
Que opina? CNM ¡Basta ya! - 04/03/2014 17:13:15
"Jueces con pedidos de destitución son mantenidos por el Poder Judicial y el Consejo Nacional de la Magistratura. Tal parece que a los consejeros del CNM no les afecta en absoluto que ese poder del Estado se encuentre tan desprestigiado ante los ojos de la opinión pública.El Poder Judicial es, lamentablemente, una de las instituciones que tiene el más alto nivel de desaprobación en nuestro país.
Nos hemos preguntado muchas veces cómo cambiar esta situación y la conclusión es que la respuesta solo la tiene el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Lo primero que tiene que hacer esta entidad es no esperar a que los magistrados cumplan los siete años para ser evaluados y ratificados, pues es demasiado tiempo.
Es sumamente innecesario aguardar siete años para ratificarlos mientras algunos de ellos siguen administrando justicia y, en muchos casos, haciendo de las suyas pasando por encima de la ley, de las normas.
Ejemplos de lo antes mencionado abundan, pero en esta ocasión solo trataremos un par de casos.
El fiscal Ciro Sánchez cueva. El nombre del fiscal Ciro Sánchez Cueva apareció en la lista de los 275 magistrados que fueron destituidos en el año 1992 y fue reincorporado al Poder Judicial en marzo del 2005 gracias a una acción de amparo.
Él era juez en Ancash, pero al no estar su plaza vacante fue nombrado Juez Mixto de Bongará, distrito judicial de Amazonas.
Cuando administraba justicia en su nuevo cargo en Amazonas, Sánchez Cueva fue amonestado debido a que en una visita judicial se comprobó que este había vulnerado el debido proceso de un litigante y se excedió en sus potestades, pues había tramitado un proceso civil por materia de alimentos no teniendo su juzgado competencia para tales procesos.
En junio de 2006, el procurador de la Municipalidad Provincial de Utcubamba presentó una denuncia ante el CNM contra el titular del Juzgado Mixto de la provincia de Jumbilla , Bongará, Ciro Alberto Sánchez Cueva, por inconducta funcional al invadir ámbito jurisdiccional judicial que no era de su competencia.
Sánchez Cueva había ordenado la suspensión del arresto domiciliario del ex alcalde de Utcubamba José Luis Novoa Flores, involucrado en varios delitos por malversación de fondos.
Pese a todos esos antecedentes, o quizá porque contaba con un "padrino", en lugar de ser sancionado el juez Ciro Sánchez fue cambiado de distrito judicial.
Para ello, el 26 de octubre de 2007 se publicó en el diario El Peruano "cancelar el título otorgado a favor del doctor Ciro Alberto Sánchez Cueva como Juez Mixto de Bongará, distrito judicial de Amazonas". Y, segundo, "expedir el título a favor del doctor Ciro Alberto Sánchez Cueva como juez del Primer Juzgado Especializado de Familia de Trujillo, distrito judicial de La Libertad".
Haciendo de las suyas. Cuando Sánchez Cueva era juez en Trujillo, la ODECMA le impuso otra medida de multa por haber dictado 45 órdenes de captura sin cumplir con las exigencias mínimas de identificación; es decir, las personas que debían ser capturadas ni siquiera estaban identificadas plenamente.
El magistrado también fue sancionado de debido a que supeditó el hecho de conceder un recurso de apelación en contra de un mandato de detención, que fue ordenado por él mismo, a que el procesado se ponga a derecho de lo contrario no concedía tal recurso.
Además, Fue multado por haber incurrido en retardo en la administración de justicia, pues se tomó dos años para tramitar la realización de una pericia grafológica y de confrontaciones.
Por otro lado, en un proceso de calumnia citó hasta en diez oportunidades a la audiencia de comparendo sin que haga los apremios o apercibimientos de ordenarse su captura.
En otro proceso, en un caso de desalojo, exigió que el demandante adjunte una tasa judicial por exhorto cuando se trataba de una notificación dentro del mismo distrito judicial.
Ciro Sánchez olvidó que esto procede cuando la notificación es a otro distrito judicial.
Un hecho aún más grave es que en un proceso que se seguía en su despacho por el delito contra la libertad sexual, el magistrado solicitó que le paguen sus viáticos -tanto para él como para su testigo actuario- para que se trasladen al penal de Huancas y llevar acabo la diligencia de sentencia, la misma que nunca se realizó debido a que expidió una sentencia absolutoria.
Cuando esto ocurre, el juez sólo emite la resolución y lo notifica.
En marzo de 2012, la Fiscalía de la Nación autorizó que se denuncie penalmente al Dr. Ciro Alberto Sánchez Cueva por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad.
El hecho es que el Sexto Juzgado de Familia de Lima dispuso librar exhorto al Juzgado de Familia de Trujillo a fin de que se notifiquen dos resoluciones emitidas por el mencionado juzgado.
Sánchez Cueva dio cuenta del exhorto, lo diligenció, ordenó que se cumpla lo encomendado y dispuso que sea devuelto al juzgado de origen.
Sin embargo, al día siguiente, el 4 de marzo de 2009, lejos de limitarse a cumplir con tramitar la notificación, él mismo -junto a la secretaria judicial Doris Soledad Arriaga Huamán- se constituyó después de las 6 de la tarde a las instalaciones del Instituto Superior Tecnológico Privado CEVATUR
Trujillo para realizar un embargo en forma de administración, levantando un acta del mismo y nombrando una administradora judicial.
Asimismo, realizó un inventario de bienes para ser entregados a la administradora recién nombrada. Una vez más, Sánchez Cueva se extralimitó en sus funciones.
Declaraciones juradas. Lo jueces están obligados a presentar anualmente la declaración jurada de sus bienes y rentas y en el caso que nos ocupa, las declaraciones juradas presentadas por el magistrado Sánchez Cueva no guardaban consistencia con sus ingresos.
Por ejemplo, en el 2009 había declarado tener obligaciones de pago por el valor de S/.174,760.87 y en el 2010 declaró la suma de S/102,219.60. O sea, en tan solo un año había disminuido S/.72,541.27, lo que significa que mensualmente pagaba la suma de S/. 6,045.00, lo que no sería acorde con su sueldo.
En el 2011, el juez Ciro Sánchez declaró otra obligación de pago por la suma de S/.144,823.36 y al año siguiente consignó la suma de S/.78,245.48. Es decir, hubo nuevamente una disminución sustancial ascendente a la suma de S/.66,577.88.
No lo ratifican, pero sigue haciendo de las suyas. La última barrabasada en la que estuvo inmerso el juez Sánchez Cueva fue cuando seguía administrando justicia, pese a que el CNM decidió no ratificarlo.
En mayo de 2013, una pareja de esposos fueron asesinados en la entrada del restaurante Rústica de Trujillo, en la avenida Larco, y sus tres menores hijos se encontraban en medio de una disputa familiar que enfrentaba a sus abuelos maternos y paternos.
La pareja de abogados, Rubén Vásquez Pérez y su esposa Luz Mónica González Moran, fueron asesinados a manos de Edward Lama Tinoco, amigo cercano de las víctimas, que ahora purga condena en la cárcel El Milagro.
Posteriormente al crimen que causó conmoción entre los trujillanos, los tres pequeños hijos del matrimonio quedaron al cuidado de sus abuelos y tíos maternos.
Según el abuelo materno, Víctor Manuel Gonzales, el 17 de mayo las dos familias establecieron un acuerdo verbal sobre la tenencia de los tres niños: dos mujeres y un varón.
Sin embargo, el 3 de junio Pedro Vásquez e Ysaura Pérez, los otros abuelos, tramitaron una medida cautelar en la que solicitaban la ejecución anticipada de la tutela de los niños.
En respuesta a esta medida legal, Víctor González interpuso un hábeas corpus.
El juez titular del Primer Juzgado de Familia, Ciro Sánchez Cueva, dispuso la ejecución anticipada de tutela, pero no realizó las evaluaciones correspondientes.
El abogado de la familia González, Alejandro García Lara, se quejó de que Sánchez Cueva no había sido ratificado por el CNM y pese a ello seguía administrando justicia sin realizar los procedimientos necesarios para determinar la tutela de los niños.
Finalmente, después de 5 meses, el 19 de diciembre de 2013 el CNM, decidió declarar Infundado el recurso extraordinario interpuesto por Ciro Sánchez Cueva, contra la Resolución que no lo ratificó. Pero, tardó, como ya parece una mala costumbre, en dejar de lado a un la elemento en el aparato judicial.
El juez carlos o"donova blanco. JUEZ JUSTO advirtió hace varios años sobre el mal comportamiento de Carlos O"Donova Blanco, Juez de Paz Letrado de Lurín.
El mencionado magistrado había sido denunciado en innumerables ocasiones porque en su Juzgado se podía tramitar cualquier cosa, desde ejecuciones de actas de conciliación para desalojos, sin que la parte a ser desalojada sea siquiera notificada, hasta embargos con títulos de ejecución (letras de cambio) falsos.
Otro hecho escandaloso en la trayectoria de O"Donova Blanco es la resolución que emitió ante el pedido de autorización para disponer de bien de menor, en la que autorizaba a los padres de un menor que dispongan de los derechos y acciones de un inmueble de propiedad del menor y lo peor de todo es que ninguno tenía domicilio en Lurín, pues el padre domiciliaba en Magdalena del Mar, la madre en Santiago de Surco y además la propiedad se encontraba también en Surco.
Es decir, el juez no tenía jurisdicción ni competencia para tramitar la demanda, porque eso lo resuelve un juzgado de familia.
Lo peor de todo es que gracias a esa decisión se inscribió en los registros públicos y eso permitió la venta del bien, perjudicando obviamente al menor que aún no tiene capacidad de decisión.
Destituido. Otro ejemplo de su acción contraria a la ley y las normas es que dispuso la protocolización de una escritura imperfecta y ordenó la inscripción de un acto jurídico de compra ,venta de un terreno de 20 hectáreas pese a las observaciones que le hizo el registrador público hasta en dos oportunidades, pues el vendedor no tenía registrado ningún derecho de propiedad sobre el inmueble.
El mismo CNM ha determinado que la conducta del magistrado se podía calificar como el no respeto a la ley y a los procedimientos establecidos.
En su entrevista, Carlos O"Donova, trató de justificar su actuación señalando que él era especialista en derecho constitucional.
La resolución que determina su no ratificación señala que la conducta del juez evidencia una actitud temeraria, pues pese a ser advertido de los defectos de su decisión, por lo mismos registradores públicos que observaron los títulos registrales, este, utilizando el poder coercitivo a que lo faculta el artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reiteró las ordenes de inscripción para la ejecución de sus decisiones.
Patrimonio. Carlos O"Donova declaró tener tres inmuebles, pero lo que llamó poderosamente la atención es el incremento sustantivo de los mismos: de un año a otro, por ejemplo, uno de ellos, ubicado en la Mz F Lote 4, en el 2006 declaró que su valor era de S/. 7,626.72 y al siguiente año declaró que el mismo inmueble estaba valorizado en S/.56,030.30.
Del mismo modo, otro inmueble que en el 2008 declaró que su valor era de S/.11,000.00, al año siguiente consignó que se había incrementado a S/.120,000.00.
Otro detalle que también llamó la atención es que adquirió otro inmueble por la suma de US$ 9,000.00, siendo este un lote en donde se había edificado 4 pisos y una azotea.
Finalmente, el CNM decidió no ratificarlo, pero nuevamente volvemos a lo mismo: ¿por qué se permite que estos magistrados terminen haciendo de la suyas? ¿Y por qué a pesar de todas las irregularidades que se les conoce continúan en sus cargos?
En muchos casos subsisten a los pedidos de destitución, pero el CNM no hace nada. Antes bien, los ciudadanos deben esperar siete años para que esos malos elementos del aparato judicial sean separados de sus cargos.
Los litigantes, abogados y todos quienes están involucrados en asuntos judiciales no pueden esperar a que un cuestionado magistrado cumpla siete años en su cargo para recién decidir su destino.
Pese a que muchos tienen amonestaciones, multas y hasta denuncias penales, el CNM no hace absolutamente nada para destituirlos. ¡Ya basta de tanta ineficacia, señores consejeros del CNM! ¡Hagan algo para mejorar la mermada imagen del Poder Judicial! .
Foto: Difusión.
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Noticia, Abogado de Eva Bracamonte: Omar Chehade no tiene nada que ver en el caso Fefer - 19/07/2011 8:25:15
" Iván Torres La Torre. El abogado de Eva Bracamonte Fefer sostiene que los extractos de sus conversaciones difundidas en canal 4 TV son apócrifos.Edmundo Cruz.
¿En algún momento ha sido usted informado sobre el levantamiento del secreto de sus comunicaciones?
Recién me he enterado por Canal 4TV. En el acta de incautación que se practicó en la celda del procesado Trujillo Ospina, en ningún momento apareció mi número telefónico, así como tampoco el número que se le imputa a mi patrocinada o el teléfono particular de Omar Chehade Moya. Están vulnerando un derecho constitucional.
¿Reconoce como suyas las conversaciones difundidas el domingo último?
Los abogados debemos comunicarnos con nuestros clientes y solemos hacerlo a través de códigos. Pero la versión recogida por Canal 4 TV no es digna de crédito. No la reconozco. No reviste ninguna característica oficial, legal, regular. No parece trabajada por orden judicial o a pedido del Ministerio Público.
Acaso la Dirandro no ha actuado de acuerdo con sus funciones.
La Dirandro solo está facultada para utilizar los equipos Constelation que han puesto en sus manos para delitos de tráfico ilícito de drogas, delitos de organizaciones internacionales criminales o lavados de activos. Sin embargo, esta vez habrían interceptado teléfonos de particulares como el doctor Omar Chehade Moya, que no tiene absolutamente nada que ver en la investigación del caso Fefer.
El informe lo acusa de tráfico de influencia en el caso Fefer, se escuchan...
Omar Chehade hace siete meses pidió licencia al Estudio que compartimos porque fue invitado a participar en política.
Esa influencia ha sido cuestionada para el caso del hábeas corpus presentado ante el TC.
Si el hábeas corpus hubiese tenido un manejo político, posiblemente habría salido favorable a mis patrocinadas. Pero no ha sido así, el hábeas corpus tuvo una suerte totalmente contraria. Fue declarado infundado por unanimidad por el Tribunal Constitucional.
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