viernes, 4 de julio de 2014

PRONUNCIAMIENTO: A CINCO AÑOS DEL BAGUAZO y Policías y militares revueltos

IPEN

Noticia, PRONUNCIAMIENTO: A CINCO AÑOS DEL BAGUAZO - 05/06/2014 12:31:05

" PRONUNCIAMIENTO
A CINCO AÑOS DEL "BAGUAZO"
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), colectivo de 81 instituciones que trabajan en todo el Perú por la promoción y defensa de los derechos fundamentales, se dirige a la opinión pública para manifestar lo siguiente:
1. Hoy 5 de junio se cumplen cinco años de los lamentables sucesos en Bagua, que cobraron la vida de 33 peruanos, además de un desaparecido y más de 200 heridos, 80 de ellos por armas de fuego. Hasta la fecha no se ha hecho justicia identificando y castigando a los responsables.
2. Si bien el pasado 14 de mayo del presente año se dio inicio al juicio oral sobre los hechos de la "Curva del Diablo", la Fiscalía no ha logrado presentar pruebas de que los 53 procesados (entre dirigentes, indígenas y mestizos) hayan cometido los delitos que se les impugnan, pidiéndose además penas que llegan hasta la cadena perpetua para Alberto Pizango, para el apu Santiago Manuin entre otras personas. Sobre esta situación, cabe resaltar la respuesta firme de los acusados: "No aceptamos los delitos por los cuales se nos acusa y nos declaramos inocentes".
3. Resulta de gran contundencia, además, lo que ha señalado el Instituto de Defensa Legal (IDL), uno de las instituciones encargadas de la defensa: "Del total de acusados intervenidos en el 2009, ninguno presentó resultados positivos en las pericias de absorción atómica; lo que indica que jamás dispararon. Y según los certificados de necropsia realizados, la causa de la muerte de los policías fue, en su mayoría, por proyectiles de armas de fuego".
4. Por otro lado, resulta positivo que, si bien ausentes al inicio del proceso, se halla eventualmente facilitado intérpretes de las lenguas "awajún" y "wampís" para que los acusados puedan brindar sus declaraciones en sus respectivas lenguas.
5. Se desprende de las declaraciones de los acusados que muchos de ellos fueron intervenidos de forma irregular por miembros de la policía nacional, siendo objeto de golpizas, vulneración del derecho a la defensa, e inclusive habrían sido intervenidos simplemente porque "pasaban por el lugar".
6. Rechazamos el maltrato que se viene infringiendo contra el indígena Dany López Shawit, por encontrarse privado de su libertad hace cinco años en la ciudad de Bagua, los últimos dos en "arresto domiciliario". En realidad se le ha retirado de su comunidad de origen, donde se encuentra su real domicilio, causando graves problemas psicológicos y económicos a él y su familia.
7. Nos adherimos al llamado de la Defensoría del Pueblo para que este proceso se desarrolle con la celeridad y consideración requerida para un juicio de esta magnitud, que implica el penoso desplazamiento de decenas de personas con los gastos subsecuentes.
8. Lamentamos que entre los siete procesos judiciales abiertos por los hechos, ninguno esté investigando a quienes, desde el Gobierno central, ordenaron el operativo de desalojo con armas de guerra cuando se sabía que los protestantes habían aceptado abandonar el lugar. Nos referimos a Alan García Pérez, Yehude Simon y a Mercedes Cabanillas. Consideramos desacertado que el tribunal se haya negado inclusive a que las mencionadas ex autoridades participen siquiera como testigos, argumentando que no se encontraban en el lugar de los hechos.
Demandamos al Poder Judicial desarrollar este proceso teniendo en consideración las diferencias culturales, garantizando que la cosmovisión y la cultura de los procesados sean respetadas.
La nación peruana tiene aún una gran deuda con las diversas etnias y pueblos indígenas, esta herida que aún no se cierra es la huella más dolorosa del ninguneo y discriminación entre peruanos.
Secretaría Ejecutiva
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
Lima, 5 de junio de 2014

Ver artículo...
" Fuente Artículo
policía nacional

Es Noticia, Policías y militares revueltos - 03/06/2014 17:14:11

"¿Es constitucional el apoyo que brindan las FF.AA. a la PNP en lugares donde impera la minería ilegal y que no son declaradas zonas en emergencia?
No hace mucho el Poder Ejecutivo dispuso, a través de la Resolución Suprema N° 090-2014-IN, que las FF.AA. prolonguen su participación apoyando a la PNP en los departamento de Arequipa, Puno y Madre de Dios, para garantizar el control y orden interno ante las continuas movilizaciones promovidas por los mineros ilegales.
La noticia es reciente y parece un tanto inocente, pero encierra muchas interrogante e inquietudes entre los entendidos en la materia, debido a que se autoriza las Fuerzas Armadas para que participen en el mantenimiento del orden interno fuera de las situaciones contempladas en el estado de emergencia del inciso 1 del artículo 137º de la Constitución Política del Perú.
A priori, considero que es inconstitucional que las FF.AA. participen garantizando el orden interno en zonas no declaradas en estado de emergencia, pues la Carta Magna es bastante precisa cuando menciona que esa labor le corresponde a la PNP.
Además, existe un campo de acción claramente restringido a los militares, quienes deben intervenir solo en caso de emergencia.
Este asunto fue ampliamente discutido, cuando 31 congresistas del partido nacionalista, presentaron una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 7º de La Ley N.º 29166, que planteaba una situación adicional que faculte a las FF.AA. a apoyar en la restauración del control interno.
En zonas que no han sido declaradas en estado de emergencia, y establecía las reglas de empleo de la fuerza por parte del personal militar en todo el territorio nacional en cumplimiento del ejercicio de su función constitucional.
Las Fuerzas Armadas tienen la importante función de preservar la institucionalidad e integridad del Estado, ciñéndose para eso a lo establecido en la Constitución.
El Tribunal Constitucional (TC), ha resaltado que en los últimos años se han dado avances significativos para que la formación y actuación de las FF.AA. se dé en el pleno respeto de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.
Sin embargo, se debe reiterar que su actuación para la preservación de la paz y del orden interno, están circunscritas a situaciones específicas y excepcionales que aseguren un ambiente de normalidad y de tranquilidad pública, las que son necesarias para el desarrollo de las actividades concurrentes a la obtención del bienestar general en un escenario de seguridad.
La preparación académica y profesional impartida al personal de las FF.AA. está orientada a formar al oficial para que pueda defender la soberanía y la integridad territorial de la República, así como la seguridad de sus habitantes; por lo que solamente en situaciones excepcionales y autorizadas por la Constitución, es que se permite que estos actúen en el mantenimiento del orden interno, circunscribiéndose a labores de apoyo a la Policía Nacional.
El asunto es un tanto complicado, porque no existe un marco normativo en cuanto al apoyo de las FF.AA. en el control del orden interno en zonas no declaradas en estado de emergencia.
La Ley N.º 29166, representa un avance significativo hacia la transparencia en el accionar de los militares, debido a que cuenta con principios rectores o elementos valorativos para medir la actuación del personal militar en cada caso concreto, como legalidad, necesidad, proporcionalidad, inmediatez, obligatoriedad y razonabilidad.
Pero existe un problema: esa norma tiene también muchas incongruencias e imprecisiones que, por su laxitud y estructura anfibológica, pueden llevar a una aplicación arbitraria e inconstitucional de su contenido, desde el momento en que no precisa bajo qué situaciones las FF.AA. pueden intervenir en apoyo de la PNP en determinadas zonas.
Si bien se puede presumir que la actuación militar se daría cuando se sobrepase la capacidad operativa de la Policía, no existe en la ley un criterio mínimo que reconozca la excepcionalidad de una medida de esta naturaleza o las situaciones en las que esto es posible.
Menos aún se precisa cuál es la autoridad competente para decidir cuándo se ha dado el escenario en donde sea necesario el apoyo de las FF.AA o cuál es el plazo, tanto mínimo como máximo, durante el cual los militares apoyarán a la PNP.
Tampoco detalla cuáles son los mecanismos de control político y jurisdiccionales aplicables a estas situaciones, y si estas medidas implican o no una restricción en el ejercicio de determinados derechos constitucionales.
Por otro lado, esa norma adolece de una técnica legislativa que permitiría que las FF.AA. actúen en apoyo de la PNP bajo cualquier situación.
Dicho apoyo puede comprender casos como el bloqueo de una carretera, el control de una huelga y hasta acciones contra el terrorismo o la delincuencia organizada.
Pienso que es peligroso tener a las FF.AA. en un estado de permanente alerta para apoyar la labor de la Policía en la restauración del orden interno. Se puede volver rutinario crear en todas las zonas del país estados de excepción de facto, contribuyendo así a una situación de mayor enfrentamiento entre la ciudadanía y las fuerzas del orden.
Todo eso podría generar una potencial situación de vulneración de los derechos fundamentales. Es decir, se podría constituir situaciones de excepción a través de las cuales la autoridad, vía una valoración discrecional de los hechos, podría adoptar medidas desproporcionadas que terminarían afectando los derechos fundamentales, amparados en la dicotomía sobre qué principio debe prevalecer: el de autoridad o el de libertad.
Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha establecido que es necesario enfatizar en el extremo cuidado que los Estados deben observar al utilizar las FF.AA. como elemento de control de la protesta social, disturbios internos, violencia interna, situaciones excepcionales y criminalidad común; limitando el uso de la fuerza de los militares en cuanto al control de disturbios.
Puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar al enemigo y no a la protección y control de civiles; entrenamiento que es propio de los entes policiales.
En base a las anteriores razones, el TC considera que en situación de singular gravedad, las FF.AA. pueden apoyar a la PNP para luchar contra el narcotráfico y el terrorismo, aun cuando no se haya declarado el estado de emergencia.
En este sentido, en la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo, así como la protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país (tales como puertos, aeropuertos, centrales hidroeléctricas y de hidrocarburos, yacimientos petrolíferos o represas), las FF.AA sí están facultadas para brindar su apoyo a la PNP.
Sin embargo, se descarta que los militares puedan apoyar a la Policía en la lucha contra la minería informal. Pretender semejante cosa ya es un exceso.
Foto: Difusión.
Ver artículo...
" Fuente Artículo
IPEN

Información: Gobernador de Cajamarca invoca a la calma - 22/11/2011 22:03:59

"
El gobernador de Cajamarca, Ever Hernández, coincidió con la política planteada por el Presidente Ollanta Humala al señalar que el gobierno entiende que la población cajamarquina cree justo resguardar el recurso del agua en la región. Invocó a la calma a su población cajamarquina en la movilización convocada para este jueves 24 de noviembre.
Tras asegurar que la policía nacional garantizará el orden, el gobernador pidió prudencia y sensatez a los pobladores que participen en la movilización del jueves convocada por algunas organizaciones que se presentan en oposición a la ejecución al proyecto Conga, de la minera Yanacocha. Hernández señaló que habrá garantía para que durante la movilización no se realicen actos vandálicos. Indicó que hay ""gente inescrupulosa, aprovechándose de la movilización hacen actos vandálicos, atentan contra la propiedad pública o contra la propiedad privada, saquean tiendas, asaltan a la gente. Entonces las fuerzas del orden tienen que resguardar que este tipo de actos no se cometan. Las fuerzas del orden han venido para cuidar precisamente que las protestas se realicen en marco de una medida de lucha muy pacífica"".
Ver artículo...
" Fuente Artículo
Consulte Información en Delito y Corrupción Humala sugiere a malos Policías postular al Poder Judicial y Promulgan ley que castigará a los que ataquen a policías
Consulte Información en Gestión Publica Perú salud y seguridad en 2 últimos años de mandato y Fumigador de la PNP

Consulte la Fuente de este Artículo
Marcador Social
Mi Página de Marcadores Sociales

No hay comentarios:

Publicar un comentario