Noticia, Informe Mundial 2014 de Human Rights Watch sobre Perú - 21/01/2014 12:26:13
"Human Rights Watch (HRW) presentó hoy en Berlín su Informe Mundial sobre Derechos Humanos y en la presentación de Sao Paulo hizo hincapié sobre los problemas que afrontan los países de América Latina y sus desafíos para 2014.La edición latinoamericana analiza los países de la región, entre los que figura nuestro país. A continuación el capítulo referente a Perú.
Human Rights Watch
Informe Mundial 2014: Perú
En los últimos años, las manifestaciones públicas contra proyectos de minería a gran escala y otras políticas gubernamentales e iniciativas del sector privado han sido escenario de numerosos enfrentamientos entre policías y manifestantes, en los cuales murieron civiles abatidos por las fuerzas de seguridad del Estado. Si bien la cantidad de muertes se redujo considerablemente durante los primeros nueve meses de 2013, hubo escasos avances en la investigación de estos casos o en las medidas para asegurar que la policía cumpla con las normas internacionales sobre uso de la fuerza letal.
A pesar de las emblemáticas condenas dictadas contra el ex presidente Alberto Fujimori, su asesor Vladimiro Montesinos, varios generales del Ejército y miembros de un escuadrón de la muerte del gobierno en 2009 y 2010, los adelantos en las causas sobre abusos perpetrados durante gobiernos anteriores han sido realmente limitados.
Muertes durante protestas
Según datos obtenidos hasta septiembre de 2013, un total de 27 civiles habían muerto durante protestas desde que Ollanta Humala asumió la presidencia en julio de 2011. La cantidad de muertos por armas de fuego en estos sucesos se redujo de 18 en los primeros ocho meses de 2012 a tres en el mismo período de 2013. La Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad, un organismo gubernamental creado en agosto de 2012, ha impulsado iniciativas de diálogo para fomentar la resolución pacífica de conflictos sociales que provocan protestas. No obstante, sólo se ha avanzado moderadamente en la determinación de las circunstancias en las cuales se produjeron las muertes y el juzgamiento de policías o militares que aplicaron la fuerza en forma ilegítima.
Juicios por abusos del pasado
La Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú estimó que casi 70.000 personas murieron o fueron víctimas de desaparición forzada durante el conflicto armado que asoló al país entre 1980 y 2000. Muchas sufrieron atrocidades a manos de Sendero Luminoso y otros grupos insurgentes, mientras que otras fueron víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas por agentes del Estado.
En 2009, el ex Presidente Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por desapariciones y asesinatos ocurridos en 1991 y 1992. Su asesor en inteligencia Vladimiro Montesinos, tres ex generales del Ejército y varios miembros del grupo Colina, un escuadrón de la muerte creado por el gobierno, también cumplen actualmente penas de entre 15 y 25 años de prisión por el asesinato en 1991 de 15 personas en el distrito de Barrios Altos, en Lima, y por 6 desapariciones forzadas. En junio de 2013, el Presidente Humala rechazó un pedido presentado por familiares de Fujimori para que se le conceda el indulto presidencial por motivos de salud. Según trascendió en los medios, una Comisión de Gracias Presidenciales había determinado que Fujimori no sufría una enfermedad terminal o degenerativa ni trastornos psicológicos graves.
La investigación judicial en otras causas ha sufrido extensas demoras y permitido tan sólo unas pocas condenas. En un informe emitido en agosto de 2013 en ocasión del décimo aniversario del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, la Defensoría del Pueblo determinó que, pese a los esfuerzos iniciales, Perú no había implementado un sistema judicial especializado con suficiente personal y recursos para juzgar la mayoría de los casos. Según la Defensoría del Pueblo, hasta abril de 2013, de los 194 casos que supervisaba, 113 habían sido cerrados o se encontraban en las primeras etapas de investigación, y solamente en 32 se había dictado sentencia.
En junio de 2013, el Tribunal Constitucional determinó que una masacre ocurrida en 1986 en la cárcel El Frontón durante el primer gobierno del ex Presidente Alan García, y en la cual perdieron la vida al menos 130 internos, estaba sujeta a prescripción debido a que no constituía un delito de lesa humanidad. La opinión del tribunal desconoció una sentencia dictada en 2000 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Durand y Ugarte, en la cual se ordenó que Perú investigara estos sucesos y juzgara a los responsables. En septiembre, el Ministerio de Justicia pidió al Tribunal Constitucional que modificara la sentencia en razón de que la mayoría de los jueces había desestimado el argumento de los reclamantes sobre inconstitucionalidad del proceso en el caso El Frontón, y no se había solicitado al tribunal que estableciera si los delitos constituían crímenes de lesa humanidad. Hasta octubre de 2013, el tribunal no se había pronunciado.
Jurisdicción militar
Continúa siendo preocupante que los casos de derechos humanos en los cuales están involucrados militares sigan siendo resueltos por tribunales militares. El Decreto Legislativo N.° 1095, adoptado en 2010 por el gobierno del Presidente García, permite que los tribunales militares juzguen casos en que se acuse de abusos contra civiles a miembros de esta fuerza que intervinieron en operativos de seguridad pública. Diversos órganos internacionales de derechos humanos han rechazado insistentemente la intervención de fiscales y tribunales militares en casos de violaciones de derechos humanos en la región. En septiembre de 2013, el Tribunal Constitucional aún no se había pronunciado sobre la constitucionalidad del decreto, que ha sido cuestionada por defensores de derechos humanos de Perú.
Tortura
La tortura representa un problema crónico. Un tercio de las 144 víctimas cuyos casos han sido monitoreados en la última década por la organización no gubernamental Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) murieron o sufrieron incapacidad física permanente debido a torturas, en su mayoría cometidas presuntamente por policías.
Libertad de expresión
En agosto de 2012, en respuesta a la progresiva presencia pública de un grupo reducido que exige la amnistía de presos de Sendero Luminoso, el Presidente Humala presentó un proyecto legislativo que arremete contra la libertad de expresión al tipificar el "negacionismo" de delitos cometidos por organizaciones terroristas. El proyecto, tras las modificaciones en el Congreso, establecería penas de prisión de entre 6 y 12 años a quienes "nieguen" tales delitos o la participación de personas en ellos, cuando exista una sentencia definitiva que establezca tal participación. Establece como condición que la expresión tenga la "finalidad de promover la comisión de los delitos de terrorismo o apología del terrorismo o sirva como medio para adoctrinar para fines terroristas". Cuando la negación se realice a través de medios sociales o tecnologías de la información, la pena se incrementaría hasta 15 años. Hasta octubre de 2013, el proyecto aún no había recibido aprobación definitiva en el Congreso.
Los periodistas siguen estando expuestos a la imposición de penas de prisión en suspenso y multas por difamación. Por ejemplo, en mayo de 2013, un juez en Huaraz, Ancash, aplicó una pena de dos años de prisión en suspenso al periodista Alcides Peñaranda, director de la revista Integración, por haber difamado al presidente regional de Ancash, César Álvarez, y dispuso que debía pagar una indemnización. Esta acusación estuvo vinculada con un artículo de Integración en el cual se indicaba que existía corrupción en el gobierno regional y se hacía referencia a un artículo publicado en una revista de Lima por César Hildebrandt, un renombrado periodista de investigación. Álvarez demandó por separado a Hildebrandt y a su colega Melissa Pérez. Un tribunal de Lima los absolvió, invocando una sentencia de la Corte Suprema que asignaba a las personalidades públicas una mayor carga de la prueba en casos de difamación en los cuales estuviera afectado un interés público.
Aún está siendo analizado en el Congreso un proyecto que reemplazaría las penas de prisión para el delito de difamación por multas y tareas comunitarias. Si bien el Congreso aprobó el proyecto en julio de 2011, el Presidente García objetó algunas disposiciones y la versión reformada nunca se aprobó.
Derechos reproductivos
Las mujeres y jóvenes de Perú solamente pueden solicitar abortos en casos de riesgo para la salud o la vida de la madre. No obstante, el país carece de protocolos claros que permitan a proveedores de salud determinar en qué circunstancias concretas resultaría lícito el aborto. Numerosos organismos de supervisión de derechos humanos de las Naciones Unidas han instado a Perú a adoptar estos protocolos y a legalizar el aborto en casos en que el embarazo sea resultado de una violación. Al momento de elaboración de este informe, el gobierno no había cumplido las recomendaciones.
Derechos de discapacidad
El sistema de interdicción judicial de Perú habilita a los jueces a determinar que personas con cierta discapacidad intelectual o psíquica son jurídicamente "incapaces" y a asignarles tutores legales, lo cual supone en la práctica la suspensión de sus derechos civiles básicos, incluido el derecho a votar. Diversos organismos internacionales y regionales de derechos humanos han instado a Perú a abolir la interdicción o tutela judicial, dado que es incompatible con las obligaciones asumidas por el país conforme a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).
En diciembre de 2012 entró en vigor la Ley General de la Persona con Discapacidad, pero hasta octubre de 2013 el poder ejecutivo aún no había reglamentado la norma. La ley contribuiría a adecuar la legislación nacional vigente a la Convención, al garantizar el derecho de las personas con discapacidad a actuar en interés propio y con apoyo adecuado cuando sea necesario. Sin embargo, hasta octubre de 2013 no se había creado una comisión de revisión del Código Civil prevista en la Ley General de la Persona con Discapacidad. El derecho peruano permite el internamiento involuntario para el tratamiento de personas con incapacidad que estén en régimen de tutela.
Actores internacionales clave
En marzo de 2013, en sus observaciones finales sobre el quinto informe periódico de Perú, el Comité de Derechos Humanos de la ONU recomendó al país "eliminar efectivamente el uso excesivo de la fuerza por los miembros de las fuerzas del orden y de seguridad" y "redoblar sus esfuerzos para prevenir y eliminar la tortura". También instó a Perú a adoptar legislación que prohíba la discriminación por razones de orientación sexual o identidad de género, a permitir el aborto en casos de violación sexual y a adoptar "rápidamente un protocolo nacional que regule la práctica del aborto terapéutico".
En septiembre de 2013, el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes visitó 26 cárceles y dependencias policiales en distintas regiones de Perú. Perú ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura en 2006. El vicepresidente del subcomité expresó su expectativa de que a fines de 2013 Perú hubiera establecido un mecanismo nacional de prevención de la tortura y el maltrato con fondos suficientes para que funcionara adecuadamente.
En tanto miembro relativamente reciente del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Perú ha tenido un rol positivo en la votación de diversas resoluciones destinadas a abordar violaciones de derechos humanos en países como Sri Lanka, Bielorrusia e Irán. No obstante, Perú adoptó una medida regresiva al determinar que ya no patrocinará resoluciones sobre países individuales en la ONU.
Ver:
Informe Mundial 2014 , versión completa
Capítulo Perú
Ver artículo...
" Fuente Artículo

Interesante, Ley 30151 sobre uso de fuerza letal por policías y soldados genera grave preocupación en materia de derechos humanos - 14/01/2014 16:52:18
" Ley 30151 sobre uso de fuerza letal por policías y soldadosGrave preocupación en materia de derechos humanos
Desde la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, en representación de las 81 organizaciones que conforman esta institución, ante la promulgación de la Ley 30151 que modifica el Código Penal y exime de responsabilidad a los policías y militares que causen la muerte o lesiones en el cumplimiento de su deber, consideramos que:
1.- La vida e integridad física de las personas son derechos fundamentales que el Estado debe proteger frente a cualquier actor, civil, policial o militar.
2.- Esta ley tiene como antecedente el Decreto Legislativo 982, frente al cual el Tribunal Constitucional declaró la obligación que tienen los fiscales de investigar y la de los jueces de juzgar y sancionar los abusos de los agentes del orden. Afirmamos que a pesar de la reciente modificación del Código Penal, subsiste plenamente la obligación estatal de investigar, sancionar y reparar las acciones de uso abusivo de la fuerza por parte de los policías y militares.
3.- Creemos que esta es una medida efectista, pero por completo ineficaz para combatir la inseguridad ciudadana que aqueja nuestro país. Este grave problema sólo podrá superarse combatiendo la corrupción, asegurando condiciones laborales dignas al trabajador policial y militar, garantizándole dotación logística y entrenamiento adecuado, así como mejorando la articulación con las otras entidades del Estado y la sociedad civil, entre otras medidas.
4.- Cabe recordar que solo en lo que va de gobierno del Presidente Ollanta Humala Tasso, 29 civiles (incluyendo dos menores de edad[1]) han perdido la vida como consecuencia de la actuación de las fuerzas del orden en contextos de protesta social. Nos preocupa que continúe el aumento de violaciones de derechos humanos en contextos de conflictos sociales frente a la imposición de proyectos de desarrollo e industrias extractivas. No es una preocupación solo del movimiento de derechos humanos, pues esta situación le ha valido al Perú severos cuestionamientos tanto en Naciones Unidas como en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
5.- Para superar esta situación, invocamos al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo a convocar una Comisión para la elaboración de una norma que regule de manera precisa los procedimientos operativos de la Policía para el control de disturbios y deroguen todas las normativas que flexibilizan el uso de la fuerza letal en estos contextos. Esta Comisión deberá incorporar la participación de especialistas en seguridad ciudadana y en derechos humanos.
Lima, 14 de enero del 2014.
[1] Los menores son Carlos Alberto Ramos Carmen y César Medina Aguilar.
Ver artículo...
" Fuente Artículo
Noticia, Megacomisión que investiga a AGP tiene indicios razonables - 19/12/2013 18:00:12
"El congresista Sergio Tejada, presidente de la Megacomisión, señaló que el informe final de su grupo de trabajo plantea "indicios razonables" que implicaron solicitar una acusación constitucional contra el ex mandatario Alan García por el caso "narcoindultos".En tanto, Tejada calificó de absurda la acusación aprista, pues señala que las conclusiones finales de la Megacomisión fueron redactadas antes para inhabilitar al ex gobernante.
Además, subrayó que si bien es una potestad presidencial otorgar indultos y conmutaciones de penas, estipulado en la Constitución Política, no se pueden contravenir otros acápites de la Carta Magna ni irrespetar sentencias judiciales.
"El presidente debe cumplir la ley y respetar las sentencias de los órganos constitucionales que combaten el narcotráfico", aseveró el titular de la megacomisión al afirmar que sentencias del propio Tribunal Constitucional (TC) señalan que la concesión de gracias presidenciales es una facultad limitada.
De otro lado, indicó que García Pérez sabría de las irregularidades en la comisión de gracias presidenciales, dirigida por el hoy preso Miguel Facundo Chinguel, quien habría liderado una "organización paralela" que cobró miles de dólares a cambio de indultos y conmutaciones de penas a narcotraficantes.
Foto: Difusión.
Ver artículo...
" Fuente Artículo
Que opina? Congreso elegirá a funcionarios del Banco Central de Reserva - 11/12/2013 12:07:38
" El Congreso elegiría a Drago Kisic Wagner, Gustavo Yamada Fukusaki y Eduardo González García como miembros del directorio del Banco Central de Reserva (BCR).El presidente del Congreso, Fredy Otárola, informó que la terna de aspirantes propuesta por la comisión especial evaluadora será sometida a consideración del Pleno este jueves o viernes.
Agregó que hay propuestas de candidatos "de interesante perfil" para la Defensoría del Pueblo y el Tribunal Constitucional, pero no quiso adelantar nombres.
En tanto, la Comisión Permanente sesionará, para debatir el informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que recomienda el desafuero del legislador Michael Urtecho.
Fuente: Perú21
Ver artículo...
" Fuente Artículo
Información: EL CASO URTECHO - 07/10/2013 8:06:50
" Hasta hace tres semanas, Michael Urtecho mantenía una buena imagen entre la ciudadanía y la prensa nacional. Con una imagen de compromiso a favor de las personas con discapacidad y de evangélico aparentemente congruente con su fe, era considerado como uno de los mejores representantes de la bancada de Solidaridad Nacional.Su caída en desgracia ha sido ocasionada gracias a las revelaciones que, en tres domingos consecutivos, ha hecho Graciela Villasis, periodista de Cuarto Poder. Las acusaciones contra Urtecho han comprendido recorte de sueldos a sus trabajadores, contratación de "asesores fantasma" y donaciones inexistentes que supuestamente beneficiarían a discapacitados.
Frente a este rosario de acusaciones, Urtecho ha respondido con dos argumentos centrales: a) negar las acusaciones sin hacer mayores descargos y b) acusar sobre un supuesto complot en su contra para sacarlo del Congreso. El caso ya provocó un intercambio verbal con el congresista Virgilio Acuña y, dentro de Solidaridad Nacional, su situación es bastante complicada. Para añadir más gasolina al fuego, está a un tris de salir de la iglesia evangélica Agua Viva, a la que tanto él como algunas de sus exasesoras - y hoy acusadoras - pertenecen.
Y si algo faltaba para complicar más la situación del parlamentario, anoche terminó con dos nuevas denuncias: despilfarro de dinero del Congreso - incluyendo sospechosas facturas en cevicherías trujillanas - y contratación de empresas fantasmas por supuestos servicios de catering realizados para las actividades del congresista.
Ya desde el oficialismo parecen haber signos que, esta vez, al menos, no habrá blindaje por su parte. Daniel Abugattás señaló anoche en Cuarto Poder que el caso era "indefendible" y el presidente del Congreso, Freddy Otárola, ha señalado que las nuevas denuncias se tienen que ver en la subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Veremos que dicen los voceros de otras agrupaciones al respecto.
El caso Urtecho sintetiza varias malas prácticas en el Congreso que ya hemos visto en el periodo legislativo pasado. Elsa Canchaya y José Anaya terminaron fuera del parlamento y con sentencias condenatorias en el Poder Judicial - en el caso de la primera de ellas, sin embargo, en suspenso por una lamentable sentencia del Tribunal Constitucional - solo por una parte de los cargos por los que Urtecho es acusado. El destino del congresista de SN parece ser el desafuero, claro está, si es que en la Plaza Bolívar hacen lo que tienen que hacer (esperemos).
Pero el caso también ha permitido destapar un problema de fondo: la Contraloría no puede entrar a fiscalizar el uso de los fondos del Congreso debido a una disposición del Reglamento de este poder del Estado. Es cierto que Otárola también ha anunciado que esta regla cambiará y que la mayoría de voceros de las bancadas está de acuerdo, pero lo cierto es que han pasado varios años (y varios congresistas fuera del hemiciclo) sin que esta regla no haya variado, a pesar que la imagen del Congreso se ha seguido deteriorando.
Finalmente, el caso del congresista Urtecho debería demostrar la necesidad de reafirmar la igualdad ante la Ley, no solo para la exigencia del cumplimiento de derechos a los que todo ciudadano debe acceder (incluyendo medidas afirmativas en el caso de personas con discapacidad), sino también en el cumplimiento de deberes y, por cierto, de las reglas del Código Penal.
(Foto: El Comercio)
Ver artículo...
" Fuente Artículo
Noticia, ALAN: ENTRE EL FRONTON Y LA MEGACOMISION - 24/09/2013 13:19:24
" En los últimos días, Alan García ha estado más vinculado a las páginas judiciales que a las políticas. Dos fallos que han generado controversia han vuelto a poner sobre la mesa una discusión añeja: ¿García está saliendo libre gracias a la lenidad de nuestras instituciones o no se le han podido demostrar delitos? Antes de entrar a esa discusión, veamos los dos casos que lo han vuelto a poner en portada.Hace un par de semanas, el Tribunal Constitucional emitió una sentencia bastante controvertida sobre el caso El Frontón, pues señalaba que las presuntas ejecuciones extrajudiciales cometidas luego del develamiento del motin que se produjo en el penal que existía en la isla chalaca en 1986 no constituían crímenes de lesa humanidad.
Asimismo, el Tribunal añadía un plazo de prescripción bastante raro: el caso se liquidará una vez que se terminen de juzgar a los autores materiales del hecho, sin que haya opción a investigar a los autores intelectuales, en caso haya nueva evidencia en su contra. Esta última cuestión es la que preocupa más a García, quien está como testigo en este caso.
En un editorial emitido hace algunos días, El Comercio sintetizó las dos principales críticas a la sentencia: este caso no puede prescribir, debido a su gravedad, y el TC no era la instancia para revisar la calificación de los crímenes como delitos de lesa humanidad, debido a que una demanda de hábeas corpus no servía para ello. Hasta allí, todo indicaba que, en la siguiente audiencia de revisión de sentencias sobre el caso El Frontón ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, volveríamos a ser el hazmereir de América Latina en esta materia.
Pero un documento apareció la semana pasada. Se trata de un informe del Procurador Supranacional Luis Huerta Guerrero, en el que señalaba un serio error material en la sentencia del TC: el magistrado Juan Vergara Gotelli emitió dos votos contradictorios sobre el caso. De un lado, suscribió el fallo en mayoría que determina la inexistencia de crímenes de lesa humanidad. De otro lado, el mismo magistrado emitió un voto singular en el que señala que el Tribunal Constitucional no es competente para pronunciarse sobre dicha materia, dado que corresponde al juez penal que ve el caso.
La conclusión de Huerta, en síntesis, es que no se logró la mayoría en el TC para que se declare que los hechos ocurridos en El Frontón no fueron crímenes de lesa humanidad. Por tanto, el Tribunal debía corregir su sentencia cuanto antes. Hasta ahora, el Tribunal no dice esta boca es mía, pero este informe será un argumento en el que - por primera vez en tiempo - tanto el abogado del Estado como los miembros de las organizaciones de defensa de derechos humanos ligadas a este caso van a coincidir en San José. Si el TC no hace esta corrección, es probable que ocurra lo mismo que con la sentencia de la sala Villa Stein en el caso Barrios Altos.
Por una u otra vía, lo cierto es que el fallo del Tribunal Constitucional se va a terminar revirtiendo y, con ello, la posibilidad que los autores intelectuales de las presuntas ejecuciones extrajudiciales pueda ser procesada con la prueba que se obtenga en el juicio oral de El Frontón aumenta.
El otro episodio se produjo el viernes: el Quinto Juzgado Constitucional emitió una sentencia sobre el amparo presentado por García contra la Megacomisión del Congreso que lo investiga. El fallo tuvo un resultado mixto: AGP no logró demostrar que la comisión no era imparcial y no se le excluyó de sus investigaciones, pero el grupo de trabajo del Congreso presidido por Sergio Tejada tendrá que volver a citar a Alan García y sus declaraciones iniciales dadas hace algunos meses no podrán ser tomadas en cuenta. En términos generales, la sentencia es correcta y lo mejor que podría hacer la Megacomisión es citar de una vez a AGP para evitar dilatar más la investigación.
Aquí se mezclan dos temas. De un lado, el eterno pleito entre el Congreso y el Poder Judicial por el control de las funciones del parlamento, discusión que se había avivado cuando el mismo juez que acaba de dictar la sentencia sobre el caso García se pronunció a favor de anular la sanción a Javier Diez Canseco, resolución que el Congreso nunca acató.
De otro lado, la política. Desde el APRA está claro que quieren bajarle la llanta a un grupo de trabajo que ha producido algunos resultados - sobre todo, en el caso narcoindultos -, con miras a evitar que algo empañe la candidatura de Alan hacia el 2016. De otro lado, los detractores de García quieren verlo, a toda costa, ante el banquillo de los acusados, por lo que cualquier signo que suene a impunidad o exculpación va a ser cuestionado.
Mi respuesta a ambos bandos es: esperen un poco. Hasta ahora las investigaciones hechas por la Megacomisión tienen evidencia que compromete a varios de los ministros y funcionarios del gobierno aprista, que - como señaló Gustavo Gorriti el jueves - tiene harta carne por investigar. Y sobre AGP, hasta ahora, todo puede apuntar, sobre todo, en el caso de los narcoindultos, a una inhabilitación. Pero lo mejor aquí es no ser impacientes, sin perder una mirada a lo que ocurra en el PJ y en el TC. García tiene derecho a un debido proceso, como cualquier persona en este país, pero sus abogados y partidarios (incluyendo a algunos medios que le sirven de coristas) deberán entender que, lo mejor para él, es que aclare los temas pendientes de los dos mandatos en que dirigió al país.
Ver artículo...
" Fuente Artículo
Consulte Información en Politiqueria La opinión de l tribunal desconoció una sentencia y Los proyectos de minería a gran escala
Consulte Información en Delito y Corrupción BCR y defensor y Valentin Pacho. LEY GENERAL DE TRABAJO: CAMBIO O MAQUILLAJE
Consulte la Fuente de este Artículo

No hay comentarios:
Publicar un comentario