
Interesante, APRODEH: Ley Nº 30151 puede generar más muertes en conflictos - 16/01/2014 13:51:42
" Ley Nº 30151 puede generar más muertes en conflictosLa Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) expresa su profunda preocupación respecto a la entrada en vigencia de la Ley Nº 30151, publicada el día 13 de enero, que modifica el inciso 11 del artículo 20º del Código Penal, ampliando los supuestos de inimputabilidad al personal de las fuerzas armadas y policiales que cause muertes o lesiones en cumplimiento de su deber.
Es necesario recordar que el mencionado inciso fue incorporado inicialmente vía Decreto Legislativo 982 durante el segundo gobierno de Alan García, generando una fuerte polémica sobre su inconstitucionalidad. Hoy, esta nueva modificación elimina la condición de que el uso de armas sea "en forma reglamentaria" y amplía a cualquier "otro medio" la acción letal por parte de militares y policías.
Si bien es cierto, urgen medidas de cara a la compleja inseguridad ciudadana, la eliminación de la conformidad reglamentaria para uso de las armas es, más bien, una decisión temeraria que constituye un aval de impunidad para el uso indiscrimado de la fuerza letal, y cualquier ciudadano afectado injustamente no podría acceder a la justicia. Del mismo modo se establece que las afectaciones a la vida y la integridad personal pueden ser causadas por cualquier otro medio distinto a las armas reglamentarias, lo que constituye un grave exceso legislativo.
Los índices de delincuencia y criminalidad organizada en nuestro país ameritan un tratamiento integral y diverso que conduzca a la seguridad ciudadana y la paz social, esto implica que ninguna medida puede poner en riesgo indebidamente el derecho a la vida, la integridad personal y el acceso a justicia.
Del mismo modo, nos preocupa que esta norma de impunidad alcance también a la acción de las fuerzas armadas y policiales en conflictos sociales. Aún estamos lejos de cerrar heridas de tragedias recientes como Bagua, Conga y Espinar, entre otras, y es notable el contraste entre la insistente persecución penal contra los ciudadanos que participan (o no) de protestas sociales y los índices de impunidad del personal de la fuerza pública y autoridades responsables de las muertes y lesiones a pobladores. Sólo entre 2006 y 2013, la Defensoría del Pueblo registra 193 muertes civiles en conflictos sociales y más de 2,400 heridos.
Esta situación es preocupante no sólo por la posibilidad de que en futuros acontecimientos, militares y policías actúen sin ninguna ponderación ni responsabilidad, sino también porque los procesos judiciales en curso por muertes y lesiones de ciudadanos sean revertidos y queden sin esclarecer, evitando así determinar eventuales sanciones y las reparaciones correspondientes a las víctimas.
Tal como ha señalado el Representante Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), esta Ley forma parte de las medidas que en nombre de la seguridad ciudadana puedan coartar derechos tan fundamentales como la vida y la integridad física y tener un efecto disuasorio del ejercicio legítimo de la protesta social, siendo responsabilidad del Estado peruano adecuar la legislación nacional y la reglamentación del uso de la fuerza o de armas de fuego, por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, a los estándares internacionales de derechos humanos.
Por tanto, exhortamos al Congreso de la República a derogar la Ley Nº 30151, a los magistrados del Poder Judicial a hacer uso del control constitucional para evitar la indefensión de las víctimas de abusos de la fuerza pública, y al Poder Ejecutivo a encausar en el camino del diálogo, la protección de derechos y la participación ciudadana la solución a los conflictos sociales del país.
Lima, 16 de enero de 2014.
APRODEH
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Que opina usted? Chile: Un sistema político antidemocrático - 03/12/2013 13:39:03
"La Constitución de 1980 / 2005 no es democrática. Ni por su origen, ni por sus disposiciones fundamentales. Lo que se prolonga hacia un conjunto de leyes orgánicas y de quórum calificado, que la especifican, muchas veces acentuando dicho carácter. Esto se observa no solo en sus disposiciones propias y sus consecuencias, sino en aspectos fundamentales, en contradicciones flagrantes entre las normas de rango constitucional y leyes que aprovechan su vaguedad para negarlas.El caso más escandaloso es la plena vigencia de la Ley de Nacionalización del Cobre, aprobada en forma unánime por el Parlamento en 1971 y la Ley de Concesiones Mineras, que permite el régimen de concesiones plenas, además de la desnacionalización de hecho de nuestras riquezas naturales, promulgada bajo la dictadura y sancionada como marco indiscutible a través de todas las reformas posteriores, en democracia. Como Foro por la Asamblea Constituyente, creemos que todo esto configura en Chile un ordenamiento político institucional regresivo y esencialmente antidemocrático.
Tenemos derecho a esperar que el ordenamiento institucional de nuestro país sea democrático en tres sentidos esenciales. En primer lugar, en el sentido de que permita una auténtica y real representación de la soberanía popular. En segundo lugar, en el sentido de que permita una auténtica y real participación de los ciudadanos en la gestión de todas las decisiones que los afectan. En tercer lugar, de manera más profunda, en el sentido de que promueva y garantice derechos políticos, económicos, sociales y culturales fundamentales. Tenemos derecho a una democracia representativa, participativa y social. La Constitución actualmente vigente, incluso considerando todas las reformas a que ha sido sometida y el ordenamiento que deriva de ella, no cumple con ninguna de estas condiciones de manera efectiva.
1. La representación popular omitida o distorsionada
La Constitución de 1980 es antidemocrática, en primer lugar, por su origen. Fue elaborada por un grupo de personalidades de derecha, completamente a espaldas de cualquier consulta a la ciudadanía, buscando expresamente fijar en ella un contenido ideológico abiertamente conservador y mercantil. Fue aprobada luego en un plebiscito fraudulento, sin las garantías mínimas de discusión ni libre participación.
Este origen antidemocrático se ha prolongado a todas y cada una de las reformas a las que ha sido sometida, también elaboradas entre cuatro paredes, a través de acuerdos solo en la elite política, aprobadas por un parlamento elegido de manera no proporcional. Un proceso que culminó con las reformas aprobadas bajo el gobierno de Ricardo Lagos, las que terminaron por consagrar el carácter conservador y mercantil, incluyendo los mecanismos que obstaculizan la representación y participación real de los ciudadanos [1] .
El ordenamiento político institucional que ha derivado de la Constitución de 1980 / 2005 es antidemocrático, en segundo lugar, porque distorsiona gravemente la representación de la soberanía popular a través:
del sistema binominal de elecciones parlamentarias, permitiendo que la derecha pueda obtener la mitad del Parlamento con solo la tercera parte de apoyo de la ciudadanía;
del sistema de quórum calificado para las principales leyes orgánicas y leyes simples, constituyendo con esto, de hecho, un derecho a veto por parte de la derecha conservadora y mercantil ante cualquier iniciativa que procure cambiar algún aspecto básico de la economía neoliberal impuesta;
de los requisitos para ser elector o ser elegido, que dejan a miles de chilenos sin derechos políticos por el solo hecho de vivir en el extranjero o de haber sido sometido a ciertos tipos penales o, incluso, por el hecho de ser dirigentes sindicales.
Esta tendencia se acentúa en ámbitos esenciales del quehacer nacional a través de enclaves de poder sin un control claro y directo desde la soberanía popular, como se da en los siguientes casos:
en la amplia autonomía concedida de manera extraordinaria a las Fuerzas Armadas, que deja a la ciudadanía sin posibilidad real de fiscalizar sus gastos, ni de participar en la formulación de las políticas y prácticas que atañen a la seguridad del Estado;
en la completa autonomía concedida al Banco Central, enmarcada en la imposición de un modelo económico particular, abiertamente antipopular;
en el poder concedido al Tribunal Constitucional que, en virtud de facultades extraordinariamente amplias, puede rechazar la promulgación de leyes aprobadas por el Parlamento e, incluso, exigir quórums calificados no contemplados con anterioridad para la aprobación de leyes que, según su criterio autónomo y exclusivo, contienen temas que los requieren. La participación escamoteada
El ordenamiento político institucional que nos rige no es democrático porque es abiertamente no participativo. Carece de mecanismos que aseguren la participación ciudadana real y efectiva. Todos los mecanismos que teóricamente permitirían esa participación están condicionados o establecidos de tal manera, que de hecho no la permiten.
No contiene mecanismos que permitan la participación popular directa en la discusión y decisión de los temas que afectan de manera directa a los ciudadanos:
el procedimiento plebiscitario está extraordinariamente restringido en sus temas posibles, en su convocatoria y realización, no tiene poder vinculante alguno pudiendo, incluso, ser rechazado por la simple decisión autónoma del Tribunal Constitucional;
no contempla mecanismos democráticos ampliamente aceptados en otros ordenamientos democráticos , tales como la iniciativa popular de ley, la revocatoria de mandato, la posibilidad de convocatoria popular a plebiscito.
Contiene enclaves y disposiciones que omiten de manera escandalosa la participación popular hasta la voluntad popular ya expresada, como el sistema de reemplazo de las vacancias parlamentarias por designación simple por parte de los partidos políticos.
Carece absolutamente de mecanismos que permitan la democratización de las Fuerzas Armadas, en sus mecanismos de ingreso, de formación, de participación en las tareas comunes a todo el país, manteniéndolas ajenas y aisladas respecto de las verdaderas inquietudes del conjunto de la ciudadanía.
Contempla disposiciones que dificultan gravemente la libertad de expresión, como el condicionamiento del derecho de reunión a la potestad administrativa del ejecutivo, que se rige por una ley emanada durante la dictadura justamente para restringirlo, o como el conjunto de disposiciones que tienden a criminalizar las expresiones de disconformidad popular.
Establece leyes de transparencia y acceso a la información pública absolutamente insuficientes, que se pueden eludir con toda facilidad y prácticamente sin consecuencias, que no permiten la fiscalización directa y efectiva de las autoridades por los ciudadanos.
Contiene áreas enteras que escapan al poder fiscalizador del Parlamento, como la política económica, el funcionamiento de las Fuerzas Armadas, el arbitrio del Tribunal Constitucional, o los cuantiosos recursos que se declaran, por simple acuerdo en la elite política, como ""fondos reservados"".
No otorga ningún mecanismo efectivo para la discusión y confección participativa de los presupuestos municipales, tampoco, para su fiscalización directa y real.
No contempla ningún mecanismo efectivo de participación democrática en la generación de las autoridades judiciales, ni en su fiscalización, ni en la administración de justicia.
2. Un ordenamiento al servicio del mercado
El ordenamiento político institucional que ha sido impuesto al país es antidemocrático porque no consagra, ni garantiza el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales fundamentales.
No asegura el ejercicio efectivo del derecho a la educación, a la salud, a la vivienda, a pensiones justas y dignas, ni a un medio ambiente sano. Solo establece, en cada uno de estos ámbitos, amplias facilidades para su mercantilización, para el desvío de la responsabilidad y recursos del Estado hacia los empresarios privados, y de los costos y consecuencias hacia los ciudadanos.
No garantiza el derecho a la diversidad cultural, ni contempla el reconocimiento nacional, ni la autonomía real de los pueblos originarios.
Contempla amplias garantías para el derecho de propiedad, pero no establece ningún mecanismo que permita garantías para ejercer al derecho a la propiedad.
Consagra un régimen laboral abiertamente antipopular que anula, en la práctica, los derechos a la huelga, a la sindicalización, a la negociación colectiva.
No otorga garantías reales para los derechos propios de las diferencias de género, los derechos reproductivos, el derecho al reconocimiento a la diversidad sexual.
No establece, en absoluto, la soberanía, la propiedad, el usufructo, ni la administración común de los recursos naturales, al servicio del país:
mineros, pesqueros, forestales;
fuentes y modos de generación de energía;
uso común y democrático del espectro radioeléctrico;
patrimonio genético de nuestra flora y fauna.
Consagra un sistema penal abiertamente discriminatorio, con leyes y normativas reglamentarias que distorsionan gravemente los derechos penales, procesales y penitenciarios, que criminaliza con facilidad y de manera sumaria a sectores enteros de la población, permitiendo la violación cotidiana de Derechos Humanos básicos.
3. Hacia una Asamblea Constituyente
Una Constitución de la que deriva un sistema político e institucional que distorsiona la representación de la soberanía popular, que no permite la participación ciudadana directa y efectiva, que entrega los derechos económicos, sociales y culturales a la conveniencia del mercado, que convierte derechos fundamentales en sistemas de bonos y asignaciones variables, que otorga toda clase de privilegios y garantías a una parte minoritaria de la población y escamotea los derechos de las más amplias mayorías, no es una Constitución democrática.
Como Foro por la Asamblea Constituyente, creemos que es urgente y necesario iniciar un proceso de cambio realmente profundo de todo este sistema institucional, un proceso que sea gestado de manera democrática desde los más amplios sectores de la ciudadanía.
Solo una Asamblea Constituyente puede convertirse en el primer paso hacia la recuperación de nuestros recursos naturales, de nuestros derechos fundamentales y, sobre todo, de nuestro derecho esencial a vivir en un sistema social en que el respeto real y efectivo de los Derechos Humanos no sea distorsionado por los intereses y la avidez del mercado.
Solo una nueva Constitución, gestada desde una Asamblea Constituyente, puede ser el inicio del camino que nos lleve a conquistar una democracia realmente representativa, participativa y social.
Notas 1) El Foro por la Asamblea Constituyente publicará, en un documento independiente, un detallado informe en torno al origen y desarrollo de la Constitución actual mostrando, paso a paso, cómo la élite política ha consagrado la lógica y el contenido con que fue diseñada e impuesta desde su primera formulación, bajo la dictadura.
Foro por la Asamblea Constituyente convergenciaconstituyente.cl.
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Noticia, "El Estado aún no ha asumido el concepto de pueblos indígenas como sujeto de derechos" - 29/11/2013 17:17:32
"En diálogo Estado-sociedad civil se reflexionó sobre Informe Alternativo 2013 sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT.Patricia Balbuena, Viceministra de Interculturalidad, dirigiéndose a representantes de la sociedad civil. (Foto: Servindi)
Por Servindi
"El Estado aún no ha asumido el concepto de pueblos indígenas sino de comunidades" afirmó la viceministra de Interculturalidad Patricia Balbuena, en un desayuno de trabajo con asociaciones de la sociedad civil, realizado el jueves 28 de noviembre.
El Estado peruano nunca ha tomado decisiones pensando en el sujeto de derechos "pueblo indígena". Por tal motivo, nunca ha recolectado información específica pensando en el sujeto "pueblos indígenas" sino solo como comunidades.
Cuando el Estado empiece a hablar del sujeto pueblo indígena lograremos uno de los avances más importantes y este es uno de los desafíos del próximo censo que organiza el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), agregó Balbuena.
La funcionaria reconoció que los espacios de diálogo son los mejores para disentir pero también para llegar a acuerdos. Y estos son aún más necesarios ahora que se cuenta con una dirección de Pueblos Indígenas que necesita trabajar con otros sectores y la sociedad civil.
Al respecto anunció que el sector Cultura viene analizando la creación de dos espacios de trabajo dedicados a los pueblos indígenas: una comisión sectorial y otra comisión multisectorial de carácter permanente, que haga seguimiento al cumlimiento del Convenio sobre Pueblos Indígenas 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Sobre el tema institucional Balbuena planteó como un asunto de fondo definir qué es lo que necesitamos como Estado para atender a los pueblos indígenas y cómo se reflejaría esto en la estructura del Estado peruano.
Informe Alternativo que cada año elaboran las organizaciones indígenas y el Grupo de Trabajo de la CNDDHH. Clic a la imagen para acceder a la publicación en PDF.
Respecto al proceso de consulta previa Balbuena reconoció que se trata de un asunto muy complejo, que plantea enormes desafíos y cambios en la relación entre el Estado y los Pueblos Indígenas.
Existe una pregunta de fondo: ¿Tiene el Estado la capacidad de garantizar los derechos de los pueblos indígenas? Se trata de un desafío enorme y complejo que requiere mucho tiempo y tenemos que esforzanos por acelerar estos procesos.
Por ejemplo, destacó, el enfoque intercultural no es algo que se aprende en un par de capacitaciones. Por esta razón, tenemos que superar desconfianzas y fortalecer capacidades en ambas partes, en referencia al sector público y la sociedad civil.
La ley de consulta previa y su reglamento no son suficientes para los procesos de consulta. El problema es cómo hacer la consulta y falta un desarrollo normativo administrativo, sentenció.
Expectativas de la sociedad civil organizada
El desayuno de trabajo fue organizado por el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y al mismo acudieron funcionarios de Cultura, Educación, Justicia y Energía y Minas, entre otros.
La finalidad fue presentar y dialogar en torno al informe alternativo que cada año elaboran las organizaciones indígenas y el Grupo de Trabajo de la CNDDHH y que es enviado a la Comisión de Expertos de la OIT a fin de contribuir a evaluar el cumplimiento de dicho convenio.
Javier Jahncke expuso las limitaciones del marco legal del proceso de consulta previa normativas e hizo especial hincapié en la guía y deficiencias de la guía metodológica de consulta que restringe el reconocimiento a los pueblos imponiendo los requisitos de lengua y territorio.
Representantes del Ejecutivo. (Foto: Servindi)
Jahncke, representante de la Red Agua, Democracia y Desarrollo (REDAD), expresó su preocupación por que la modalidad desconcentrada de los procesos de consulta están a cargo de las mismas instancias públicas que promueven las medidas a ser consultadas.
Ello no brinda garantías de imparcialidad y transparencia, especialmente en lo que concierne al sector Energía y Minas.
A ello se aúna que las consulta se programan después de haberse aprobado los estudios de impacto ambiental (EIA); y existen mecanismos de participación ciudadana que se sobreponen y desvirtúan los procesos de consulta previa, que tienen una naturaleza jurídica distinta.
Jahcke y Miguel Jugo, refirieron asimismo cómo voceros del gobierno se refieren al derecho a la consulta previa como una "traba" para el desarrollo, a pesar que fue la primera medida legal del gobierno a raíz de un fuerte compromiso político surgido por los sucesos de Bagua.
Criminalización en debate
Mar Perez, de la CNDDHH, explicó la coerción del Estado mediante el uso abusivo de la fuerza y que ha ocasionado 29 civiles fallecidos en el periodo del actual gobierno de Ollanta Humala.
El 86 por ciento de los fallecidos fue por proyectil de arma de fuego, el 10 por ciento menores de edad y el 45 por ciento son indígenas o en protesta relacionada a derechos de los pueblos indígenas, precisó Mar.
A ello se suman los procesos infundados, las denuncias preventivas, los mandatos de detención, el uso injustificado de la autoría mediata, los traslados arbitrarios de jurisdicción y los múltiples procesos por los mismos hechos.
Destacó el caso injusto, inhumano e ilegal de tres indígenas privados de libertad desde el año 2009 por los sucesos de Bagua para los cuales solicitó libertad inmediata o arresto en su propia comunidad.
Mar Pérez, de la CNDDHH. (Foto: Servindi)
José Coloma, representante del Poder Judicial, calificó de exagerada el calificativo de "criminalización" de la protesta social porque según su criterio no existe una política deliberada de criminalización, aunque admitió que las situaciones anómales se repiten en otros procesos y constituyen un lastre a superar.
David Velasco, de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ) reafirmó la situación de criminalización y brindó ejemplos como la instrumentalización del derecho, las campañas para demoler honras y la afectación a la vida e integridad personal.
Brindó ejemplos concretos, como los trescientos procesados en torno al proyecto Conga y una cantidad mucho mayor en el caso del proyecto Río Blanco, en Piura.
Institucionalidad y participación
Iris Olivera, de la Asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), enfatizó en la diferencia entre participación ciudadana y el derecho a la participación de los pueblos indígenas que es un derecho distinto y que no se ha desarrollado en el país.
De acuerdo al Convenio 169 de la OIT se trata de asegurar el derecho a participar en la toma de decisiones.
Sobre la institucionalidad pública para pueblos indígenas sostuvo que ésta se ha venido debilitando cada vez más y actualmente existe un candado en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE).
Recordó que existen compromisos de una mesa de trabajo y existe la demanda de las organizaciones indígenas porque se cree un Ministerio de Pueblos Indígenas.
Estado y sociedad civil en diálogo sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT. (Foto: Servindi)
Avances en justicia intercultural
Jaime Escobedo, asesor del Ministerio de Justicia en asuntos de interculturalidad, enfatizó que el Estado peruano no tiene vocación de litigio con los pueblos indígenas.
Hay una hoja de ruta de trabajo en el Poder Judicial sobre el tema de interculturalidad y un proceso muy activo y dinámico con las organizaciones indígenas, una de cuyas expresiones es el proyecto de Ley de Coordinación Intercultural de la Justicia, aprobado por la Comisión de Pueblos del Congreso y que será sometida a un proceso de consulta pre legislativa.
Finalmente, Rocío Silva Santisteban, secretaria ejecutiva de la CNDDHH, sostuvo que la construcción y afirmación social de un sujeto indígena es un reto para todos y especialmente para quienes estan formados de una manera tradicional.
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Que opina? Los Chavinaudios - 12/08/2013 15:51:57
"¡Estamos de aniversario! En estos días este blog cumple 8 añitos. Por supuesto, a mí siempre se me pasan las fechas, pero todavía no es tarde para celebrar. Así que aprovecharé para reactivar esta fase de antología de mi trabajo reporteril con un tema que sigue trayendo cola: los Chavinaudios.No, no me gusta el nombre y no se lo pusimos nosotros en INFOS. Pero medio que quedó, ¿no? Así que lo dejamos así en aras del SEO. Acá van los dos reportajes que he publicado sobre este tema, además de enlaces a las notas de Uceda y a mi columna en La República (además de un breve disclaimer). Por supuesto, donde haya que agregar links o videos, lo hago.
***
Gobierno y Poder Judicial "unificaron criterios" en juicio Chavín de Huántar
AUDIOS. Donde se revela un prolongado almuerzo en mayo del 2012 entre Juan Jiménez, Pedro Cateriano, César San Martín y la jueza que decidió el caso Chavín de Huántar. La independencia de los poderes en entredicho. De qué discutieron mientras llegaba la gelatina.
Marco Sifuentes
INFOS
4.8.13
Siete videos de YouTube, de unos quince minutos de duración cada uno, albergan el audio de la grabación de un almuerzo inusual. Los audios fueron subidos hace pocos días, el 1 de agosto, por el usuario anónimo "Turbo Pascal" bajo el título de "Otro audio de Pedro Cateriano". Pero el actual ministro de Defensa no es el único grabado subrepticiamente allí.
La reunión registrada en los audios ocurrió el 31 de mayo de 2012. En su momento, INFOS dio cuenta de aquel encuentro e incluso se preguntó si la jueza Carmen Rojassi habría grabado la conversación, como temía alguno de sus contertulios.
Los audios que ahora se revelan confirman que en el almuerzo, del más alto nivel, los representantes del Ejecutivo le plantearon sus deseos sobre el caso a la jueza. En ese momento, una sala penal de la Corte Superior estaba por sentenciar a Vladimiro Montesinos, Roberto Huamán y Nicolás Hermoza por supuestas ejecuciones extrajudiciales en el rescate de rehenes de la embajada de Japón, en 1997.
Al mismo tiempo, el Estado Peruano había sido denunciado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por no haber hecho justicia durante nueve años de proceso judicial. Este fuero podría desconocer lo actuado hasta ahora por la justicia peruana, que ha excluido minuciosamente de responsabilidad a cualquiera de los comandos de la operación Chavín de Huántar. El gobierno temía que este proceso fuera afectado por la sentencia de la sala de Rojjasi, que terminó . En ese contexto, se produjo el almuerzo.
El anfitrión fue el doctor César San Martín, presidente del Poder Judicial. Sus invitados: Juan Jiménez Mayor, entonces ministro de Justicia; Pedro Cateriano, entonces agente ante la CIDH por el caso Chavín de Huántar; y la ya mencionada jueza Rojassi, entonces presidenta de la Tercera Sala Penal Liquidadora que veía el caso.
"UNIFICAR CRITERIOS"
A los pocos minutos de pasar a un ambiente privado. César San Martín toma la palabra:
SAN MARTÍN: Esta reunión tiene como objeto… Es que ha habido mucho teléfono malogrado en esto. Dicen que dijeron que me dijo que no dijo. Entonces yo creo que lo más sano era tú ministro, tú Pedrito, conozcan directamente cuál es la impresión, que ella va a ser todo lo sincera posible; y todo claro, para que ustedes vean cuál es la dimensión de cómo se observa el caso. Cómo lo observa la jueza que está dirimiendo el caso, y poder tener información cierta, unificar criterios, y ver qué se puede hacer en términos de que el Estado mejore su estrategia o la reordene, si fuera necesario. No sé si tú [a Rojjasi] puedes dar una primera visión general…
En ese momento se inicia una exposición del caso a cargo de la jueza, con interrupciones de los asistentes.
San Martín guía a la jueza, como veremos más adelante, por los recovecos legales. Cateriano se muestra muy interesado en las pruebas, indicios y detalles de cómo ocurrieron los hechos durante el rescate de la residencia del embajador japonés. El que interviene menos es Jiménez, muy enfocado por el ámbito de la Corte Interamericana y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
En varios momentos, los contertulios coinciden en que la defensa del Estado peruano, en este caso, ha sido pésima.
SAN MARTÍN: Creo que se abre una línea… La doctora ha sido muy comprensiva y creo que siempre ha sido abierta con nosotros y con el Estado, eso es lealtad al Estado, lo que no quiere decir que sea parcial, o violando derechos de terceros, pero siempre está llana al diálogo. Un diálogo amplio y de cualquier lógica que ustedes planteen. Ahora, nos parece, porque de hecho la he visto, que la defensa del Estado en el juicio ha sido muy, muy mala y eso también trae problemas. Uno llega hasta el hartazgo, acá dice cosas que parece que no han leído el expediente (ininteligible) el Estado hace tal cosa (ininteligible) aparentemente ayuda (ininteligible) porqué qué quiere decir: le pone un argumento de presión al tribunal y si el tribunal condena entonces, la corte, la defensa va a sacar (ininteteligible).
CATERIANO: Como ha dicho él eso, ahí está, pues: ¡el Estado es culpable! ¡Lo está reconociendo el propio procurador!
"A VER, CARMENCITA"
Reiteradamente, San Martín le plantea escenarios legales a la jueza.
SAN MARTÍN: Ella [refiriéndose a Rojjasi] tiene que dar dos respuestas: ¿Se ejecutó extrajudicialmente a Tito? Sí. ¿Ese hecho fue producto de una orden superior? Sí o no. Ahí nomás se queda.
ROJJASI: Supongo que también se puede decir (inintelegible).
SAN MARTÍN: Ya. Más eso. Tercero. Pero la base es decir hubo o no extrajudicial. Ése es el antecedente fáctico del otro. Lo demás es imputación normativa.
ROJJASI: Perfecto, pero aparte de eso le digo una cosa. Nos guste o no nos guste, si Vladimiro, Huamán, Zamudio y Hermoza Ríos son juzgados significa que hubo línea paralela de comando y por tanto (inintelegible) con mayor razón de esto y la Corte…
SAN MARTÍN: Pueden haber muchas cosas.
ROJJASI: No, pero con mayor razón. Estamos hablando, vas a lograr una sentencia…
SAN MARTÍN: A ver, a ver, Carmencita. Una cosa: si tú dices, primero, hubo ejecución extrajudicial ya de hecho el Estado es responsable tercero. Segundo, tú tienes… Ante la sede nacional, la pregunta es: esa ejecución extrajudicial, ¿se hizo por orden de los acusados presentes en juicio? ¿Sí o no? Hay dos preguntas. La pregunta previa es: ¿hubo o no extrajudicial? Y para decir que fue extrajudicial, tú tienes que decir si en efecto al muerto se le mató estando rendido o fuera de combate, violando o no el derecho humanitario.
Por cierto, César San Martín fue uno de los vocales supremos de la Sala Penal Transitoria que, hace un par de semanas, el 25 de julio de este año, ratificó la absolución de Vladimiro Montesinos, Nicolás Hermoza Ríos y Roberto Huamán Azcurra por el caso Chavín de Huántar.
Es decir, San Martín ratificó la sentencia de la que estuvo conversando con Rojjasi en mayo del año pasado.
"NO HAY MUERTO EXTRAJUDICIAL"
Casi al final de la conversación, San Martín reitera su análisis de escenarios. Jiménez deja en claro su preocupación y el presidente de la Corte Suprema explica lo que quiere el Estado.
SAN MARTÍN: Ahora, fíjate. ¿Qué corresponde al Poder Judicial como tal en este caso, no es cierto? Decidir si hubo una ejecución extrajudicial y decidir si en esta ejecución… si este hecho extrajudicial fue dispuesto por una de las personas que son objeto de imputación o fluye que fueron terceros no identificados. Uno puede decir: hay extrajudicial pero no está probada si fue por orden. Dos, no hay extrajudicial y en consecuencia nadie tiene nada. O tres, hay extrajudicial y en efecto uno de ellos lo ordenó. Hay varias salidas que uno tiene. Desde luego, en clave internacional basta que se diga que hubo crimen internacional, que hubo ejecución para que el Estado se hunda. Eso lo tenemos claro…
JIMÉNEZ: Y la crisis política…
SAN MARTÍN: La crisis política…
JIMÉNEZ: …Se arma la pampa.
SAN MARTÍN: Claro, el escenario ideal para nosotros es… yo puedo… "¡Plazos razonables!", ya. Bueno, nos demoramos, pe ya. Pero eso es pecata minuta frente (inintelegilble).
JIMÉNEZ: La democracia administrativa…
SAN MARTÍN: Vamos a decir… diez años, pues, no te los aguanta nadie, ¿no?.
CATERIANO: ¡Pero la justicia demoró nueve!
SAN MARTÍN: Correcto, interesante. Ya. A mí lo que me interesa, como Estado, es que, porque así hayan matado Juan o Pedro, alguien lo haya matado, alguien lo mató y el Estado es responsable porque no cuidó la vida, no siguió los patrones jurídicos que corresponden en una intervención. Que al intervenido no se le debe de matar y eso (ininteligible). Obviamente el peor escenario es que se diga que todo fue planificado y que hubo una orden, en consecuencia se mancha Chavín de Huántar…
ROJJASI: Se mancha…
SAN MARTÍN: Es evidente que uno quiere, como Estado, con la independencia del caso, es que se diga "no hay muerto extrajudicial, murieron en combate".
"POR DÓNDE VAN LAS BALAS"
El año pasado, cuando INFOS reveló que esta conversación había tenido lugar, la justificación que se dio entonces es que un decreto establece que los procuradores que defienden al Estado en sede jurídica internacional deben coordinar con los titulares de cada entidad. El caso Chavín de Huántar estaba bajo la competencia de la CIDH.
Sin embargo, el problema está en que esta conversación se dio con la jueza que veía el caso nacionalmente. En este proceso, el Estado podía ser declarado tercero civil responsable.
SAN MARTÍN: En el tema judicial nosotros tenemos que dar una muestra de independencia, de trabajo serio, coherente, que sea y que parezca ser, las dos cosas, que es un juicio se ha dado con plenas garantías y que la conclusión que se llegue es la conclusión de un tribunal independiente. Y que desde luego, siempre he exhortado a Carmen que sea de tal forma, una sentencia que sea muy muy muy bien hecha. Yo me he permitido traerla con ustedes para evitar teléfono malogrado, para que por versión de ella, sepan más o menos por dónde van las balas y ustedes tengan una línea de conversación con sus procuradores y con el Presidente para qué le expliquen cómo es el tema, dónde están los problemas procesales del caso interno y que pueden merecer con una valoración adicional.
Poco después, el actual ministro de Defensa se dirige a la jueza:
CATERIANO: Doctora, su… la resolución de la sala que usted preside se va a ventilar, internacionalmente, o sea, le guste o no. Es decir, lamentablemente estamos viendo en el compás, en el ritmo nacional e internacional, más o menos así, en comparación al momento que le toca resolver este tema. Entonces, su… la resolución de la sala que usted preside de todas maneras causa un impacto…
Meses después del almuerzo, el 15 de octubre de 2012, la Sala que presidía Rojjasi exculpó a Montesinos, Huamán y Hermoza. La sentencia negó que haya habido una cadena de mando paralela a la de los comandos. Sin embargo, en la cuestión principal, resolvió en contra de lo que el gobierno quería. Dijo que el emerretista Eduardo Cruz Sánchez, más conocido como Tito, había sido ejecutado extrajudicialmente.
Tres días antes de que se emitiera la sentencia, el Consejo Nacional de la Magistratura decidió no ratificar a la jueza Carmen Rojjasi. En la práctica, fue una destitución.
En los últimos segundos de los audios, se escucha la voz de quien luego sería el Presidente del Consejo de Ministros:
JIMÉNEZ: En sus manos, el Perú.
ROJJASI: Sí, ministro.
MAÑANA: Más extractos del audio. El problema Baraybar. Los peritajes extemporáneos aceptados y las hipótesis sobre la muerte de "Tito".
***
Y eso fue exactamente lo que publicó Ricardo Uceda, también de INFOS, al día siguiente. Como él mismo diría en su nota, se necesita un conocimiento muy fino del caso Chavín de Huántar (como el de Uceda) para entender varios extractos del audio. Por eso es que resultaban ridículas las acusaciones de que el material había sido manipulado
Luego, ya por mi cuenta, publiqué una columnita en La República unificando algunos criterios sobre el caso.
Usualmente ése es un espacio de opinión o, más exactamente, el espacio para presentar una visión personal de algunos aspectos de la realidad (sobre todo de la política local o del impacto de las tecnologías de la información en nuestras vidas). Intento no comentar en "Ya lo pasado, pasado" (así se llama mi columna, en serio) los reportajes que presentamos en INFOS.
Esto, por varios motivos: el reportaje pretende objetividad, mientras que la columna, no; el diario no me paga para hacerle cherrys a la agencia donde trabajo, y, por encima de todo, un buen reportaje es esclavo de sus palabras y dueño de sus silencios, dice todo lo que tiene que decir, y punto.
Pero tampoco tenía sentido dejar que ministros, congresistas y jueces siguieran distorsionando la realidad.
Hablando de reportajes que dicen lo que tienen que decir, el domingo volví con la secuela: la historia de la jueza Rojjasi. ¿Por qué podían presionarla? ¿Por qué no falló como quería el Gobierno? Mejor que los lectores se informen y deduzcan:
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"No soy pepita de oro"
LA JUEZA. ¿Quién es Carmen Rojjasi? ¿Qué estaba viviendo cuando conversó con San Martín, Jiménez y Cateriano? ¿Tenían con qué presionarla? INFOS obtuvo sus expedientes y entrevistas ante el CNM. La clave de su destitución: la extraña sentencia a un narco israelí involucrado en el caso Fefer.
Marco Sifuentes
INFOS
11.8.13
La citaron a las 8:15 de la mañana. Carmen Rojjasi, jueza del sistema anticorrupción, fue la primera de 106 magistrados con los que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) programó entrevistas de evaluación el año pasado. Era el jueves 12 de abril.
La cita empezaría tarde. A las 8:40 le notificaron que la Asociación Civil Juez Justo había ingresado un escrito advirtiendo que la jueza no debía ser ratificada en su cargo porque había sido sancionada por un escándalo bien conocido en el Poder Judicial: el caso del narcotraficante israelí Zeev Chen.
En el video de la entrevista, al que INFOS tuvo acceso, el rostro de sorpresa de Rojjasi es evidente. Intenta buscar en sus archivos pero uno de su evaluadores pide la palabra.
A lo mejor usted requiere de más información, proveerse de algunos documentos, para absolver esta denuncia que a última hora ha llegado le dice el consejero Vladimir Paz de la Barra. Está en su derecho de solicitar una reprogramación de la vista o absolver [la denuncia] en este acto. Eso ya depende de usted.
Rojjasi sigue rebuscando en sus archivos y dice, muy segura, que, por el momento, prefiere continuar con la entrevista. El consejero la vuelve a interrumpir.
Lo que se trata es de salvaguardar su derecho de defensa. Está en todo su derecho de que se reprograme para absolver mejor eso.
Rojjasi accedió a que se reprograme. Después de todo, su puesto estaba en juego. La siguiente audiencia se agendó para el 7 junio. Exactamente una semana antes, el 31 de mayo, César San Martín, Juan Jiménez y Pedro Cateriano almorzaron con ella para unificar criterios.
Entrevista de la jueza Rojjasi ante el Consejo Nacional de la Magistratura, el 31 de mayo de 2012. Duraría poco.
JUEGOS DE ROLES
La jueza Carmen Rojjasi es todo un personaje en el Palacio de Justicia. Durante unos años, fue jefa de la Unidad Operativa Móvil de la OCMA, la Oficina de Control de la Magistratura. Como tal, su trabajo era desenmascarar actos de corrupción de otros magistrados. Para esto, no tenía reparos en disfrazarse de lo que sea y de grabar las emboscadas que tendía para registrar actos de corrupción en el Poder Judicial.
Rojjasi trabaja en el sistema de justicia desde 1979, cuando entró como practicante. Durante los años 90 adquirió cierta notoriedad cuando incluyó en la instrucción del caso de los narcotraficantes López Paredes, a un viceministro del Interior del régimen fujimorista y a dos generales del ejército. Esto le valió ataques públicos, en conferencia de prensa, de la entonces Fiscal de la Nación Blanca Nélida Colán.
Pero últimamente su carrera parecía estancada. Había postulado para vocal supremo en el 2010 y no le fue bien. Después de un largo proceso de evaluación, obtuvo 65.50 puntos. Se necesitaba un mínimo de 66.66 para continuar en el proceso. Solicitó una reconsideración y obtuvo 68.50. Igual no le alcanzó.
Entonces llegó el 2012. Cada siete años, los magistrados pasan por un proceso de evaluación, a cargo del CNM, para ver si son ratificados en sus cargos.
La noticia de que Rojjasi iba a ser evaluada ese año, justo cuando llevaba el proceso de Chavín de Huántar, estalló como una bomba en los Palacios de Gobierno y de Justicia. El presidente Humala tuvo una conversación muy dura con César San Martín sobre este caso. A su vez, San Martín se comunicó con el CNM para tratar de hacerles entender el pésimo timing de la evaluación y, de paso, comunicarles el malestar del presidente.
Pero no había nada que hacer. La convocatoria había sido publicada. Rojjasi tendría que pasar por el proceso. Y todo indicaba que no iba a terminar bien.
SIN JOYAS
Para la evaluación los jueces deben presentar algunos de los casos que han resuelto.
Se espera que traigan sus "joyas" dice un magistrado vinculado al CNM. Pero ella fue descuidada.
En la resolución 599 del CNM, de setiembre de 2012, que resuelve no ratificarla como vocal superior, se explica que se evaluaron doce de sus resoluciones. Sólo la mitad obtuvo calificaciones aprobatorias. Se considera que el resto no estuvo lo suficientemente justificadas.
En la audiencia realizada en junio de 2012, una semana después de ahora célebre almuerzo, Rojjasi había explicado sus calificaciones.
Estuve mucho tiempo en la parte administrativa [se refiere a su paso por la OCMA]. Uno pierde la brújula en cuanto a lo jurisdiccional dijo. Me considero capaz como para seguir y emitir resoluciones cada vez con mayor fundamento.
Cuando le preguntaron por qué no había solicitado una reconsideración de esos puntajes, Rojjasi respondió:
Yo soy criada a la antigua, no soy de cuestionar demasiado las decisiones de mis superiores.
Hasta allí el panorma no era muy favorable a Rojjasi. Pero lo que resultó decisivo fue un cuestionamiento surgido en el rubro "participación ciudadana": el del narco israelí.
Reprogramación de la entrevista de la jueza Rojjasi ante el Consejo Nacional de la Magistratura, el 7 de junio de 2012, una semana después del almuerzo con San Martín, Cateriano y Jiménez.
POLVOS BLANCOS Y MAGIA NEGRA
¡Me has jodido la carrera! gritó Rojjasi en plena celebración de cumpleaños. Todo por tu culpa, mira lo que has hecho.
Es el año 2006. Rojjasi era la presidenta de la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel. La cumpleañera, e increpada por Rojjasi, era la jueza Ana Luzmila Espinoza. La sala estaba en la mira de todos. Acababan de sentenciar al confeso narcotraficante israelí Zeev Chen, capo de la organización "La Estrella de Israel". Pero había ocurrido algo delirante, incluso para los estándares del Poder Judicial: la sentencia que se leyó no era la sentencia que estaba escrita.
En una, la reparación civil era de 500 mil soles. En la otra, 50 mil. En la lectura, Zeev Chen aceptó su condena. Sin embargo, de la nada, había aparecido un recurso de nulidad. Además, se le sentenció como si fuera un simple "burrier", aplicando el artículo 296 del Código Penal. Pero al capo le correspondía y sobre esa base había sido procesado el artículo 297, correspondiente a cabecillas de organizaciones.
La procuradora antidrogas Sonia Medina descubrió el caso. Se presentó en el juzgado para buscar la sentencia impresa, no se la quisieron dar, reclamó, aparecieron unos papeles sueltos, la jueza Espinoza llamó un policía para detener a Medina… El escándalo adquirió proporciones inauditas.
Así las cosas, los dos jóvenes secretarios del juzgado, apellidados Salas, en un hecho insólito, denunciaron a sus jefes y lo contaron todo. La jueza Espinoza, directora de debates y encargada de la lectura de la sentencia, le había dicho a uno de ellos que hiciera que la rebaja de 500 mil a 50 mil "parezca un error tipográfico".
Cuando el secretario se lo contó a Rojjasi, ella estalló. Había firmado la sentencia sin terminar de leerla. Después de todo, el ponente en este caso Espinoza es el que hace los planteamientos y coloca los datos. Es muy difícli que los otros magistrados corroboren todos lo datos de los expedientes, que en algunos casos tienen miles de páginas.
El caso terminó en la OCMA. Espinoza fue destituida. Rojjasi y el otro juez fueron disciplinados pero conservaron sus puestos.
Como si no fuera suficiente escándalo para Rojjasi, el episodio resurgió hace poco, de la mano de uno de los casos más mediáticos de los últimos años: el asesinato de Myriam Fefer. En una mesita al lado de la escena del crimen, repleta de imágenes de santería y magia negra, aparecieron las fotografías de la procuradora Sonia Medina y de los dos secretarios del juzgado apellidados Salas. Empleados de Fefer recuardan que la ex jueza Espinoza y la empresaria asesinada eran muy amigas y acostumbraban realizar "trabajos de hechicería".
En pocas palabras, se trataba de un acontecimiento que todos en el Poder Judicial tienen muy presente. Rojjasi tenía razón: le iba a costar la carrera.
EL FACTOR HUAMÁN AZCURRA
En teoría, cualquier ciudadano puede presentar una denuncia durante el proceso de evaluación de magistrados. A eso se llama "participación ciudadana".
A través de este mecanismo, la Asociación Juez Justo presentó caso de Zeev Chen al CNM, en abril. Era un golpe mortal. Rojjasi, que era la primera magistrada en pasar por el proceso de entrevistas, fue notificada esa misma mañana. La audiencia se postergó para junio.
Para la segunda entrevista, Rojjasi fue preparada. Admitió que debió tener mayor cuidado en el caso de Zeev Chen.
Lo cual no significa que uno actúe dolosamente, señores, ni que esté involucrada en casos de corrupción.
Pero también arremetió contra Juez Justo. Lo cierto es que esta organización, liderada por el abogado Rodolfo Orellana y el ex policía Benedicto Jiménez, ha sido involucrada en una retahíla de denuncias periodísticas: desde tráfico de activos hasta la interceptación telefónica a Lourdes Flores.
De la información que aparece en Google, sin ánimo de imputar o atribuir situaciones o conductas a tales o cuales personas dijo Rojjasi en su audiencia, aparece que estas personas [Orellana y Jiménez] tienen relación con Roberto Huamán Azcurra.
Huamán era uno de los cuatro acusados en el caso Chavín de Huántar . De hecho, es el único que se encuentra libre, desde el 2011, apenas iniciado el gobierno de Ollanta Humala. Montesinos y Hermoza purgan sus otras condenas. El coronel Zamudio, el cuarto acusado, está prófugo.
Roberto Huamán actualmente está proceso por el caso Chavín de Huántar, cuyo colectivo yo presido le recordó Rojjasi a sus evaluadores. Como se dice comúnmente, nadie es pepita de oro para gustarle a todo el mundo.
Dentro del Consejo Nacional de la Magistratura están convencidos de que Rojjasi sabía que no iba a pasar la evaluación. El audio de la conversación que tuvo solo una semana antes de su entrevista sería su salvoconducto. Después de todo, el gobierno le había hecho llegar el mensaje de que no tendría que preocuparse por su evaluación.
Sin embargo, tres días antes de la lectura de la sentencia de Chavín de Huántar le notificaron lo que esperaba: que había sido destituida.
Rojjasi presentó una reconsideración. El resultado fue publicado el 4 de julio de este año, hace poco más de un mes. El resultado: se ratificaba su destitución. El 1 de agosto, lo que ahora se conoce como el "chavinaudio" apareció en YouTube.
MAÑANA. ¿Quién grabó el audio? Sus implicancias legales. Además: el borrador de la sentencia.
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Los videos de las dos audiencias de la jueza Rojjasi son inéditos (alguna exclusiva tenía que tener este post). El artículo de Uceda que apareció al día siguiente es, por demás, revelador, y les recomiendo que lo lean con detenimiento. Aclara varias cosas sobre el audio (parte del cual ahora está desaparecido) y sobre la sentencia misma de Rojjasi.
Todavía no hemos terminado de ver todas las aristas y consecuencias posibles de este caso. Pero, por el momento, eso es lo que hay. Ya saben: esclavos de nuestra palabra y dueños de nuestros silencios. Como siempre hemos dicho en este blog: ustedes lean, nomás.
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Es Noticia, PNUD: La desigualdad incita la protesta social en América Latina - 17/04/2013 12:22:59
"Según el informe de PNUD, los países de América Latina con mayor número de protestas sociales son los que también presentan mayores desigualdades socioeconómicas y gobiernos con capacidad limitada para manejar disturbios.Bolivia, Perú y Argentina son los países con mayor número de protestas sociales en la región.
Los países de América Latina con mayor número de protestas sociales son los que también presentan mayores desigualdades socioeconómicas y gobiernos con capacidad limitada para manejar disturbios, según un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) dado a conocer hoy.
El informe titulado La protesta social en América Latina revela que las tensiones sociales, institucionales y culturales en América Latina son numerosas, en comparación con otras regiones, y se caracterizan por un alto grado de participación ciudadana.
Según el informe, Bolivia, Perú y Argentina fueron los países con mayor número de protestas sociales (más de 200 cada uno), mientras que aquellos con los niveles más bajos de disturbios fueron Costa Rica, Chile y El Salvador, con un promedio de 58 conflictos cada uno. El informe examinó más de 2.300 protestas sociales en la región mediante el monitoreo de 54 periódicos en 17 países entre octubre de 2009 y septiembre de 2010.
"Las democracias, a diferencia de los regímenes autoritarios, permiten que la protesta sea una herramienta constructiva para las demandas sociales de los ciudadanos ", dijo Heraldo Muñoz, Subsecretario-General de Naciones Unidas y Director del PNUD para América Latina y el Caribe, resaltando que esos conflictos son parte de un proceso político. "Si se gestionan a través del diálogo y la negociación, y sus causas están dirigidas, las protestas presentan grandes oportunidades para las transformaciones profundas y para una sociedad más equitativa y justa en América Latina".
Clic para ver o descargar informe
Los conflictos sociales en América Latina también han provocado severas rupturas institucionales y crisis en materia de gobernabilidad democrática, como fue el caso con el golpe de Estado en Honduras en junio de 2009. El estudio destaca que este tipo de tensión, que alcanza un nivel máximo de radicalización y crisis de gobernanza, no ha sido la norma en la región durante los últimos años. La mayor parte de las protestas sociales incluyen declaraciones, manifestaciones y huelgas, que rara vez llegan al punto de violentos enfrentamientos y el caos. Las demandas de los ciudadanos suelen abarcar desde temas de salud, trabajo y educación hasta los derechos humanos y las cuestiones ecológicas, como el control de los recursos naturales.
El informe también resalta que además de avanzar en la reducción de la pobreza y la desigualdad durante la última década, América Latina también ha ayudado ampliar el acceso a la tecnología a millones de personas en la región que se han vuelto cada vez más educadas e interconectadas a nivel regional e internacional, también por las redes sociales. El acceso a Internet y la telefonía móvil, por ejemplo, están contribuyendo positivamente a las protestas sociales al proporcionar nuevos espacios públicos que fomentan la participación ciudadana. Estas herramientas también han sido cada vez más importantes para los grupos históricamente marginados, incluidos los pueblos indígenas.
Casi el 60% de las organizaciones y personas que participaron en protestas sociales en América Latina tuvieron una presencia en la Web, con cifras que van del 100% de presencia en Internet en Costa Rica al 15%en Bolivia, según el informe. Internet y otras tecnologías de comunicación permiten que los movimientos sociales interactúen y que se difundan sus mensajes a través de videos (como los zapatistas en México) y se recauden fondos, por ejemplo.
El informe examina las protestas sociales en Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
El estudio La protesta social en America Latina fue preparado por el equipo del PNUD de Asesoría Política Estratégica para el Desarrollo (PAPEP).
Fuente: PNUD
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Es Noticia, Tribunal Latinoamericano del Agua exhorta al Gobierno peruano a suspender Conga - 12/11/2012 15:16:34
" El Jurado del Tribunal dictó su veredicto sobre el caso Conga en la audiencia realizada el 9 de noviembre en Buenos Aires, Argentina. El caso fue presentado por Grufides y la Plataforma Interinstitucional Celendina (PIC) contra el Estado Peruano y la empresa Yanacocha.En su veredicto sobre el contradictorio "Amenaza cierta e inminente de afectación al derecho humano al agua y al derecho al medio ambiente por el Estado Peruano y la Minera Yanacocha S.R.L., por la ejecución del proyecto minero Conga, en las provincias de Celedin y Cajamarca, República del Perú", el Tribunal Latinoamericano del Agua ha exhortado al gobierno peruano a la suspensión definitiva de la explotación del proyecto minero Conga.
El veredicto ha sido emitido el viernes 9 de noviembre y ha dado cierre a la Sexta Audiencia Pública que se ha llevado a cabo del 5 al 9 de noviembre de 2012.
Los Actores del contradictorio en este caso han sido el Grupo de Formación e Intervención para el Desarrollo (Grufides) y Plataforma Interinstitucional Celendina (PIC) en oposición al Estado Peruano y la Minera Yanacocha S.R.L.
En el fallo, el Tribunal Latinoamericano del Agua también ha denunciado la serie de irregularidades y nulidades en la concesión minera y el proceso de privatización del recurso hídrico y ha cuestionado las potestades de los órganos públicos como el Ministerio de Ambiente para velar de manera efectiva por el derecho de todas las personas a un ambiente equilibrado, y adecuado al desarrollo de la vida.
Además, en el veredicto, el Tribunal ha condenado la persecución y represión del movimiento social y la ausencia de participación ciudadana en la discusión y aprobación de este proyecto.
También ha recordado a las autoridades peruanas la gravedad de los hechos denunciados por los demandados y su obligación, conforme con los tratados internacionales suscritos por el país, de garantizar la vigencia de los derechos humanos fundamentales, en especial el derecho al agua.
Esta sentencia ha sido hecha en base a la jurisprudencia internacional en el reconocimiento universal del Derecho Humano al Agua, en base a la Resolución 64/292 (2010) de Naciones Unidas y en base a la propia Constitución Política peruana que garantiza como Derecho fundamental el derecho "a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida".
Veredicto
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