miércoles, 2 de julio de 2014

PRONUNCIAMIENTO: Lote 1AB: ¿Diálogo o mecedora? y PRONUNCIAMIENTO: A CINCO AÑOS DEL BAGUAZO

Que opina usted? PRONUNCIAMIENTO: Lote 1AB: ¿Diálogo o mecedora? - 13/06/2014 15:23:33

" PRONUNCIAMIENTO
LOTE 1AB: ¿DIÁLOGO O MECEDORA?
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos expresa su profunda preocupación por la situación en que los pueblos indígenas en el entorno del Lote 1AB en el departamento de Loreto (Kichwa, Quechua del Pastaza, Achuar, Kandoshi, Kukama Kukamiria y Urarina) esperan a que se atiendan los graves problemas ambientales y en salud generados por años de actividad petrolera en sus territorios sin ser atendidos. La situación es tan grave que desde el año pasado la cuenca del río Corrientes se encuentra declarada en emergencia ambiental, aunque más allá de esta declaración formal no se han implementado medidas que solucionen el problema.
Las organizaciones indígenas han participado desde noviembre del año pasado en un proceso de diálogo organizado por la PCM sin ningún resultado concreto en la garantía de sus derechos. Por este motivo desde el día de ayer, 12 de junio, los pueblos indígenas se encuentran movilizados para exigir que el estado cumpla con sus obligaciones, como recomendó el Relator sobre Pueblos Indígenas de NNUU, James Anaya, con ocasión de su visita al Perú en septiembre pasado.
Tal como ocurrió durante el Paro Amazónico del 2009, los pueblos indígenas del Lote 1AB están ejerciendo su derecho a la protesta ante la inoperatividad del Estado que debería proteger sus derechos. En este sentido, el fracaso de la mesa de diálogo pone en cuestión la buena fe del Ejecutivo de cara al proceso de consulta para la ampliación de las actividades petroleras en el lote 1AB. Esta situación también genera serios cuestionamientos respecto a la viabilidad del sistema de prevención de conflictos propugnado por la PCM, que según se evidencia en este caso no está mostrándose apto para atender los problemas de fondo que subyacen a la conflictividad social, específicamente la vulneración de derechos.
Ante esta situación la CNDDHH:
1.- Recuerda al Estado su obligación de proteger y garantizar los derechos humanos, implementando de manera inmediata las medidas de remediación ambiental, atención en salud y dotación de agua en condiciones adecuadas para los pueblos indígenas que habitan en los ríos Corrientes, Tigre y Pastaza.
2.- Hace un llamado al Estado y en especial a las fuerzas del orden para que se respete el derecho a la protesta de los pueblos movilizados, evitando generar nuevas afectaciones a la vida e integridad de las personas, y actuando en el cumplimiento estricto de los estándares internacionales sobre uso de la fuerza.
3.- Recomienda al Estado abordar de manera más profunda el tema de la conflictividad social, enfocándose en la enfermedad y no en el síntoma, atendiendo los problemas de fondo subyacentes a esta dinámica, y en particular las vulneraciones de derechos en el ámbito de influencia de las industrias extractivas, las cuales constituyen la primera fuente de conflictividad social en nuestro país (60% del total reportado por la Defensoría del Pueblo).
Lima 13 de junio del 2014
Secretaría Ejecutiva
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

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Defensoría del Pueblo

Es Noticia, PRONUNCIAMIENTO: A CINCO AÑOS DEL BAGUAZO - 05/06/2014 12:31:05

" PRONUNCIAMIENTO
A CINCO AÑOS DEL "BAGUAZO"
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), colectivo de 81 instituciones que trabajan en todo el Perú por la promoción y defensa de los derechos fundamentales, se dirige a la opinión pública para manifestar lo siguiente:
1. Hoy 5 de junio se cumplen cinco años de los lamentables sucesos en Bagua, que cobraron la vida de 33 peruanos, además de un desaparecido y más de 200 heridos, 80 de ellos por armas de fuego. Hasta la fecha no se ha hecho justicia identificando y castigando a los responsables.
2. Si bien el pasado 14 de mayo del presente año se dio inicio al juicio oral sobre los hechos de la "Curva del Diablo", la Fiscalía no ha logrado presentar pruebas de que los 53 procesados (entre dirigentes, indígenas y mestizos) hayan cometido los delitos que se les impugnan, pidiéndose además penas que llegan hasta la cadena perpetua para Alberto Pizango, para el apu Santiago Manuin entre otras personas. Sobre esta situación, cabe resaltar la respuesta firme de los acusados: "No aceptamos los delitos por los cuales se nos acusa y nos declaramos inocentes".
3. Resulta de gran contundencia, además, lo que ha señalado el Instituto de Defensa Legal (IDL), uno de las instituciones encargadas de la defensa: "Del total de acusados intervenidos en el 2009, ninguno presentó resultados positivos en las pericias de absorción atómica; lo que indica que jamás dispararon. Y según los certificados de necropsia realizados, la causa de la muerte de los policías fue, en su mayoría, por proyectiles de armas de fuego".
4. Por otro lado, resulta positivo que, si bien ausentes al inicio del proceso, se halla eventualmente facilitado intérpretes de las lenguas "awajún" y "wampís" para que los acusados puedan brindar sus declaraciones en sus respectivas lenguas.
5. Se desprende de las declaraciones de los acusados que muchos de ellos fueron intervenidos de forma irregular por miembros de la policía nacional, siendo objeto de golpizas, vulneración del derecho a la defensa, e inclusive habrían sido intervenidos simplemente porque "pasaban por el lugar".
6. Rechazamos el maltrato que se viene infringiendo contra el indígena Dany López Shawit, por encontrarse privado de su libertad hace cinco años en la ciudad de Bagua, los últimos dos en "arresto domiciliario". En realidad se le ha retirado de su comunidad de origen, donde se encuentra su real domicilio, causando graves problemas psicológicos y económicos a él y su familia.
7. Nos adherimos al llamado de la Defensoría del Pueblo para que este proceso se desarrolle con la celeridad y consideración requerida para un juicio de esta magnitud, que implica el penoso desplazamiento de decenas de personas con los gastos subsecuentes.
8. Lamentamos que entre los siete procesos judiciales abiertos por los hechos, ninguno esté investigando a quienes, desde el Gobierno central, ordenaron el operativo de desalojo con armas de guerra cuando se sabía que los protestantes habían aceptado abandonar el lugar. Nos referimos a Alan García Pérez, Yehude Simon y a Mercedes Cabanillas. Consideramos desacertado que el tribunal se haya negado inclusive a que las mencionadas ex autoridades participen siquiera como testigos, argumentando que no se encontraban en el lugar de los hechos.
Demandamos al Poder Judicial desarrollar este proceso teniendo en consideración las diferencias culturales, garantizando que la cosmovisión y la cultura de los procesados sean respetadas.
La nación peruana tiene aún una gran deuda con las diversas etnias y pueblos indígenas, esta herida que aún no se cierra es la huella más dolorosa del ninguneo y discriminación entre peruanos.
Secretaría Ejecutiva
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
Lima, 5 de junio de 2014

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Interesante, Señalan la necesidad que el Estado peruano suscriba y ratifique Convención contra la desaparición de personas - 05/09/2011 20:02:52

"CNDDHH realiza reunión de trabajo con la participación de Rainer Huhle, miembro del Comité contra la Desaparición Forzada de Personas de Naciones Unidas, representantes del Estado y sociedad civil.
Familiares de los desaparecidos del Santa realizan acto en memoria de sus seres queridos. Foto: CJS Chimbote
El día de hoy, 5 de setiembre de 2011, se llevó a cabo el desayuno de trabajo sobre Desaparición Forzada de Personas organizado por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, con la participación, como expositor principal, del Director del Centro de Derechos Humanos de Núremberg y Vicepresidente del Instituto Alemán de Derechos Humanos, Rainer Huhle, así como diversas personas de la sociedad civil y el Estado en el local del IEP.
La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas fue adoptada por la Asamblea General en su resolución A/RES/61/177, de 20 del diciembre de 2006 y entró en vigor el 23 de diciembre de 2010, explicó Rainer Huhle. Pero a su vez señaló que hubiera sido imposible los tratados, convenciones e instrumentos vigentes de los Derechos Humanos en Naciones Unidas, pudieran conseguirse sin la lucha persistente y el trabajo sistemático de los defensores de los derechos humanos en todo el mundo.
La desaparición forzada era un delito que, hasta hace años, ni siquiera existía, a pesar de haber sido una de las prácticas violatorias de los derechos humanos desde hace muchas décadas atrás, particularmente en América Latina. Precisamente por ello, esta parte del continente jugó un papel muy importante para la configuración de este delito, en especial la lucha contra la impunidad que se llevó a cabo en Guatemala, Chile, Argentina, Colombia y México, luego de las amargas experiencias de la represión política que sufrieron estos países, especialmente en las décadas del 70, 80 y 90 del siglo pasado, con la práctica de la desaparición forzada de personas por parte de los aparatos estatales y paraestatales.
"Como alemán no puedo dejar de mencionar", indicó, "que este problema se inició, en las dimensiones que hoy se conoce, con las persecuciones nazis a los opositores políticos dentro y fuera de las fronteras alemanas". Huhle recordó que el decreto denominado "Directivas para la persecución de las infracciones cometidas contra el Reich o las Fuerzas de Ocupación en los Territorios Ocupados" aprobado un 7 de diciembre de 1941, más conocido como Decreto Noche y Niebla (en alemán Nacht und Nebel , Erlass), debido a que los detenidos a su amparo eran despojados de toda identificación y eran conducidos a los campos de concentración con las siglas NN. Luego de la caída de la liberación de Alemania, el Tribunal Internacional Militar de Núremberg, como uno de sus primeros actos, calificó dicho decreto como Crimen de Guerra, condenando al Mariscal del Ejército Alemán, Wilhelm Keitel, como responsable por haber firmado dicho decreto siendo ejecutado el 16 de Octubre de 1946.
La Convención contra la Desaparición Forzada se inició por presión de la sociedad civil en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 18 de diciembre 1992, con la declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada por resolución 47/133. En 1998 se presentó un borrador sobre una Convención que contuviese directrices de lucha contra las desapariciones forzadas. En el año 2001 Manfred Nowak, delegado por Austria ante la Comisión de Derechos Humanos aconsejó la aprobación de una convención propia y especial contra la desaparición forzada. Por fin, el 20 de diciembre de 2006, la Asamblea General, en su resolución A/RES/61/177, adopta la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, que entra en vigor, finalmente, el 23 de diciembre de 2010 ratificada por veinte estados. Este año 2011 son ochenta y ocho los Estados que han firmado la Convención, en tanto que veintinueve la han ratificado. El Perú es uno de los países que no ha firmado la convención hasta el momento.
Los principales elementos que aporta la convención, entre otros, son las especificaciones de que ningún Estado podrá invocar circunstancias excepcionales, como situación de guerra, inestabilidad política o cualquier otra emergencia política para justificar la práctica de desaparición forzada. Asimismo la consideración de que para transformar el contenido de la convención debe ser emitida una ley aplicable al nivel nacional. Otro de los aportes de la convención es lo referente a la definición de víctima, no solo se refiere a la persona desaparecida, sino a todas las personas directamente afectadas que sufran un daño directo, como los familiares y allegados, a los cuales se garantiza el derecho a la reparación. En cuanto a la persecución de los perpetradores del delito de desaparición forzada se pondrán en vigencia las obligaciones mutuas entre los Estados miembros, incluida la extradición.
Recogiendo los aportes de los invitados al Desayuno de trabajo, congresistas como Omar Chehade y Rosa Mávila, miembros del Ministerio de Justicia como José Burneo, de la Defensoría del Pueblo como Gisela Vignolo, e incluso, el vicecanciller José Antonio Meier, así como miembros del Ministerio Público y muchos activistas en derechos humanos, el especialista Rainer Huhle señaló la imperiosa necesidad de que el Estado peruano suscriba la convención y a su vez también la ratifique. Esto debe permitir, según señaló, una relación más estrecha entre sociedad civil, las diferentes instituciones del Estado y de Naciones Unidas en torno al tema de las desapariciones. Finalmente califico a la reunión como muy alentadora.
Lima, 5 de setiembre de 2011
Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

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