá, los comités de autodefensa ganaron la guerra y no quieren que se levante nada. Y me preocupa que el mapa de la pobreza, que es el mismo que el del conflicto, no incluya las secuelas de la violencia en los criterios de selección, atención y diseño para combatir la pobreza.
Ames: Hay un tema casi de defensa propia. Piensan: no quiero ser un muchacho de 15 años, llorando todo el tiempo por lo que les pasó a mis abuelos, quiero progresar y vivir contento. Pero si pudiera hablar lo que siente, no solo se liberaría sino que sería un ciudadano más activo y podríamos tener una democracia de otra calidad.
Me llamó la atención positivamente ver empresarios y cocineros conocidos en materia culinaria, que hoy es orgullo del país, que reconozcan explícitamente que sus recetas tienen éxito porque las han buscado en las costumbres ancestrales. Eso muestra que hay élites que reconocen que "el Perú de abajo" tiene valores. El mensaje es que no solo hablemos de crecimiento, que todo va bien, porque entonces seguimos repitiendo esta unilateralidad.
REPARACIONES
Cuando entregaron el informe dijeron que había un trabajo por continuar. ¿El Registro Único de Víctimas debe permanecer abierto a fin de reparar a todos los afectados?
Macher: De acuerdo a la ley el registro es permanente y no se debe cerrar. Pero el Decreto Supremo 051 cortó las reparaciones económicas al decir que solo se pagaría a los inscritos hasta diciembre del 2011. Es inaceptable que si dos personas sufrieron lo mismo, solo una haya recibido reparación económica individual. Los afectados que no la han recibido podrán ir a la Corte Interamericana y con seguridad les darán la razón. Hay mecanismos para cambiar ese decreto y si no lo hacen están cometiendo un error muy grande.
El año pasado hubo 140 millones de soles para reparaciones, que no es cualquier cosa, es una cifra respetable, aunque se necesita más.
GRADO DE CUMPLIMIENTO
¿Cuánto han cumplido los gobiernos de Alejandro Toledo, Alan García y Ollanta Humala?
Lerner: El gobierno de Toledo tuvo la virtud de dejarnos trabajar, no interferir y destinar los fondos suficientes para que la comisión cumpla su labor. Desgraciadamente allí terminó. La CVR le dejó una hoja de ruta, y además tenían el modo de avanzar en reparaciones y justicia. Soy testigo de que gobiernos extranjeros quisieron apoyar con una moratoria de la deuda a fin de destinar dinero a las reparaciones, pero no fue aceptado. Y en lo que toca a reformas institucionales, fue un gobierno débil.
El señor García no quiso aceptar el dinero para el Museo de la Memoria y tuvo que hacerse una carta con cientos de firmas, encabezada por Mario Vargas Llosa, para que lo acepte. García gobernó entre el 85 y 90, en que se produjo el caso de Molinos, las cárceles del Frontón, entre otros, y la CVR encontró responsabilidad moral en él; imagino que por eso no estaba predispuesto a apoyar las recomendaciones.
El gobierno del presidente Humala, retóricamente, parece haber tomado conciencia del informe porque habla de inclusión y nosotros planteamos luchar contra la discriminación. Pero una cosa es ver el problema y otra tratar de solucionarlo. Programas sociales un poco desperdigados son aspirinas contra el cáncer y no creo que sea el modo de llevar a cabo reformas institucionales y dar vigencia al diálogo intercultural. El señor Humala podría dar signos de que efectivamente quiere reformar las cosas. Está a mitad de su período, esperemos a ver qué hace.
Ames: Necesitamos un nuevo relato como país. Entre los años 60 y 80, el relato dominante fue la necesidad de justicia social; de los 90 para acá, sobre todo en los últimos años, se decía que habíamos resuelto los problemas del país porque estábamos creciendo económicamente, aunque hay una tendencia natural de responder, que ese crecimiento no incluye ni trae ventajas. Nos hace falta un relato profundo, que no admita que el crecimiento económico, el progreso científico y técnico es fundamental pero que el asunto es cómo y para qué crecemos. Y ese relato tiene que admitir que hay una injusticia profunda cuando el sistema económico no crea empleo. Pero no solo hay que quejarnos sino producir un nuevo relato, que tiene que venir no solo de Lima, sino de las regiones, recogiendo la visión del ande profundo.
LOS DESAPARECIDOS
La CVR dejó una lista de 8,558 desaparecidos y más de 4 mil sitios de entierro. Diez años después se entregó poco más de 1,300 restos a sus familiares. ¿Qué ha faltado?
Macher: Esa es la gran deuda que todavía se tiene. En el 2002 cuando la CVR hizo las primeras exhumaciones no había investigación antropológica forense, ahora tenemos el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público tiene un equipo especializado forense en Lima y Ayacucho, con un laboratorio de ADN de huesos. Y sus cifras oficiales basadas en los registros de las ONG, dicen que hay 15 mil desaparecidos.
Pero la recomendación de la CVR fue que se instale una Oficina de Búsqueda de Desaparecidos y la exhumación es solo un paso de todo el trabajo para hallar a los desaparecidos, con investigación preliminar, fichas antemorten, declaracion de testigos y familiares. En esta instancia de búsqueda que tienen que intervenir varios sectores y alianzas con gobiernos regionales.
Cuando publicamos los nueve tomos del informe fui a Ayacucho a entregarlos a la Asociación Nacional de Familiares de Desaparecidos del Perú (ANFASEP). Les dije: Aquí está su historia y el Estado les está dando la razón. Ellos respondieron: Pero dónde está mi hijo, mi esposo.
ACCESO A LA JUSTICIA
La CVR entregó 47 expedientes para su judicialización, la mayoría de los cuales aún no han culminado. ¿Por qué?
Lerner: Ya no hay un subsistema exclusivo para los casos de violaciones a los derechos humanos, pues lo ampliaron para ver casos de corrupción y narcotráfico. Además, muchos de los casos por violaciones a DDHH por parte del Estado fueron de alguna manera juzgados en el fuero militar y cerrados por falta de prueba indiciaria que no era suministrada por las autoridades encargadas de dar información sobre los efectivos de las FFAA y la Policía. Los principales líderes de Sendero Luminoso y sus seguidores han sido juzgados, muchas veces gracias a los informes hechos por la CVR como el juicio a Abimael Guzmán, a quien se le aplicó la autoría mediata. Desde la justicia hay un aspecto icónico, ejemplarizador con los juicios al Grupo Colina, Montesinos y Fujimori; sin embargo, hay crímenes que no han sido sancionados por falta de legislación y preparación del sistema judicial.
Macher: Uno de los informes de la Defensoría del Pueblo establece que hay dos etapas: en la primera se empezaron los procesos judiciales y se dieron los subsistemas de Derechos Humanos, pero en el 2007 se produce un quiebre, una regresión, pues empezaron a concederse solicitudes de nulidad por doble juzgamiento en instancias vistas en el fuero militar. Diez años después, casi el 70% de los casos que entregó la CVR sigue en alguna etapa judicial. Hay casos emblemáticos como las ejecuciones y desapariciones en el Cuartel Los Cabitos, de Ayacucho. Hay pruebas contundentes pues aunque los militares lo negaron, están los restos humanos y los hornos donde los quemaron. También está Accomarca, con un caso inédito, en el que el entonces subteniente Telmo Hurtado se está enfrentando a los mandos militares, diciendo "tú me mandaste matar".
Lerner: A diferencia de lo que dicen algunos analistas políticos los problemas que provocaron la violencia subsisten. No se puede decir que ya todo pasó, o como algunos dicen "no miremos el retrovisor porque estamos avanzando". Hay que enseñar a los jóvenes a tomar conciencia de lo que pasó, a tener memoria, para que no caigan fácilmente en cantos de sirena como Movadef, sino a tomar conciencia de la necesidad de un país más dialogante.
Fuente: La República

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Que opina? IDL: Ley del Negacionismo caerá porque TC la declarará inconstitucional - 11/04/2013 15:27:44

" Ideeleradio.- Si se aprueba la Ley del Negacionismo, esta se caerá y será declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional, estimó Juan Carlos Ruiz, integrante del Instituto de Defensa Legal (IDL), al comentar el dictamen que propone incorporar al Código Penal el delito de negacionismo en temas vinculados al accionar terrorista.
"El problema es que este proyecto [sobre el Negacionismo] desentona y esto va a tener una demanda de inconstitucionalidad, y el Tribunal Constitucional difícilmente va a poder apartarse de su propia jurisprudencia y la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Esto se va a caer, esto lo veo claro", anunció en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
"A Sendero se le tiene que combatir ideológicamente y políticamente. Una cosa que dijo la Comisión de la Verdad es que todas las violencias son malas, a esa gente hay que derrotarla, demostrarle que la violencia no es la parte de la historia. [Se les combate] no callando, no penalizando, no criminalizando a aquellos que levantan tesis jaladas de los pelos, pero no es acallándola, sino demostrando que no tiene menor veracidad ni correlación de la realidad", explicó.
El abogado del IDL recordó que el Tribunal Constitucional recogió jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que consideró a la libertad de expresión como una garantía muy importante, proscribiendo cualquier posibilidad de censura. En ese sentido, consideró que la norma es absolutamente inconstitucional porque limita derechos.
"[¿Es absolutamente inconstitucional si se consagra este delito penal del negacionismo?] Yo creo que sí, una cosa que se llama el test de ponderación dice que siempre cuando una [norma] limita derechos es inconstitucional. Una limitación de un derecho será constitucional en la medida que busca perseguir, proteger una finalidad constitucional sustantiva", argumentó.
"En este caso se puede conseguir lo mismo, es decir perseguir el terrorismo, sin sacrificar tanto. En esa medida, no soporta el test de ponderación, en esta medida este proyecto de ley deviene en inconstitucional y eso es para mí evidente", refirió.
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Noticia, LA MATANZA DE SOCOS Y LA IMPUNIDAD EN PERU - 19/11/2012 15:27:14

" La impunidad en Perú atraviesa un largo recorrido. Desde 1980 hasta Ollanta Humala ahora en el 2012, los gobiernos han instaurado la impunidad como una condecoración a policías, militares y civiles criminales. Uno de estos brutales crímenes fue el ejecutado por la policia en Soccos, un pequeño pueblo andino considerado como base de apoyo de la guerrilla de Sendero Luminoso.
Esta matanza fue el 13 de noviembre de 1983. Han pasado 29 años y en Perú son pocos los que se acuerdan de esta acción de exterminio de pobladores. La vida en Socos se pasaba más o menos en calma y en la rutina de los pueblos que viven de los alimentos que le entrega la tierra. Este pueblo es un paraje ayacuchano a sólo 18 kilómetros de la ciudad de Huamanga. Esta calma fue rota un día cuando miembros de la ex Guardia Civil, la mayoría pertenecientes al grupo de élite policial de lucha contrasubversiva conocidos como los «Sinchis», irrumpieron en la casa de unos lugareños donde se venía desarrollando una fiesta de «pedida de mano» en matrimonio. Sin motivo aparente, salvo el evidente desprecio que profesaban estos policías contra la condición de pobres, campesinos, serranos e indios, le quitaron la vida a más de tres decenas de personas, de diverso género y edad con una crueldad sin límites.
Esta masacre ha quedado prácticamente en el olvido, pues no es funcional a los intereses de los poderosos medios de comunicación limeños recordar crímenes a título del Estado peruano perpetrados con vesania y macabro frenesí; más aún, si se trata de una potente metonimia de las inacabables «pulsiones de muerte» entre la Lima «señorial» y el Sur peruano «indio».
El presente artículo está basado casi íntegramente en datos extraídos del sub-capítulo 2.1. del Tomo VII del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) del Perú, debemos decir con toda honestidad que gran parte de este artículo vendría a ser casi una simple edición del referido sub-capítulo del Informe de la CVR, pues en este caso específico, consideramos que la CVR aplicó un trabajo investigativo y metodológico rigurosos, intentando brindar una descripción de los hechos fidedigna e imparcial; no obstante, discrepamos con las explicaciones conclusivas de la CVR, también presente en el subcapítulo de marras, pues no se ajustan a la propia descripción de los hechos que ofrecen previamente, y además, resultan evidentemente forzadas y direccionadas, pues no cuestionan la institucionalidad policial, como institución involucrada en este horrendo crimen, ni tampoco la lenidad del Poder Judicial, que aplica simbólicamente penas drásticas contra los autores, pero en la ejecución penal escamoteó su actividad punitiva.
El Yaycupacu en Socos
El campamento policial fue instalado en Socos por disposición del Comando Político Militar de la Zona de Emergencia de Ayacucho, menos de dos meses antes de que ocurriera la masacre. Casi simultáneamente a la llegada de los efectivos policiales muchos de ellos provenientes de departamentos de la Costa peruana se iniciaron una serie de abusos perpetrados por éstos contra la población la mayoría quechua hablantes, campesinos, pobres, muchos de ellos iletrados y viviendo en condiciones de precariedad; los robos de la policía a los campesinos de sus bienes y animales domésticos, con mucha prontitud se convirtieron en algo cotidiano.
El 13 de noviembre de 1983, se celebraba una fiesta en la que Adilberto Quispe Janampa pedía en matrimonio a Maximiliana Zamora Quispe, tradicional acto del lugar conocido como «Yaycupacu» (pedida de mano).
Como se estilaba en Socos, los familiares del novio prepararon comida y bebidas de la zona, convocando a los amigos y parientes más cercanos a la fiesta. Cuando el novio y su comitiva se disponían a ir al encuentro de la novia, repentinamente dos efectivos policiales ingresaron de manera violenta a la vivienda, luego hicieron lo mismo el resto de policías; señalando con prepotencia que sólo había permiso para realizar la fiesta hasta las ocho de la noche, y ya eran las nueve.
Dado que muchos de los campesinos habían bebido licor; una de ellos, increpó a los policías por su conducta y les hizo recuerdo de los constates abusos que cometían; esta pequeña protesta crispó los ánimos de los policías quienes realizaron disparos al aire y a pedir los documentos de los asistentes.
La masacre de Socos
Luego, hicieron salir de la casa a todos los presentes y llevaron caminando a todas estas personas hasta la Quebrada del Balcón Huaycco, a media hora de Socos, pudiéndose escapar sólo un número muy reducido de personas.
Al llegar al Balcón Huaycco, los policías separaron a las mujeres jóvenes del grupo y las ultrajaron sexualmente, práctica generalizada de los miembros de la policía y las fuerzas armadas peruanas en las zonas declaradas de emergencia con Estado de Sitio durante las décadas de 1980 y 1990 (Véase el sub-capítulo 2.1. del Tomo VIII del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú).
A las dos y media de la madrugada, los policías juntaron a todos los campesinos detenidos y emprendieron contra ellos con ráfagas de sus fúsiles automáticos ligeros, convirtiendo la gélida noche andina de Socos en el escenario de una orgía sangrienta. Luego, los policías agruparon los cadáveres y detonaron granadas para que las voladuras del desfiladero ocasionen una gran remoción de tierras y piedras, y así, los cuerpos de las personas acribilladas quedaran sepultados por los escombros; sólo hubo una sobreviviente, la misma que no fue alcanzada por los disparos y pudo escapar de ser enterrada viva por la tierra y piedras removidas por la explosión.
Las víctimas fueron más de tres decenas de personas cuyas edades de los adultos oscilaban entre los 21 a los 62 años; además, dentro de las víctimas hubo nueve niños, tres de los cuales no tenían ni un año de nacidos, mientras los demás no pasaban de los siete años de edad; también se consideró como víctima a un feto de 8 meses y medio de gestación de otra víctima.
Dos días después de esta masacre, una vez que los hechos fueron denunciados, la policía ingresó tanto al domicilio de la profesora Victoria Cueto Janampa como al de Vicente Quispe Flores, denunciantes de los hechos, a Victoria los efectivos policiales le dispararon en la cabeza, en presencia de su madre y de su sobrino. A Vicente Quispe Flores lo secuestraron, para luego ejecutarlo y abandonar su cadáver en un puente de la región.
Asimismo, los policías asesinaron a Javier Gutiérrez Gamboa, un joven encargado de la limpieza de los policías y que los ayudaba en la cocina, pues estaba enterado de lo ocurrido; para disfrazar este otro crimen, los policías pretextaron que habían sufrido una emboscada terrorista en la que sólo este joven había fallecido.
Ante las investigaciones del Ministerio Público, la Policía como institución cuestionada intentó encubrir el crimen de sus efectivos, al señalar en la conclusión de un atestado policial que: «no se descarta que los autores del delito de terrorismo y del homicidio múltiple con arma de fuego, sean integrantes del grupo Sendero Luminoso»; igualmente, el Jefe Departamental de la ex Guardia Civil descartó totalmente que el personal del Destacamento de Socos haya ejecutado a los campesinos, señalando que no existían pruebas que demostraran fehacientemente lo contrario, llegando incluso a afirmar que no se llevó a cabo ninguna fiesta en el lugar.
Además, negaron que se haya llevado a cabo la fiesta de pedida de mano y, menos aún, que la hubieran autorizado; cambiaron las piezas de las armas utilizadas para alterar el resultado de la Pericia Balística; simularon hostigamientos senderistas; alteraron el cuaderno de denuncias para incluir presuntas incursiones subversivas al distrito y persiguieron a la única testigo presencial.
Pese, a todas estas argucias, no sólo de los perpetradores sino también de la institucionalidad policial, se abrió instrucción en febrero de 1984 y se dictó sentencia condenatoria el 15 de julio de 1986, la misma que fue declarada de no haber nulidad en todos sus extremos, mediante Ejecutoria Suprema del 30 de septiembre de 1987 de la Corte Suprema de la República.
La sentencia condenó a once de los encausados por el asesinato de los 32 habitantes de Socos y tentativa de homicidio, absolviendo a quince efectivos que no participaron en los hechos. Los condenados, entre los que había seis «sinchis» fueron:
Teniente GC Luis Alberto Dávila Reátegui a la pena de internamiento no menor de 25 años. Salió por semilibertad el 5 de abril de 1991. Sargento 2do GC Jorge Alberto Tejada Breñis a 20 años de penitenciaría. Salió por Semilibertad el 14 de marzo de 1990. Sargento 2do GC Segundo Shapiama Apagueño a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 17 de junio de 1991. Cabo GC Luis Alberto Machado Tanta a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 3 de julio de 1991. Cabo GC Gustavo Alfredo Cárdenas Riega a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 7 de junio de 1991. Cabo GC Víctor Ángel Alberto Barrios Barrios a 15 de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 28 de febrero de 1989. Guardia GC Juan Carlos Aguilar Martínez a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 11 de enero de 1989. Guardia GC Pedro Ciro Agurto Moncada a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 26 de julio de 1989. Guardia GC Félix Armando Javier Suárez a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 31 de agosto de 1989. Guardia GC César Yamer Escobedo Arce a 10 años de Penitenciaría. Salió por cumplimiento de pena. Guardia GC Genaro Gilberto Pauya Rojas a 10 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 1 de diciembre de 1988.
Además, por concepto de reparación civil se impuso el pago de I/. 120,000 (ciento veinte mil intis, moneda hoy inexistente en el Perú) que los sentenciados debían abonar en forma solidaria a favor de los herederos legales de los agraviados. Sólo César Yamer Escobedo cumplió con depositar once mil intis y cumplió la condena de manera íntegra.
De otro lado, la misma Ejecutoria Suprema impuso a los responsables de la masacre de Socos las penas accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de duración de la privación de libertad y hasta cinco años posteriores a ella, así como interdicción civil durante la condena. La pena de inhabilitación absoluta impedía que los efectivos regresaran al servicio activo de su institución hasta cinco años después de haber obtenido su libertad definitiva; aunque, entre los años 1990 y 1992, es decir, aún antes de obtener su libertad definitiva, cinco de ellos habrían sido repuestos en sus cargos de manera irregular.
La CVR y la masacre de Socos
Además de reunir toda esta información, la CVR ubicó e identificó a 22 niños y adolescentes huérfanos a consecuencia de la masacre de Socos, con las edades que tenían al momento de su ocurrencia, entre 8 meses a 18 años de edad, quienes vieron truncados sus proyectos de vida y fueron sometidos a difíciles condiciones de supervivencia, además de arrastrar el trauma posguerra de por vida, y muy probablemente, con repercusiones transgeneracionales.
Uno de los puntos de este sub-capítulo del Informe con el que discrepamos es cuando la CVR señala:
La CVR considera que la sentencia emitida el 15 de julio de 1986, y su respectiva Ejecutoria Suprema del 30 de septiembre de 1987, en las que se sanciona a los efectivos policiales que asesinaron a los humildes pobladores de la Comunidad de Socos, fortalece al Estado de Derecho, pues no ha quedado impune la grave violación a los Derechos Humanos cometida por las Fuerzas del Orden. Es destacable, además, que el juzgamiento se haya producido fuero civil, pese a que algunos procesados plantearon la declinatoria de jurisdicción civil a favor del fuero militar, lo que no prosperó.
Si logra hacerse el cómputo desde septiembre de 1987 para cada uno de los casos de los condenados, cuyas salidas en libertad se produjeron entre diciembre de 1988 hasta junio de 1991, podríamos identificar que la prisión efectiva cumplida fue de un año a tres años y medio dejamos al margen el caso de César Escobedo que cumplió pena completa y pago su cuota de reparación civil, quizás por razones éticas personales, pues quiso expiar culpas con la reclusión prolongada, o por que no contó con un «buen» abogado, quizás por que no contaba con la simpatía de la institución policial a la que pertenecía o simplemente por que se trataba del mítico e infaltable chivo expiatorio que suelen haber en estos casos; entre las posibles razones que podemos especular.
Sin duda, pueda que desde febrero de 1984 tiempo en el que se abrió la instrucción hasta septiembre de 1987 cuando se dictó la Ejecutoriada, haya habido muchos procesados con detención preventiva; no obstante, ese detalle no lo ofrece la CVR, y cabe la posibilidad que ese periodo hayan gozado algunos de libertad provisional, de todas formas, hay dos años y medio de diferencia; que haría que la prisión efectiva sufrida por los perpetradores de este crimen haya oscilado como máximo dependiendo de la situación individual entre tres años y medio a seis años. Tiempo que a todas luces manifiesta una inédita lenidad en la ejecución de la pena por el Poder Judicial, pues en el Perú, cualquier procesado por delito de homicidio simple ni que decir los de homicidio calificado, como este caso no bajará de cinco años de prisión efectiva, incluso aplicándose beneficios penitenciarios.
Entonces, a partir de los mismos datos que proporciona la CVR, sin alterarlos en absoluto ni poniendo en cuestión ninguno de ellos, podemos arribar a otra conclusión: que hay evidentes indicios de lenidad y tibieza con la sanción a los policías sentenciados por sus crímenes, y ésta es una forma sofisticada de impunidad.
Además, también pueden apreciarse en este caso otros hechos abiertamente impunes, tales como que no se sancionaron otros delitos cuya concurrencia real fue evidente, tales como los delitos de violación sexual, de secuestro y de abuso de autoridad que también están en la esfera de protección los derechos humanos; y algún otro delito, menor para este caso, contra la fe pública.
Asimismo, también han quedado impunes los actos de encubrimiento y la obstaculización de la acción de la justicia de la Jefatura Departamental de la ex Guardia Civil en Ayacucho, que ni siquiera fueron investigados por el Ministerio Público y el Poder Judicial.
En tanto la preocupación, de la CVR se enfocó en que no se haya podido hacer efectivo el pago de la reparación civil a favor de las víctimas, así como el hecho de que cinco de los sentenciados hayan sido reincorporados a la Policía, pese a encontrarse inhabilitados. En cuanto al primer punto, el monto total de la reparación civil era tan ínfimo al momento que salió el último sentenciado de prisión, pues luego de la inflación económica de la década de 1980, la suma total de la reparación civil equivalía al costo de dos bolos de pan en el Perú. Por lo que, siendo una cantidad tan ínfima económicamente, lo que llama la atención no es tanto el pago siquiera simbólico que podían haber hecho los policías, sino el desprecio en esa misma esfera que terminaron haciendo, pues hacia 1991, bastaba pagarla con una sola moneda de un nuevo sol (casi la tercera parte de un dólar americano) para hacer el pago total del monto de la reparación civil. Por lo demás, la CVR no menciona quienes eran los cinco policías inhabilitados que retornaron a trabajar a la policía irregularmente, ¿fueron los otros cinco sinchis, excepto el teniente Dávila Reátegui que tenía inhabilitación de por vida?
La masacre de Socos fue llevada al cine aunque en la trama se utilizó un nombre ficticio para denominar al pueblo; la película llevó el título La Boca del Lobo del cineasta peruano Francisco Lombardi; una película que no sólo da cuenta de los abusos de la tropa policial con los lugareños y de las ejecuciones extrajudiciales, sino también de la desconexión entre los policías costeños y los campesinos quechua hablantes de Socos. Mostrando que los exiguos 18 kilómetros que separan Socos de Huamanga, la capital del departamento de Ayacucho más integrado a la égida del centralismo limeño, son una distancia enorme en términos políticos, económicos y sociales entre el pueblo de Socos y el poder limeño; simbólicamente, quizás tan grandes como los 14 kilómetros que separan a Tánger de Algeciras, de África con Europa. De hecho, el mismo Lombardi, en la película prácticamente no les da voz a los pobladores de Socos, los presenta como seres animados y exóticos, armónicos con el paisaje estepario, quizás como si más que seres humanos se tratarían de figuras humanoides que formarían parte del mismo paisaje, como si no se tratasen de ciudadanos peruanos. Si era la metáfora que Lombardi buscaba insinuar, la logró larga y exitosamente.
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Que opina usted? Guillén sobre pedido de Rey: Quienes proponen retiro de la Corte promueven la impunidad - 25/09/2012 16:30:05

" Ideeleradio.- Quienes promueven la impunidad plantean que el Perú se aleje de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sostuvo el exfiscal supremo Avelino Guillén Jáuregui, al comentar las declaraciones que en ese sentido formuló el exministro de Defensa, Rafael Rey.
"[¿Deberíamos retirarnos de la CIDH como propone Rafael Rey?] Bueno, ese es un argumento que [Rafael Rey] lo ha venido repitiendo durante varios años; lo cierto es que quienes promueven la impunidad plantean que el Perú se aleje de la Corte Interamericana, esa es una posición absolutamente minoritaria", manifestó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
"Ningún sector político apoya esta posición, salvo algunos defensores del grupo Colina y de los fujimoristas que están planteando justamente el alejamiento de la Corte Interamericana, pero no tiene ningún asidero, no tiene ningún respaldo de la ciudadanía, esta es una obligación del Estado Peruano", aseveró.
Guillén Jáuregui dijo, en ese sentido, que coincide plenamente con la posición asumida por el régimen del presidente Ollanta Humala de respeto y de acatamiento a la sentencia de la Corte Interamericana.
"La vocera autorizada ha sido la ministra de Justicia, Eda Rivas, y anoche fijó posición y además, ha sido posición del Estado Peruano planteado en la audiencia, la que finalmente tuvo acogida por la Corte Interamericana, esto es la acción de amparo como una solución ante el impase surgido ante esta contradicción que ha advertido la Corte Interamericana", resaltó.
Pinto Cárdenas debe regresar a la cárcel
Inicio En otro momento, señaló que una vez anulada la sentencia de la Sala Penal de la Corte Suprema presidida por Javier Villa Stein, el ex jefe del Servicio Nacional de Inteligencia del Ejército (SIE), Alberto Pinto Cárdenas, deberá regresar a prisión. Indicó que la sentencia la Corte IDH revalida la condena contra el expresidente Alberto Fujimori.
"Cuando se anule esta sentencia de julio del 2012 del señor Villa Stein retornamos al estado anterior, en tal sentido, retorna su condición de sentenciado por la primer Sala Penal Especial. El señor Pinto Cárdenas, en tal sentido, se somete al proceso y una nueva sala de la Corte Suprema tiene que emitir un fallo definitivo en este proceso que en la Corte Interamericana se conoce como contra Montesino y otros, porque el proceso contra Alberto Fujimori es otro y concluyó de manera definitiva", aseveró.
"Muy interesante el análisis y el desarrollo que realiza la Corte Interamericana, pone por un lado la sentencia de Alberto Fujimori, todos sus parámetros, toda su argumentación y el reconocimiento de ese fallo frente al proceso seguido contra Montesinos y otros que son el grupo Colina y ese proceso combina con la sentencia de Villa Stein que está la Corte Interamericana exigiendo se anule", puntualizó.
Sé que víctimas tomarán medidas de previsión
Inicio Finalmente, dijo que la sentencia que dio el juez supremo Javier Villa Stein vulnera el derecho a la verdad, a la jurisprudencia de la Corte Interamericana y el Informe Final de la Comisión de la Verdad (CVR). Se mostró confiado que tras conocerse este fallo los deudos de las víctimas tomarán sus previsiones para que el ex jefe del SIE, Pinto Cárdenas no se fugue del país.
"La sentencia de Javier Villa Stein vulnera el derecho a la verdad, vulnera la jurisprudencia de la Corte Interamericana, vulnera la sentencia del Tribunal Constitucional Peruano, el informe de la Comisión de la Verdad y la línea jurisprudencial que ha seguido los tribunales inferiores que vieron también el caso del Grupo Colina, por ejemplo el caso de Salazar Monroe donde se aplicó autoría mediata y crímenes de lesa humanidad", expresó.
"Estoy seguro que las partes intervinientes de los procesos, los deudos de las víctimas van a articular, van a presentar algunos recursos como medidas de previsión ante situaciones que se pudieran dar. La absolución del señor Pinto Cárdenas en mi concepto generaba una situación de impunidad, la prescripción por delito de asociación ilícita para delinquir era contradictorio porque al ser un delito de lesa humanidad no era prescriptible", concluyó.
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