miércoles, 16 de abril de 2014

OJO CON LA ESTRATEGIA JURIDICA DE FUJIMORI y Manual del Control Parlamentario

Es Noticia, OJO CON LA ESTRATEGIA JURIDICA DE FUJIMORI - 20/02/2014 13:08:39

" Pocos han reparado en la estrategia jurídica de dos vías que tiene Alberto Fujimori para intentar, de un lado, salir de prisión antes de cumplir las penas impuestas por corrupción y violaciones a los derechos humanos y, de otro lado, evitar que el juicio por el caso Diarios Chicha llegue a buen término.
En el primer caso, lo que se busca es, de alguna manera, tratar de invalidar la sentencia que condenó a Fujimori por homicidio calificado, secuestro agravado y lesiones graves. Para ello, el abogado William Paco Castillo viene preparando un recurso de revisión amparado en dos supuestas vulneraciones al debido proceso: señalar que los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta fueron crímenes de lesa humanidad y que la sentencia ya venía predeterminada por correos electrónicos enviados por César San Martin a juristas españoles.
En relación con el primer punto, hay que indicar que la inclusión de este término no vulnera el debido proceso. Como lo ha señalado un reciente comunicado de los magistrados que sentenciaron a Fujimori:
Los sucesos de naturaleza penal que constituyeron los casos conocidos como "Barrios Altos y La Cantuta", han sido considerados como crímenes de lesa humanidad por reiteradas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional del Perú ,es patente y concluyente, al respecto, la Resolución de dicha Corte Internacional, en supervisión de cumplimiento de sentencia, del 7 de septiembre de 2012,. Es de anotar, desde esta perspectiva jurídica, primero, que la consideración de crímenes de lesa humanidad fue planteada y debatida en el juicio oral ,en especial en las sesiones de audiencia número 140, 142 y 148, materia de la requisitoria oral y de los alegatos de la parte civil y la defensa,, con lo que se respetó los principios acusatorio, contradicción y exhaustividad; segundo, que la Corte IDH y la doctrina de Derecho Penal Internacional, exigen que no se desconozcan ni omitan en los fundamentos de las sentencias aquellos crímenes que cumplan los elementos que tal normatividad supranacional define y se imponen por su carácter de ius cogens; y, tercero, que en la sentencia comentada la condena recayó en delitos materia de acusación fiscal: homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado, por consiguiente, se respetó el principio de especialidad extradicional.
¿Por qué resulta esta calificación importante de eliminar para el abogado de Fujimori? Con ella, se coloca un candado más a la posibilidad que Fujimori pueda ser amnistiado o indultado (con excepción del indulto humanitario, si cumple los requisitos) y se evita que estos crimenes prescriban. Castillo busca, al tratar de bajársela, que el autócrata puede ser indultado o amnistiado o, en caso de conseguir un nuevo juicio por una leguleyada, que el mismo prescriba a los pocos meses.
El segundo tema tiene que ver con los ya famosos correos de San Martín. Pero también tiene dos problemas. De un lado, hoy Diario 16 publica que un peritaje policial señala que los correos han sido adulterados. De otro, que los mismos tampoco demostraban el dictado de órdenes o directivas acerca de la sentencia.
Si jurídicamente el tema es insostenible, ¿cuál es el riesgo? Se llama Javier Villa Stein. El magistrado preside la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia y, durante los últimos días, ha dado opiniones descalificadoras contra los magistrados que condenaron a Fujimori y adelantado opinión sobre el tema de lesa humanidad. Recordemos que Villa Stein dijo que el caso Barrios Altos no calificaba como tal, en una sentencia que tuvo que ser enmendada debido a una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en uno de los papelones jurídicos más graves de los últimos años.
En principio, con estos adelantos de opinión, si el recurso de revisión llegara a manos de Villa Stein, el juez debería inhibirse. Sin embargo, vía este tipo de recursos se ha logrado la exculpación de Absalón Vásquez en el caso Vladipolos así como un grave retroceso en la jurisprudencia sobre violaciones a los derechos humanos, precisamente, en la sala que preside este magistrado, por lo que habrá que estar atentos a él y a su colegiado.
Ahora vayamos al caso de los Diarios Chicha. Como habrán podido notar quienes van o siguen las audiencias del proceso, ocurren dos hechos claros. De un lado, todos los testigos presentados están hundiendo a Fujimori en gran forma y estilo y se van presentando nuevos documentos que apuntan a la culpabilidad del exgobernante. De otro lado, el proceso se estira, tanto por el estado de salud de Fujimori, que implica realizar audiencias relativamente cortas, como por las maniobras dilatorias de Castillo. A estas últimas nos referimos.
Dos son los hechos concretos a través de los cuales se busca el denominado "quiebre del juicio oral" (es decir, que el mismo vuelva a fojas cero). De un lado, Castillo ha buscado recusar, ya en dos oportunidades, a a las magistradas que procesan a Fujimori. Hay aún una recusación pendiente contra la jueza Aissa Mendoza que deberá resolver otra sala anticorrupción. Si la misma procede, el juicio vuelve a iniciarse, debido a que a inicios de año se cambió a una de las juezas por cuestiones administrativas.
De otro lado, Castillo ha presentado un recurso donde señala que, en realidad, es la Corte Suprema la que debe juzgar a Fujimori, cuestión que ya ha sido rechazada antes, dado que el autócrata ya no tiene el beneficio del antejuicio político vigente. Y quien tiene el poder de decidir es, nuevamente, la sala que preside Villa Stein. Y, de ampararse esta leguleyada, ocurrirá lo que alerta Laura Grados en Diario 16:
Si La Sala Penal Permanente decide aceptar el pedido del abogado Paco Castillo, de plano todo el proceso contra Fujimori, que se ventila hasta ahora en la Cuarta Sala Penal Liquidadora, queda en fojas cero. Se quiebra.
El riesgo es que se pierdan varios meses de proceso. Las declaraciones de los testigos se anulan. Mientras se instala la nueva Sala para que juzgue al exmandatario, el reinicio del proceso demoraría hasta julio o agosto de este año. Por lo tanto, el litigio podría dilatarse hasta llegada la fecha en la que los delitos cometidos por Fujimori en este emblemático caso, prescriban.
¿Por qué es importante este relato? Por dos razones. La primera, porque, más allá que los pedidos de Castillo puedan parecer estrambóticos hasta para un estudiante de primer ciclo de Derecho, lo cierto es que hay un magistrado con ganas de darle una mano a su patrocinado desde hace varios años. Y hay que tener mucho cuidado con ello.
Y la segunda es esta. En momentos en que un régimen bastante parecido al fujimorista - con la única diferencia del signo económico - tiene una crisis realmente fuerte, es importante saber que le puede esperar a los principales dirigentes de esta autocracia. A fin de cuentas, Alberto Fujimori es el padre de los autoritarismos competitivos en América Latina. Que recuerden en otras latitudes que puede esperarles y claro está, conviene que nosotros tengamos presente que harán para evitarlo.
(Caricatura: Carlín)
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Tribunal Constitucional

Es Noticia, Manual del Control Parlamentario - 19/11/2012 15:30:27

" El Congreso de la República del Perú, a través de su presidente el Dr. Víctor Isla, acaba de presentar un nuevo trabajo de la Sra. Patricia Robinson Urtecho, esta vez un Manual del Control Parlamentario.
El servicio parlamentario cumple un papel destacado en lo que a soporte se refiere de los congresistas. Estos requieren de apoyo en labores que tienen que ver con la reglamentación, referencias y modus operandi en los diversos eventos que se suscitan en el Parlamento. No había libros ni documentos que condensaran la práctica parlamentaria y dieran sugerencias sobre su uso, de allí que el texto creado por la Señora Patricia Robinson Urtecho sea de gran utilidad.
A continuación reproducimos la Introducción preparada por la Sra. Patricia Robinson Urtecho:
El control parlamentario, junto con el ejercicio de la facultad legislativa y de representación, es una de las funciones esenciales del Congreso de la República. Esta función se encuentra, vinculada a la actividad gubernamental propiamente dicha, debido al interés y preocupación del Parlamento por la efcacia de las políticas públicas, lo cual lo lleva, en múltiples oportunidades, a plantear preguntas, solicitar informes, debatir políticas e interpelar o censurar ministros por los resultados de sus acciones gubernamentales.
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El control parlamentario se ejerce también para evaluar los dispositivos legislativos emitidos por el Poder Ejecutivo y para fscalizar el uso y disposición de los bienes y recursos públicos, lo cual podría acarrear según los resultados obtenidos investigaciones y acusaciones.
El ejercicio efcaz del control y fscalización parlamentarios está ligado, en gran medida, a la calidad de la información que el Congreso debe buscar recibir de manera permanente, diversifcada y oportuna. Para ello, cuenta con diversos instrumentos, tales como la invitación a los miembros del Consejo de Ministros para informar; la estación de preguntas y respuestas; la solicitud de información a los ministros y a la administración en general que, en la mayoría de los casos, se
ejecutan en sesiones públicas.
En el presente Manual desarrollamos los procesos de control normativo y de control político.
En lo que respecta al poder de investigación del Parlamento, su ejecución obedece a la preocupación de los representantes por abordar un asunto de interés público y se desarrolla en el marco de una institución concebida especialmente para tal efecto, como es la comisión de investigación, la
cual goza de prerrogativas especiales de las que también pueden gozar las comisiones ordinarias, cuando éstas reciben del Pleno del Congreso el encargo expreso de investigar un asunto de interés público.
El otro proceso de control en el que se ejercita el poder de investigación es el referido a las acusaciones constitucionales. Este se ejecuta para realizar el
antejuicio político de los altos funcionarios del Estado, como son el Presidente de la República; los Congresistas; los Ministros de Estado; los miembros del Tribunal Constitucional; los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; los vocales de la Corte Suprema; los fscales supremos; el Defensor del Pueblo y el
Contralor General; por infracción de la Constitución Política y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en sus funciones.
En este Manual se presentan solo las modalidades de control parlamentario que no suponen el ejercicio del poder de investigación, pues se pretende concentrar la exposición, de modo singular, de los actos de control y vigilancia política estrechamente vinculados al desempeño del gobierno. De esta manera se espera distinguir el mayor grado de discrecionalidad que es inherente a las relaciones entre el Congreso y el Poder Ejecutivo, en los que existe de por medio el examen
de la dirección política y de la confanza entre ambos órganos del Estado.
El presente Manual contiene cuadros comparativos que permiten conocer, por un lado, los diversos procedimientos innovadores que se han puesto en práctica en diferentes períodos y; por otro lado, la efcacia y los matices existentes en dichos procedimientos. Los cuadros y los anexos incluidos son producto de la información disponible en el Portal del Congreso, en el …del Ministerio de Justicia y de los datos alcanzados por las diversas áreas del Congreso de la República.
Siguiendo el formato del Manual del Proceso Legislativo se han enumerado los párrafos que corresponden a un proceso o asunto determinado. Asimismo, para llamar la atención del lector sobre lo que se está describiendo, hemos incluido fchas que llevan su propia numeración. Estas fechas hacen referencia, según el caso, a precedentes, prácticas parlamentarias y doctrina pertinente.
La revisión del contenido del Manual recayó en mi amigo y compañero, César Delgado Guembes, amplio conocedor del proceso parlamentario, a quien agradezco por su tiempo e insistencia para que concluyera este emprendimiento a la brevedad.
La realización de este Manual tiene el objetivo de contribuir con los actores que participan en la dinámica parlamentaria y pretende ser una guía de referencia que no es rígida y determinante pues, como se sabe, los procesos parlamentarios se someten a circunstancias complejas que en sí mismos generan nuevos elementos en los procedimientos o modifican los existentes.
Patricia Robinson Urtecho 18 de setiembre de 2012
El libro completo lo puede descargar aquí:
Manual del Control Parlamentario, Congreso de la República del Perú 2012
Hoja de Vida de Patricia Robinson Urtecho
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Consulte Información en Politiqueria No hay intención del Ejecutivo de llevar adelante Ley de Consulta Previa y 2013

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